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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MAYO DEL AÑO 2001 (25/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 164

TEXTO PAGINA: 46

Pág. 203376 NORMAS LEGALES Lima, viernes 25 de mayo de 2001 Que, la misma norma señala que la percepción de la Dieta está condicionado a la asistencia efectiva del regidor a la sesión correspondiente, abonándose hasta un máximo de cuatro (4) sesiones al mes, debiendo tomar el acuerdo a más tardar el 31 de marzo de cada ejercicio presupuestal; Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 004-2000-MDI, se acordó fijar la Dieta de los señores regidores para el Ejercicio Presupuestal 2000, en 75.6% de la UIT vigente del ejercicio 2000 siendo remunerado dos sesiones al mes; Que, para el presente ejercicio presupuestal 2001, se ha fijado en 3,000.00 (Tres Mil y 00/100 Nuevos Soles) el valor de la Unidad Impositiva Tributaria; Que, para el presente Ejercicio Presupuestal de la Corporación es conveniente determinar el monto que por Dieta perciban los señores regidores en el monto equiva- lente a lo que percibían en el Ejercicio Presupuestal ante- rior; Con las atribuciones conferidas por el Artículo 36º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, y con el voto mayoritario de los señores regidores; ACUERDA: Artículo Primero.- Fijar en 75.56% de la UIT vigen- te para el Ejercicio Presupuestal 2001, el monto de la Dieta que percibirán los señores regidores por asistencia efectiva a sesión, siendo remuneradas hasta dos sesio- nes al mes. Artículo Segundo.- Establecer que la remuneración del Sr. Alcalde, para el presente Ejercicio Presupuestal 2001, será equivalente a lo percibido durante el Ejercicio Presupuestal 2000. Artículo Tercero.- Disponer su publicación en el Dia- rio Oficial El Peruano. Artículo Cuarto.- Encargar a la Oficina de Adminis- tración de Recursos el cumplimiento del presente Acuerdo. Dado en el local del Concejo, el dos de mayo del dos mil uno. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUILLERMO CHACALTANA YEREN Alcalde 24094 Exoneran de proceso de selección de concurso público la contratación del servicio de disposición final de resi- duos sólidos ACUERDO DE CONCEJO Nº 024-2001-MDI EL CONCEJO DISTRITAL DE INDEPENDENCIA POR CUANTO: Vistos, en Sesión Extraordinaria de Concejo de fecha veinte de abril del dos mil uno, el Informe Nº 175-2001- OAJ; el Informe Nº 081-2001-OAR y el Informe Nº 021- 2001-DSC, documentación conformante del Informe Técni- co-Económico-Legal, elaborado por la entidad; solicitando la exoneración del Concurso Público para contratar el servicio de disposición final de residuos sólidos con la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, relleno sanita- rio "La Vizcacha"; CONSIDERANDO: Que, conforme a lo dispuesto por el Artículo 191º de la Constitución Política del Estado, concordante con el Artí- culo 2º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, las Municipalidades son Organos de Gobierno Local que tie- nen autonomía política, económica y administrativa en los asuntos de su competencia; Que, el Artículo 19º del D.S. Nº 012-2001-PCM, Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisi- ciones del Estado, establece que se encuentran exonerados de los procesos de selección, las adquisiciones o contrata- ciones que se realicen entre entidades del Sector Público, de acuerdo a criterios de economía; Que, el Artículo 20º del citado dispositivo señala, que las contrataciones referidas en el considerando preceden-te, se realizarán mediante el proceso de Adjudicación de Menor Cuantía y se aprobará por Acuerdo de Concejo; Que, el Artículo 106º del D.S. Nº 013-2001-PCM, Regla- mento de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dispone que para los efectos de la exoneración citada, ésta deberá estar sustentada en un informe Técni- co-Económico; Que, la Municipalidad Distrital de Puente Piedra como organismo del Sector Público, administra el relleno sanita- rio EMSA "La Vizcacha" S.A.C., el mismo que se encuentra autorizado mediante Resolución Directoral Nº 088-DG- DISA III-LN-00 de fecha 23-3-2000 de la Dirección de Salud III - Lima Norte, y se ubica en el Km. 38.7 de la Panamericana Norte; Que, de conformidad con el Informe Técnico-Económico de vistos, el citado relleno sanitario cuenta con una eficien- te accesibilidad, toda vez que las vías que llevan hasta la disposición final se encuentran totalmente asfaltadas y en excelente condiciones, que conllevaría que nuestras unida- des recolectoras sufran menos desgastes de máquina, sig- nificando además que por la cercanía del lugar se estaría ahorrando un sustancial gasto en combustible; Que, por otro lado es necesario precisar que lo relacio- nado con el aspecto económico, el precio ofertado por EMSA "La Vizcacha" es de S/. 9.00 (Nueve y 00/100 Nuevos Soles) incluido IGV, costo que se encuentra por debajo de los precios normales del mercado si comparamos con el de Ancón S/. 9.44 (Nueve y 44/100 Nuevos Soles) por TM y relleno sanitario Zapallal S/. 11.20 (Once y 20/100 Nuevos Soles) por TM; Que, el Informe Técnico-Económico-Legal, cumple con los requisitos establecidos en el Artículo 106º del D.S. Nº 013-2001-PCM, por lo que es pertinente aprobar la exone- ración solicitada; Con las atribuciones conferidas por el Artículo 36º de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853, y con el voto mayoritario de los señores regidores y con la dispensa de la aprobación del Acta; ACUERDA: Artículo Primero.- Exonerar del proceso de selección de Concurso Público para contratar el servicio de disposición final de residuos sólidos con la Municipalidad Distrital de Puente Piedra, relleno sanitario EMSA "La Vizcacha" S.A.C. por lo expuesto en la parte considerativa del presente Acuerdo. Artículo Segundo.- Encargar a la Dirección Munici- pal y Oficina de Administración de Recursos, el cumpli- miento del presente Acuerdo. Dado en el local del Concejo, el dos de mayo del dos mil uno. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUILLERMO CHACALTANA YEREN Alcalde 24020 MUNICIPALIDAD DE JESÚS MARÍA Autorizan a la alcaldesa a ausentarse del país RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 128-2001-MDJM Jesús María, 23 de mayo de 2001 CONSIDERANDO: Que, la Titular de la Municipalidad de Jesús María, por razones personales tiene que ausentarse del país; De conformidad con lo dispuesto por el Decreto Supre- mo Nº 048-2001-PCM modificado por el Decreto Supremo Nº 053-2001-PCM y Artículo 47º numeral 6 de la Ley Orgánica de Municipalidades Nº 23853; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar el viaje de la señora FRANCISCA ESTELA IZQUIERDO NEGRON, Alcaldesa