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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 02 DE JUNIO DEL AÑO 2001 (02/06/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 120

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Pág. 203826 NORMAS LEGALES Lima, sábado 2 de junio de 2001 2001, en la ciudad de Denver, Colorado, Estados Unidos de América; asimismo para que visite su Centro Técnico de Estudios en Denver, donde se evalúan los proyectos de los Lotes en el Perú (27-32-34-35-39) y de otras partes de Latinoamérica, los días 7 y 8 de junio de 2001; Que, PERUPETRO S.A., mediante Acuerdo de Direc- torio Nº D/046-2001 aprobado en su Sesión de Directo- rio Nº 11-2001, de fecha 24 de mayo de 2001, aprobó la participación del Ing. Jorge Arnao Arana, Coordinador Técnico Senior, en la Convención Anual precitada; así como la visita al Centro Técnico de Estudios de Repsol; Que, el alto nivel de especialización de los temas a tratar en la Convención Anual de la AAPG y la visita al Centro Técnico de Estudios de Repsol donde grupos multidisciplinarios evalúan diversos programas y pro- yectos de exploración que la compañía tiene en el ámbito mundial, contribuirán a que el representante de PERUPETRO S.A. amplíe sus conocimientos respecto de la aplicación de nuevas tecnologías, lo que permitirá manejar las situaciones complejas que se presentan en las diferentes fases de la industria petrolera y en cumplimiento de las funciones de PERUPETRO S.A.; Que, en consecuencia es necesario autorizar el corres- pondiente viaje; De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Ing. Jorge Arnao Arana, Coordinador Técnico Senior de PERUPETRO S.A., a la ciudad de Denver, Colorado, Estados Unidos de América, del 3 al 8 de junio de 2001, para el fin a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimien- to de la presente Resolución serán cubiertos por Repsol Exploración Perú, Sucursal del Perú. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS HERRERA DESCALZI Ministro de Energía y Minas 24570 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 236-2001-EM/VME Lima, 30 de mayo de 2001 Visto el Oficio Nº GG-343/2001-EGASA, de fecha 28 de mayo de 2001, del Gerente General de la Empresa de Generación Eléctrica de Arequipa S.A. - EGASA, solici- tando autorización de viaje; CONSIDERANDO: Que, la Asociación Española de Nuevas Tecnologías - AENTEC ha invitado al señor José Antonio Estela Ramí- rez - Gerente General de EGASA, a viajar a Madrid, España, del 4 al 9 de junio de 2001, a fin de que se pueda establecer relaciones con potenciales inversionistas euro- peos, que pudieran estar interesados en el financiamiento de los proyectos que EGASA tiene en estudio; Que, el Directo rio de EGASA, en su Sesión Nº 009, de fecha 11 de mayo de 2001, mediante Acuerdo Nº OD.2, aprobó el viaje del señor José Antonio Estela Ramírez, Gerente General, a Madrid, España, del 4 al 9 de junio de 2001; Que, en consecuencia es necesario autorizar el corres- pondiente viaje; De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor José Anto- nio Estela Ramírez, Gerente General de EGASA, a laciudad d e Madrid, España, del 4 al 9 de junio de 2001, para el fin a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimien- to de la presente Resolución serán cubiertos por la Asociación Española de Nuevas Tecnologías - AEN- TEC. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS HERRERA DESCALZI Ministro de Energía y Minas 24571 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 237-2001-EM/VME Lima, 30 de mayo de 2001 CONSIDERANDO: Que, la Agencia Internacional para la Promoción de Tecnologías y Empresas Francesas, a través de la Embajada de Francia, mediante comunicación de fecha 14 de mayo de 2001, ha invitado al Ing. Mardo Mendoza Jorgechagua, Director de Concesiones Eléctricas de la Dirección General de Electricidad del Ministerio de Energía y Minas y al Ing. Luis Alberto Vílchez Chá- varry, Gerente General de la Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A., a la ciudad de París, Francia, del 9 al 17 de junio de 2001, a realizar una visita técnica a las instala- ciones de empresas francesas (fabricantes de equipos, consultores) de energía rural, centrales hidráulicas y térmicas, equipos de construcción de redes, energía solar y otras fuentes renovables; Que, el Directorio de Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A., en su Sesión Extraordinaria de fecha 17 de mayo de 2001, aprobó el viaje del Ing. Luis Alberto Vílchez Chávarry, Gerente General, a la ciudad de París, Francia, del 9 al 17 de junio de 2001, para participar en la visita técnica precitada; Que, en consecuencia es necesario autorizar el viaje del Ing. Mardo Mendoza Jorgechagua, Director de Con- cesiones Eléctricas de la Dirección General de Electri- cidad del Ministerio de Energía y Minas y del Ing. Luis Alberto Vílchez Chávarry, Gerente General de la Socie- dad Eléctrica del Sur Oeste S.A., del 9 al 17 de junio de 2001, a la ciudad de París, Francia; De conformidad con lo establecido en el Decreto Supremo Nº 048-2001-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Autorizar el viaje del Ing. Mardo Mendoza Jorgechagua, Director de Concesiones Eléc- tricas de la Dirección General de Electricidad del Minis- terio de Energía y Minas y del Ing. Luis Alberto Vílchez Chávarry, Gerente General de la Sociedad Eléctrica del Sur Oeste S.A., del 9 al 17 de junio de 2001, a la ciudad de París, Francia, para el fin a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- Los gastos que irrogue el cumplimien- to de la presente Resolución serán cubiertos por la Agencia Internacional para la Promoción de Tecnolo- gías y Empresas Francesas. Artículo 3º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o de derechos aduaneros de ninguna clase o denomina- ción. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS HERRERA DESCALZI Ministro de Energía y Minas 24572