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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 25 DE MAYO DEL AÑO 2001 (25/05/2001)

CANTIDAD DE PAGINAS: 164

TEXTO PAGINA: 47

Pág. 203377 NORMAS LEGALES Lima, viernes 25 de mayo de 2001 de la Municipalidad de Jesús María a la ciudad de Miami- Florida, Estados Unidos de Norteamérica, del 25 de mayo al 4 de junio de 2001, para los fines expuestos en la parte considerativa de la presente resolución. Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione el cumpli- miento de la presente resolución no irrogará cargo alguno al presupuesto de la Municipalidad de Jesús María. Regístrese, comuníquese y publíquese. FRANCISCA IZQUIERDO NEGRÓN Alcaldesa 24095 MUNICIPALIDAD DE SURQUILLO Sancionan con destitución a ex Jefa de la División de Cementerio de la munici- palidad RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 558-01/SG-MDS Surquillo, 20 de marzo de 2001 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE SURQUILLO Visto, el Informe Nº 041-01-CEPAD-MDS, de fecha 19 de marzo del 2001, de la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios que recomienda la sanción a AUREA ELIZABETH SAMANAMUD VALLEJO por en- contrarse comprendida en el Proceso Administrativo aper- turado por la Resolución de Alcaldía Nº 126-01/SG-MDS. CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 2628-98/SE- GE-MDS, de fecha 27 de octubre de 1998, se designa a doña Aurea Elizabeth Samanamud Vallejo en el cargo de Jefa de la División de Cementerio, siendo ratificada por la Resolu- ción de Alcaldía Nº 120-99/SG-MDS, de fecha 23 de enero de 1999; Que, desde el 12 de mayo del 2000, doña Aurea Elizabe- th Samanamud Vallejo hizo uso del período vacacional; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 1015-00/SG- MDS, de fecha 12 de mayo del 2000, se encarga la jefatura de la División de Cementerio a doña Joyce Oliva Veramen- di, Jefa de la Unidad de Registro Civil; Que, mediante Informe Nº 074-00-DC-MDS, de fecha 16 de mayo del 2000, la Jefa encargada de la División de Cementerio, Sra. Joyce Oliva Veramendi, indica que luego del cruce de información con los reportes de movimiento de caja de la Unidad de Tesorería, el perjuicio económico sufrido por la Municipalidad al 16 de mayo del 2000 por las irregularidades cometidas por la Sra. Aurea Elizabeth Samanamud Vallejo asciende al monto de S/. 24,805.00 (veinticuatro mil ochocientos cinco con 00/100 nuevos so- les), por lo cual solicita al Despacho de Alcaldía disponga la ejecución de las acciones de control que correspondan a lo descubierto; Que, mediante el Examen Especial Nº 003-00-OAI- MDS, de fecha 19 de mayo del 2000, la Oficina de Auditoría Interna establece que doña Aurea Elizabeth Samanamud Vallejo no ha entregado a la Unidad de Tesorería de la Muncipalidad de Surquillo, la totalidad de los pagos efec- tuados por los contribuyentes y/o usuarios del Cementerio Municipal, recomendando se dispongan las acciones corres- pondientes a fin de sancionar los indicios de responsabilidad administrativa de doña Aurea Elizabeth Samanamud Vallejo; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 1123-00/SG- MDS, de fecha 29 de mayo del 2000, se da por concluida la designación de la procesada en el cargo de Jefa de la División de Cementerio; Que, mediante Informe Nº 089-00-DC-DSS/MDS, de fecha 5 de junio del 2000, la Jefa Encargada de la División de Cementerio, informa que a los S/. 24,805.00 (veinticua-tro mil ochocientos cinco con 00/100 nuevos soles) de perjuicios económicos a la Municipalidad de Surquillo causados por doña Aurea Elizabeth Samanamud Vallejo, se le debe agregar la suma de S/. 21,260.00 (veintiún mil doscientos sesenta y 00/100 nuevos soles) como consecuen- cia de la aparición de nuevos expedientes con diversas irregularidades en el trámite de compra de nichos, fraccio- namiento y otros, los que sumados asciende a S/. 46,065.00 (cuarentiséis mil sesenta y cinco con 00/100 nuevos soles), sin contar los casos que se van presentando a medida que los interesados se apersonan a la División de Cementerio para concluir su trámite en los expedientes sobre compra de nicho, renovación de uso de nichos, fraccionamiento, etc. de los años 1999 y 2000; Que, en el desempeño de sus funciones, Aurea Eliza- beth Samanamud Vallejo, hizo mal manejo de Ordenes de Pago, utilizando diversas modalidades para sustraer dine- ro, que eran ingresos propios de la Municipalidad, causan- do perjuicio tanto a ésta como a los contribuyentes y/o usuarios del Cementerio Municipal; Que, para cometer tales acciones emitía Ordenes de Pago a la Unidad de Tesorería, realizando ella misma el trámite, utilizando sellos falsos; Que, mediante Informe Nº 005-00-CEPAD-MDS, de fecha 22 de noviembre del 2000, la Comisión Especial de Procedimientos Administrativos y Disciplinarios opina por la procedencia de la apertura de Proceso Administrativo Disciplinario a la ex funcionaria Aurea Elizabeth Samana- mud Vallejo, de conformidad con el Artículo 166º del D.S. Nº 005-90-PCM; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 126-01/SG- MDS, de fecha 6 de febrero del 2001, se instaura Proceso Administrativo Disciplinario a doña Aurea Elizabeth Sa- manamud Vallejo, en virtud del Informe Nº 005-00-CE- PAD-MDS; Que, debidamente notificada la procesada, se le conce- dió el plazo de ley para la formulación de su descargo; Que, la Comisión Especial de Procesos Administrativos y Disciplinarios ha verificado que la procesada Aurea Elizabeth Samanamud Vallejo ha infringido lo dispuesto por el Artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, Ley de Bases de la Carrera Administrativa, así como el Artículo 163º y siguientes del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administra- tiva; Que, mediante Informe Nº 041-01-CEPAD-MDS, de fecha 19 de marzo del 2001, la Comisión Especial de Procesos Administrativos Disciplinarios recomienda que se destituya a la procesada Aurea Elizabeth Samanamud Vallejo, modificando la causal de cese de la Resolución de Alcaldía que diera por culminada su designación y quede inhabilitada para desempeñar todo cargo público bajo cualquier forma o modalidad por un período no menor de cinco años; Que, es atribución del Alcalde determinar el tipo de sanción a aplicar, según prevé el Artículo 170º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM, Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa; Por lo que, en uso de las facultades que confiere el Artículo 47º de la Ley Nº 23853 - Orgánica de Municipa- lidades - y en el marco de la Ley de Bases de la Carrera Administrativa y su Reglamento; RESUELVE: Artículo Primero.- SANCIONAR, a partir de la fecha, a AUREA ELIZABETH SAMANAMUD VALLEJO, ex Jefa de la División de Cementerio, con DESTITU- CIÓN Y UNA INHABILITACIÓN PARA EJERCER CARGOS PÚBLICOS DE 5 AÑOS, en mérito de habérse- le hallado responsabilidad administrativa durante el período comprendido entre el mes de enero de 1999 a mayo del 2000. Artículo Segundo.- ENCARGAR a la Oficina de Admi- nistración, a través de la Unidad de Personal, el cumpli- miento de lo dispuesto en la presente resolución. Artículo Tercero.- DISPONER la publicación de la presente resolución en el Diario Oficial El Peruano. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GUSTAVO SIERRA ORTIZ Alcalde (e) 24018