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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MAYO DEL AÑO 2001 (12/05/2001)

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Pág. 202695 NORMAS LEGALES Lima, sábado 12 de mayo de 2001 teriormente se aplican los modelos de maximización de hallazgos y/o criterios aleatorios VII. DESCRIPCIÓN A. FORMULACIÓN DE MODELOS PARA MAXI- MIZAR EL HALLAZGO DE INCIDENCIAS EN EL DESPACHO DE LAS MERCANCIAS DECLARA- DAS 1. El Jefe de la División de Análisis de Riesgos define grupos de trabajo y designa a las personas responsables de formular y/o reestructurar los modelos para maximi- zar el hallazgo de incidencias en cada régimen, operación o destino aduanero, según los procedimientos o disposi- ciones legales vigentes. 2. El personal designado selecciona las declaraciones numeradas sujetas a reconocimiento físico y/o revisión documentaría en las diferentes Aduanas de la Repúbli- ca. El período considerado para la estimación de los parámetros corresponde a los últimos doce (12) meses precedentes a la fecha de su aplicación. 3. El personal responsable realiza un análisis explo- ratorio de los datos con el fin de corroborar las relaciones entre las diferentes variables asociadas al despacho y el número de incidencias. Luego se efectúan pruebas esta- dísticas paramétricas y no paramétricas entre las varia- bles bajo estudio. Dichas pruebas se realizarán a un nivel de significancia 5%. 4. A continuación el personal designado cuantifica el grado de asociación de las variables bajo estudio median- te los coeficientes de correlación Biseral-Puntual o Phi según el tipo de variable. Seguidamente, se efectúan las transformaciones necesarias a fin de permitir la utiliza- ción de las variables en la estimación de un modelo, recodificándolas y/o generando un índice de riesgo. 5. Luego, se realiza la estimación de los parámetros, que permite obtener los modelos para el pronóstico de incidencias en el despacho de las Declaraciones en los diferentes Regímenes, Operaciones y Destinos Aduane- ros, para proceder a la validación de los supuestos del modelo estimado. 6. La estimación de los parámetros se registra en un informe que recoge los diversos Test aplicados (test Chi- cuadrado), las variables seleccionadas, su transforma- ción y la obtención de los parámetros del modelo. 7. Si al revisar un modelo se determina la inclusión o exclusión de una variable seleccionada, se plasma dicha modificación en una Circular, la cual es posteriormente depurada e incorporada al presente procedimiento. B. MANTENIMIENTO DE LOS MODELOS DE ASIGNACIÓN DE CANALES . Dentro de los cinco (5) primeros días de cada mes se efectúa el mantenimiento de los modelos implementa- dos, elaborándose un informe electrónico confidencial por parte del personal responsable, en donde se registra: - Los cambios extraordinarios (modificación de los límites del modelo, de la categoría asignada a las subpar- tidas nacionales o de los índices de riesgo de los impor- tadores denunciados, u otros), - La evaluación de los resultados (nivel de incidencia de los últimos 12 meses) y - La actualización de los coeficientes de cada modelo. Dicho mantenimiento se efectúa de acuerdo al detalle siguiente: B.1 MODELO PARA EL REGIMEN DE IMPOR- TACION DEFINITIVA 1. El Jefe de la División de Análisis de Riesgos designa a las personas responsables de efectuar el man- tenimiento. 2. El personal designado captura la información re- gistrada en el SIGAD correspondiente a las declaracio- nes numeradas en los últimos veinticuatro (24) meses precedentes a la fecha de la actualización, sujetas a reconocimiento físico y/o revisión documentaría en las Intendencias de Aduana donde se aplican los modelos de maximización de hallazgo de Incidencias y almacena estos datos de manera temporal en un ambiente de trabajo. 3. Dicha información comprende las variables impor- tador, agente de aduana, tipo de aforo de la tabla DIxx-POLIZAI, las variables subpartida nacional, país de origen, peso neto de la tabla DIxxSERIESI, el régimen precedente de la serie de la tabla DUAREGPRE, el número del informe de verificación correspondiente a cada serie de la tabla DIDOCSUP y la incidencia presen- tada al momento del despacho de la tabla POLDILIG. 