Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2000 (09/07/2000)


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SE RESUELVE:

NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 9 de MORDAZA de 2000

Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior para que en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones legales pertinentes contra la senora MORDAZA MORDAZA MORDAZA GOVEA LLAQUE, y toda persona que venga ocupando ilegal o indebidamente el inmueble ubicado en la MORDAZA Barajas Mz. "A" Lt. 2, Urb. Nueva MORDAZA, distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; incautado por trafico ilicito de drogas en agravio del Estado. Articulo 2º.- Remitase a la Procuraduria Publica a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, los antecedentes y actuados del caso, con transcripcion de la presente Resolucion Ministerial, para su conocimiento y fines del caso. Registrese, publiquese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 7705 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0824-2000-IN/1101 MORDAZA, 3 de MORDAZA del 2000 Visto el expediente administrativo, relacionado con la situacion irregular del inmueble ubicado en las intersecciones de las calles Los Canarios Nº 121 y Marginal de la MORDAZA 558 (antes Mz. "U" - UNO Lt. 02) de la Urb. Residencial Higuereta, distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; incautado por Trafico Ilicito de Drogas en el MORDAZA seguido contra Umberto AMMATURO ROCHINO o MORDAZA MORDAZA VENTURINI y otros, y que en la actualidad se encuentra indebidamente ocupado por el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA y sus familiares. CONSIDERANDO: Que, es indispensable garantizar y asegurar la efectividad de la medida precautelatoria de incautacion del inmueble, en concordancia con el D.L. Nº 22095 Ley General de Drogas, su Reglamento y normas de la materia; Que, el caso se halla previsto en el Art. 7º del Decreto Supremo Nº 039-94-JUS del 22.JUL.94, correspondiendo al Ministerio del Interior interponer las acciones judiciales pertinentes en salvaguarda de los intereses del Estado; Que, es necesario dictar el acto administrativo que permita la intervencion del Procurador Publico a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, para que inicie las acciones judiciales correspondientes; De conformidad con lo dispuesto por el Art. 47º de la Constitucion Politica del Peru, Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667; y, Estando a lo recomendado por la Oficina Ejecutiva de Control de Drogas del Ministerio del Interior (OFECOD); y a lo opinado por la Oficina General de Asesoria Juridica del Ministerio del Interior; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar al Procurador Publico a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior para que en nombre y representacion del Estado, interponga las acciones legales pertinentes contra el senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, y toda persona que venga ocupando ilegal o indebidamente el inmueble ubicado en las intersecciones de las calles Los Canarios Nº 121 y Marginal de la MORDAZA 558 (antes Mz. "U" - UNO Lt. 02) de la Urb. Residencial Higuereta, distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima; incautado por trafico ilicito de drogas en agravio del Estado.

Articulo 2º.- Remitase a la Procuraduria Publica a Cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior, los antecedentes y actuados del caso, con transcripcion de la presente Resolucion Ministerial, para su conocimiento y fines del caso. Registrese, publiquese, comuniquese y archivese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro del Interior 7706

Inician procedimiento disciplinario a servidora de la Oficina General de Asesoria Juridica
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 0826-2000-IN/1300 MORDAZA, 3 de MORDAZA del 2000 Vista el Acta Nº 013-2000-IN-1300 del 20 de junio del 2000 de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior en relacion a la instauracion de MORDAZA Administrativo Disciplinario a la servidora MORDAZA MORDAZA HEIGUES SOLOGUREN, Asistente en Servicio Juridico II, nivel SPE de la Oficina General de Asesoria Juridica destacada a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos al Trafico Ilicito de Drogas; CONSIDERANDO: Que, la Oficina de Control Interno en el Informe Nº 017-2000-IN/OCI.O.INV remitido con Oficio Nº 572-2000-IN/0403 establecio presunta inconducta funcional de la mencionada servidora al no haber justificado sus inasistencias entre el 2.JUNIO.1999 y el 22.AGOSTO.1999 acumulando ochenta y dos (82) dias, por no haber presentado sus certificados medicos dentro de las veinticuatro (24) horas de su reincorporacion y sin la correspondiente visacion de EsSalud, incurriendo en grave falta de caracter disciplinario prevista en los Articulos 25º, 26º y 27º del Reglamento de Control de Asistencia y Permanencia del Personal Civil del Ministerio del Interior aprobado por RM Nº 0850-95-IN/010900000000 del 13.JUL.1995 y el inciso a) del Articulo 21º e incisos a) y k) del Articulo 28º Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la MORDAZA Administrativa y de Remuneraciones del Sector Publico; De conformidad a lo establecido en los Articulos 150º, 151º, 163º, 166º y 167º del Decreto Supremo Nº 005-90PCM, Reglamento de la Ley de MORDAZA Administrativa, la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior se ha pronunciado por unanimidad por la instauracion del respectivo MORDAZA Administrativo a la mencionada servidora; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Instaurar MORDAZA Administrativo Disciplinario a la servidora MORDAZA MORDAZA HEIGUES SOLOGUREN, Asistente en Servicio Juridico II, nivel SPE de la Oficina General de Asesoria Juridica destacada a la Procuraduria Publica a cargo de los Asuntos Judiciales del Ministerio del Interior relativos al Trafico Ilicito de Drogas por las causales expuestas en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- La servidora procesada tiene derecho a presentar su descargo escrito y las pruebas que crea conveniente para su defensa a la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Ministerio del Interior dentro del plazo que estipula la ley a partir del dia siguiente de la recepcion de la notificacion o de la publicacion de la presente Resolucion en el Diario Oficial El Peruano.

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