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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE MAYO DEL AÑO 2001 (12/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 64

TEXTO PAGINA: 38

Pág. 202696 NORMAS LEGALES Lima, sábado 12 de mayo de 2001 de riesgo serán modificados de acuerdo a la gravedad de la infracción o delito. B.2 MODELO PARA EL DESTINO DE MENSA- JERÍA INTERNACIONAL - COURIER IMPORTA- CION. 1. El Jefe de la División de Análisis de Riesgos designa a las personas responsables de realizar el man- tenimiento. 2. El personal designado captura la información re- gistrada en el SIGAD correspondiente a las declaracio- nes simplificadas numeradas en los últimos veinticuatro (24) meses precedentes a la fecha de la actualización, sujetas a reconocimiento físico y revisión documentaria, cuya mercancía haya arribado vía aérea por el departa- mento de Lima, y almacena estos datos de manera temporal en un ambiente de trabajo. 3. La Información capturada comprende las varia- bles importador, empresa de mensajería internacional, peso neto y tipo de incidencia de la tabla POLIZADC, la variable subpartida nacional de la tabla SERIESDC y las incidencias registradas en la tabla LIQUIDA. 4. Todos estos campos se relacionan en una sola tabla en el ambiente de trabajo elegido. 5. Las declaraciones se codifican diferenciando entre los casos que presentaron incidencias y las que no. Para esta clasificación se considera como incidencia aquellas registradas en la variable tipo de incidencia, como aque- llas que se encuentren en la tabla LIQUIDA. 6. Para los consignatarios y las subpartidas naciona- les se calcula un índice de riesgo de acuerdo a su nivel de incidencias con y sin ajuste del valor presentado en los dos (2) años previos, siempre y cuando presenten al menos tres (3) declaraciones revisadas. 7. El personal designado selecciona las declaraciones de los últimos doce meses con la serie de mayor valor FOB. Luego genera variables dummy para identificar a cada una de las empresas de mensajería internacional. Asimismo asigna en dos campos distintos los índices de riesgo asociados a cada consignatario y a cada subparti- da nacional, de acuerdo a lo obtenido en el numeral 6. 8. A continuación, se realiza el Análisis Discriminan- te que incluye como variable a explicar la ocurrencia o no de la incidencia y como variables predictoras a los índi- ces de riesgo por consignatario y subpartida nacional, al peso neto de toda la declaración y las dummys asociadas a las empresas de mensajería internacional. Dicho aná- lisis permite obtener los coeficientes de las funciones del modelo para el pronóstico de incidencias en el despacho de declaraciones de importación simplificada en el des- tino especial de mensajería internacional. 9. Seguidamente, se efectúa una simulación para determinar el valor asignado por las funciones en todas las declaraciones simplificadas numeradas en los últi- mos doce (12) meses, con la finalidad de obtener los valores límite del rango de modelo que determine el porcentaje de declaraciones asignadas a los diferentes canales, según las disposiciones normativas vigentes, no considerando las declaraciones sujetas a reconocimiento físico obligatorio y aquellas cuyo reconocimiento fue solicitado por el agente. 10. Los coeficientes de las funciones y los límites superior e inferior del rango del modelo, así como los índices de riesgo estimados, son insertados vía módulo de Tablas Generales, actualizando las tablas CAT_COEFMODELO, RANGO_MODELO, DECLARIE y PARTIRIE respectiva- mente, para ser usados en el Teledespacho, de manera tal que al ser numerada una nueva declaración, sea evaluada por el modelo para su asignación al canal respectivo en función a su nivel de riesgo estimado. 11. De presentarse “nuevos” consignatarios (aque- llos que no han numerado en el destino especial de mensajería en los últimos dos (2) años o presentar menos de tres (3) declaraciones revisadas), serán considerados como riesgosos, asignándoles un índice de riesgo supe- rior al promedio. Asimismo en el caso de presentarse denuncias antes del plazo de actualización, los índices de riesgo serán modificados de acuerdo a la gravedad de la infracción o delito. B.3 MODELO PARA EL SISTEMA ANTICIPA- DO PREFERENTE . 