4. Todos estos campos se relacionan en una sola tabla en el ambiente de trabajo elegido. 5. Las declaraciones se codifican diferenciando entre los casos que presentaron incidencia y los que no. Para esta clasificación no se considera como incidencia, aque- llas declaraciones sujetas a los sistemas de despacho anticipado y preferente, o tipo de despacho urgente, que registren modificaciones como producto de su regulari- zación. 6. Para los Agentes de Aduana y Consignatarios se calcula un índice de riesgo de acuerdo a: - El nivel de incidencias con y sin ajuste de valor en los dos (2) años previos, siempre y cuando presenten al menos tres (3) declaraciones revisadas. - Las rectificaciones de ruc y subpartidas nacionales solicitadas registradas en las tablas DIxxPOLRECTI y DIxxSERRECTI respectivamente. - Las denuncias en las que pueda estar involucrado. - Y los resultados de los programas de fiscalización e inmovilizaciones. 7. El personal designado selecciona las declaraciones de los últimos doce meses con la serie de mayor valor FOB y codifica el campo que contiene la subpartida nacional de acuerdo a los códigos consignados en el campo ctippro de la tabla NANDINA y a los países de origen de acuerdo a la tabla TABLNEW. 8. En el caso de los informes de verificación se extrae en un nuevo campo el primer dígito del IDV de la serie seleccionada, el cual representa la empresa verificadora que emitió dicho informe. 9. Luego se generan variables Dummy para identifi- car y diferenciar cada uno de los grupos con los que se cuenta para la variables subpartida nacional, países de origen e Informe de verificación. Asimismo, el personal designado asigna en dos campos distintos los índices de riesgo asociados a cada importador y a cada agente de Aduana, de acuerdo a lo obtenido en el paso 6. 10. A continuación, se realiza el Análisis Discrimi- nante que incluye como variable a explicar la ocurrencia o no de la incidencia y como variables predictoras a los índices de riesgo por agente y consignatario, a las dummys asociadas a las subpartidas nacionales, países de origen e Informe de verificación, así como al peso neto en el caso de las mercancías arribada vía aérea. Para las mercan- cías arribadas vía marítima en el departamento de Lima se efectúa un análisis discriminante para las declaracio- nes sin régimen precedente y otro para las declaraciones con régimen precedente. Dichos análisis permite obte- ner los coeficientes de las funciones de los modelos a ser aplicados en el despacho de las declaraciones únicas de importación en las Intendencias de Aduana comprendi- das. 11. Seguidamente, se efectúa una simulación para determinar el valor asignado por las funciones en todas las declaraciones numeradas en los últimos doce (12) meses, con la finalidad de obtener los valores límite del rango de modelo que determine el porcentaje de declara- ciones asignadas a los diferentes canales, según las disposiciones normativas vigentes, considerando las declaraciones sujetas a reconocimiento físico obligato- rio. 12. L os coeficientes de las funciones, los límites superior e inferior del rango del modelo, así como los índices de riesgo estimados son insertados vía módulo de Tablas Generales, actualizando las tablas CAT_COEFMODELO, RANGO_MODELO, DECLARIE y DIRECRIE respectivamente, para ser utilizados por el Teledespacho, de manera tal que al ser numerada una nueva declaración, sea evaluada por el modelo para su asignación al canal respectivo en función a su nivel de riesgo estimado. 13. De presentarse “nuevos” agentes de aduana o consignatarios (aquellos que no han numerado en impor- tación definitiva en los últimos dos (2) años o presentar menos de tres (3) declaraciones revisadas), serán consi- derados como riesgosos, asignándoles un índice de riesgo superior al promedio. Asimismo en el caso de presentar- se denuncias antes del plazo de actualización, los índices