Norma Legal Oficial del día 09 de julio del año 2000 (09/07/2000)


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TEXTO DE LA PÁGINA 25

MORDAZA, MORDAZA 9 de MORDAZA de 2000

NORMAS LEGALES

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su aeronave esta identificada como se prescribe en la RAP 45.11. (b) RESERVADO. 21.183 Emision del Certificado de Aeronavegabilidad Estandar para Aeronaves de Categoria: Normal, Utilitaria, Acrobatica, Commuter y Transporte; Globo Libre Tripulado. (a) RESERVADO. (b) RESERVADO. (c) Aeronave Importada: El solicitante a un Certificado de Aeronavegabilidad Estandar para una aeronave importada, debera acreditar que: 1) El Certificado MORDAZA de la aeronave es aceptada por la DGAC de acuerdo a lo indicado en el RAP 21.55 (a) o (b). 2) Se demuestre que se cumple con el RAP 21.55 (c). 3) Presente el Certificado de Aeronavegabilidad para Exportacion de la aeronave emitido por la Autoridad Aeronautica del MORDAZA de matricula de donde proceda la aeronave. 4) Se demuestre que todas las reparaciones y alteraciones mayores realizadas a la aeronave, hayan sido cumplidas en concordancia con el Codigo de Aeronavegabilidad con el cual la aeronave fue certificada. 5) Adicionalmente se cumplan con los requisitos prescritos por la DGAC. 21.184 Emision de Certificado de Aeronavegabilidad Especial para Aeronaves de Categoria Primaria (a) RESERVADO. (b) Aeronave importada. Un solicitante de un Certificado de Aeronavegabilidad Especial para una aeronave importada de la categoria primaria, esta en condiciones de obtener este Certificado si su Certificado MORDAZA cumple con lo indicado en el RAP 21.55. (c) RESERVADO. (d) RESERVADO. (e) RESERVADO. 21.185 al 21.189 RESERVADO 21.191 Certificados Experimentales Los Certificados Experimentales son emitidos para los siguientes propositos: (a) Investigacion y desarrollo Pruebas de nuevos conceptos de disenos de aeronaves, nuevos equipamientos para aeronaves, nuevas instalaciones para aeronaves, nuevas tecnicas de operacion de aeronave o nuevos usos para aeronaves. (b) Demostracion de cumplimiento de Regulaciones. Efectuar vuelos de prueba y otras operaciones para demostrar cumplimiento de las Regulaciones de Aeronavegabilidad. (c) Entrenamiento de tripulacion Entrenamiento de tripulaciones de vuelo de la aeronave del solicitante, de acuerdo a lo prescrito por la DGAC. (d) RESERVADO. (e) RESERVADO. (f) RESERVADO. (g) Operacion de aeronave construida por aficionado Operacion de una aeronave que ha sido fabricada y ensamblada en su mayor parte, por una o varias personas, quienes han participado en el proyecto de construccion de la aeronave, solamente para su propia instruccion o recreacion. (h) Operacion de aeronave construida utilizando un kit Operacion de una aeronave de Categoria Primaria, definida en el RAP 21.9, que su Certificado MORDAZA cumple con el RAP 21.55 y que ha sido ensamblada por una persona utilizando un kit fabricado por el poseedor de un Certificado de Produccion para ese kit. 21.193 Certificado Experimental: Generalidades El solicitante de un Certificado Experimental, debera suministrar la siguiente informacion:

(a) Una Declaracion, en la forma y el modo prescrito por la DGAC, definiendo los propositos de empleo a dar a la aeronave; (b) Suficientes datos (tales como fotografias, planos, etc.) que identifiquen la aeronave. (c) Cuando la aeronave sea inspeccionada, cualquier otra informacion pertinente que la DGAC considere necesaria para la seguridad publica en general. (d) En el caso de una aeronave que sea utilizada con propositos experimentales, se debera presentar, adicionalmente: (1) El proposito del experimento; (2) El tiempo estimado o numero de vuelos requeridos para el experimento; (3) Las areas sobre las cuales se realizara el experimento; y (4) Planos de tres (3) vistas, o fotografias equivalentes con las dimensiones de la aeronave y toda otra informacion que la DGAC considere necesaria. 21.195 Certificado Experimental: Aeronaves utilizadas para el Entrenamiento de Tripulaciones del Solicitante (a) RESERVADO. (b) RESERVADO. (c) Una persona que MORDAZA alterado el diseno de una aeronave con Certificado MORDAZA de categoria normal o utilitaria, previamente aceptado por la DGAC segun el RAP 21.55; puede solicitar un Certificado Experimental para la mencionada aeronave la cual podra ser utilizada para entrenamiento de su tripulacion. (d) Un solicitante para un Certificado Experimental bajo esta Seccion tiene derecho a dicho Certificado si, adicionalmente a lo establecido en la RAP 21.193: (1) Ha establecido e implementado un programa de inspeccion y mantenimiento para asegurar la continuidad del estado de Aeronavegabilidad de la aeronave; y (2) La aeronave ha volado por lo menos cincuenta (50) horas. 21.197 Permisos Especiales de Vuelo (a) Un Permiso Especial de Vuelo puede ser emitido para una aeronave que no puede cumplir la totalidad de los requisitos de Aeronavegabilidad aplicables, pero que esta en capacidad de realizar operaciones de vuelo con seguridad, para los siguientes propositos: (1) Traslado de la aeronave al lugar en que se efectuara la reparacion, alteracion o mantenimiento, o algun lugar de almacenamiento. (2) Entrega o exportacion de la aeronave; (3) RESERVADO; (4) Evacuacion de la aeronave de zonas con inminentes peligro, o en caso de fuerza mayor. (5) RESERVADO. (b) RESERVADO. (c) RESERVADO. 21.199 Emision de Permiso Especial de Vuelo (a) El solicitante de un Permiso Especial de Vuelo, debe efectuar una declaracion en la forma y procedimiento prescrito por la DGAC, indicando lo siguiente: (1) Proposito del Vuelo. (2) Itinerario propuesto. (3) La tripulacion requerida para operar la aeronave y su equipamiento (por ejemplo piloto, copiloto, navegador, etc.). (4) Los motivos, en caso de existir, por los cuales la aeronave no cumple con los requisitos de Aeronavegabilidad aplicables. (5) Cualquier restriccion que el solicitante considere necesaria para que la aeronave vuele con seguridad, y (6) Cualquier otra informacion considerada como necesaria por la DGAC, para establecer limitaciones de operacion. (b) La DGAC puede realizar o requerir al solicitante que realice las inspecciones apropiadas o las pruebas necesarias para la seguridad del vuelo.

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