1. El Jefe de la División de Análisis de Riesgos designa a las personas responsables de realizar el man- tenimiento.2. El personal designado selecciona la muestra de Declaraciones numeradas sujetas a reconocimiento físi- co en las Aduanas a Nivel Nacional correspondientes a los regímenes de Importación Definitiva, Admisión e Importación temporal, y almacena estos datos de mane- ra temporal en un ambiente de trabajo. 3. El período considerado para la actualización co- rresponde a los últimos veinticuatro meses precedentes a la fecha de la actualización y comprende las variables importador, agente de aduana, tipo de aforo e indicador de legajo de una declaración de las tablas DIXXPOLI- ZAI, RAT_PAT y RIT_PIT; las variables subpartida nacional y país de origen de las tablas DIxxSERIESI; RAT_SER y RIT_SER: así como el número del informe de verificación correspondiente a cada serie de la tabla DIDOCSUP y la incidencia presentada al momento del despacho de la registrada en las tablas POLDILIG y LIQUIDA. 4. Todos estos campos se relacionan en una sola tabla en el ambiente de trabajo. 5. Las declaraciones se codifican diferenciando entre los casos que presentaron incidencia y los que no. Para esta clasificación se consideran como incidencia las de- claraciones legajadas en los regímenes de Importación y Admisión temporal, y no se considera como incidencia, aquellas declaraciones sujetas a los sistemas de despa- cho anticipado o preferente, o tipo de despacho urgente que registren modificaciones como producto de su regu- larización. 6. Para los Agentes de Aduana se calcula un índice de riesgo de acuerdo al nivel de incidencia con y sin ajuste de valor en los dos (2) años previos, siempre y cuando presenten al menos tres (3) declaraciones revisadas. 7. El personal designado selecciona las declaraciones de los últimos doce meses con la serie de mayor valor FOB y codifica el campo que contiene la subpartida nacional de acuerdo a los códigos consignados en el campo sector de la tabla NANDINA y a los países de origen de acuerdo a la tabla CAT_EMPZONA. 8. En el caso de los informes de verificación se extrae en un nuevo campo el primer dígito del IDV de la serie seleccionada, el cual representa la empresa verificadora que otorgó dicho informe. 9. Luego se generan variables Dummy para identifi- car y diferenciar cada uno de los grupos con los que se cuenta para el sector de subpartida nacional, países de origen e Informe de verificación. Asimismo, el personal designado asigna en un campo el índice de riesgo asocia- do a cada agente de aduana, de acuerdo a lo obtenido en el numeral 6. 10. A continuación, se realiza el Análisis Discrimi- nante que incluye como variable a explicar la ocurrencia o no de la incidencia y como variables predictoras al índice de riesgo por agente y las dummy asociadas a las subpartidas nacionales, países de origen e Informe e verificación. Dicho análisis permite obtener los coefi- cientes de los modelos para el pronóstico de incidencias en el despacho de las declaraciones para cada importa- dor habilitado para solicitar el sistema de despacho preferente. 11. Seguidamente, se efectúa una simulación con los nuevos coeficientes estimados, para determinar el valor asignado por las funciones en todas las declaraciones numeradas en los últimos doce (12) meses, con la finali- dad de obtener el valor que determine el porcentaje de declaraciones asignadas a los canales rojo y verde, según las disposiciones normativas vigentes, considerando las declaraciones sujetas a reconocimiento físico obligatorio y aquellas cuyo reconocimiento fue solicitado por el agente. 12. Los coeficientes de las funciones, los valores límite de la función para cada importador, así como el índice de riesgo estimado para cada agente, son inserta- dos vía módulo de Tablas Generales, actualizando las tablas CAT_COEFMODELO, RANGO_MODELO y DI- RECRIE respectivamente, para ser utilizado por el Te- ledespacho, de manera tal que al ser numerada una nueva declaración, sea evaluada por el modelo para su asignación al canal respectivo en función a su nivel de riesgo estimado. 13. De presentarse “nuevos” agentes de aduana (aque- llos que no han presentado declaraciones en los últimos dos (2) años o presentado menos de tres (3) declaraciones revisadas), serán considerados como riesgosos, asignán- doles un índice de riesgo superior al promedio. Asimismo en el caso de presentarse denuncias antes del plazo de