Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2002 (08/08/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 34

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6.2 A nivel de Agencia Agrarias

NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 8 de agosto de 2002

O Director de la Agencia Agraria, que presidira. O Administrador de la Agencia Agraria o el que cumpla sus funciones. O Un representante de la Direccion de Promocion Agraria, que actuara como Secretario Tecnico.

Que, la Ley Nº 27619 regula los viajes al exterior, concordante con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto de Urgencia Nº 030-2002, Decreto de Urgencia Nº 033-2002, y la Resolucion Suprema Nº 141-DE/SG, de fecha 24.julio.2002; Estando a lo recomendado por el Director General del Personal de la MORDAZA y a lo opinado por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Articulo 1º.- En via de regularizacion, ampliar la mision diplomatica del Tecnico 2do. Int., MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, CIP 03735965, para que continue prestando servicios en la Agregaduria MORDAZA a la Embajada del Peru en Bolivia y concurrente en MORDAZA, del 3.julio al 31.diciembre.2002. Articulo 2º.- El citado Tecnico, revistara a ordenes de la Direccion General del Personal de la MORDAZA, por el periodo que dure la mision diplomatica. Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 14039 RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1294-DE/MGP MORDAZA, 2 de agosto de 2002 Visto el Oficio Nº P.500-1122 del Director General del Personal de la MORDAZA, de fecha 28.mayo.2002, mediante el cual recomienda se amplie la mision diplomatica del Tecnico 2do. Int., Gilmar MORDAZA Cosser, para que continue prestando servicios en la Agregaduria MORDAZA a la Embajada del Peru en Brasil, por el periodo de SEIS (6) meses y SIETE (7) dias adicionales; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 473-DE/MGP, de fecha 10.octubre.2000, modificada por Resolucion Ministerial Nº 1171-DE/MGP, de fecha 24.octubre.2001, se resuelve nombrar al Tecnico 2do. Int., Gilmar MORDAZA Cosser, para que preste servicios en la Agregaduria MORDAZA a la Embajada del Peru en Brasil, por el periodo de UN (1) ano a partir del 17.octubre.2000; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 1059-DE/MGP, de fecha 29.diciembre.2000, y Resolucion Suprema Nº 473DE/MGP, de fecha 11.junio.2001, se resolvio ampliar la permanencia del citado Tecnico para que continue prestando servicios en la Agregaduria MORDAZA a la Embajada del Peru en Brasil, del 1.enero al 24.junio.2001 y por UN (1) ano, a partir del 25.junio.2001; Que, por necesidad del servicio es conveniente ampliar la mision diplomatica del mencionado Tecnico a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, para que continue prestando servicios en la Agregaduria MORDAZA a la Embajada del Peru en Brasil, del 25.junio al 31.diciembre.2002; Que, la Ley Nº 27619 regula los viajes al exterior, concordante con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto de Urgencia Nº 030-2002, Decreto de Urgencia Nº 033-2002, y la Resolucion Suprema Nº 141-DE/SG, de fecha 24.julio.2002; Estando a lo recomendado por el Director General del Personal de la MORDAZA y a lo opinado por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Articulo 1º.- En via de regularizacion, ampliar la mision diplomatica del Tecnico 2do. Int., Gilmar MORDAZA Cosser, CIP 06751799, para que continue prestando servicios en la Agregaduria MORDAZA a la Embajada del Peru en Brasil, del 25.junio al 31.diciembre.2002. Articulo 2º.- El citado Tecnico, revistara a ordenes de la Direccion General del Personal de la MORDAZA, por el periodo que dure la mision diplomatica. Articulo 3º.- El Ministerio de Defensa - MORDAZA de MORDAZA del Peru, efectuara los pagos que correspondan, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA E. LORET DE MOLA BOHME Ministro de Defensa 14040

DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS
Primera.- Cualquier modalidad de venta directa no contemplada en el presente procedimiento, podra ser empleada por decision del Comite Local de Monetizacion, la misma que debera constar en Actas, siempre y cuando se enmarquen en las normas vigentes sobre la materia. Segunda.- De no presentarse ningun postor a la convocatoria efectuada, el Comite Local de Monetizacion sesionara para dar formalidad al hecho, evaluando las causas que motivaron dicha situacion, luego del cual el Comite, nuevamente convocara a los interesados, en condiciones mas favorables que la primera, de modo que se evite declarar desierta la 2da. Convocatoria. Tercera.- Los productos, se ofertaran en su debida oportunidad, puestos en los almacenes que senale el Comite, para que aspectos como perecibilidad, mermas, costo de almacenamiento, variaciones en el precio y otros factores no influyan negativamente en su valor final. Cuarta.- El precio base de oferta, para la monetizacion, preferentemente sera igual al precio de MORDAZA o al determinado por el Comite. Quinta.- En los Comites Locales de Monetizacion, podra participar un representante de la Oficina de Inspectoria General del Ministerio de Agricultura, como observador, a solicitud del Director Regional de Agricultura. Sexta.- El producto de la monetizacion se depositara en las Cuentas de la Comision Nacional de Fondos Rotatorios, en el Banco de la Nacion, siendo estas: · En Soles - Cta. Cte. Nº 0000-256781 · En Dolares - Cta. Cte. Nº 6000-027063 14137

DEFENSA
Amplian misiones diplomaticas de tecnicos de la MORDAZA de MORDAZA para que continuen prestando servicios en las Agregadurias Navales a las Embajadas del Peru en Bolivia y Brasil
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 1293-DE/MGP MORDAZA, 2 de agosto de 2002 Visto el Oficio Nº P.500-1152 del Director General del Personal de la MORDAZA, de fecha 28.mayo.2002, mediante el cual recomienda se amplie la mision diplomatica del Tecnico 2do., Int. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que continue prestando servicios en la Agregaduria MORDAZA a la Embajada del Peru en Bolivia y concurrente en MORDAZA, por el periodo de CINCO (5) meses y VEINTINUEVE (29) dias adicionales; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Suprema Nº 474-DE/MGP, de fecha 10.octubre.2000, modificada por Resolucion Ministerial Nº 1174-DE/MGP, de fecha 24.octubre.2001, se resuelve nombrar al Tecnico 2do. Int., MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para que preste servicios en la Agregaduria MORDAZA a la Embajada del Peru en Bolivia y concurrente en MORDAZA, por el periodo de UN (1) ano a partir del 17.octubre.2000; Que, mediante Resolucion Suprema Nº 047-DE/MGP, de fecha 23.enero.2001, y Resolucion Suprema Nº 474DE/MGP, de fecha 11.junio.2001, se resolvio ampliar la permanencia del citado Tecnico para que continue prestando servicios en la Agregaduria MORDAZA a la Embajada del Peru en Bolivia y concurrente en MORDAZA, del 1.enero al 2.julio.2001 y por UN (1) ano, a partir del 3.julio.2001; Que, por necesidad del servicio es conveniente ampliar la mision diplomatica del mencionado Tecnico a ordenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, para que continue prestando servicios en la Agregaduria MORDAZA a la Embajada del Peru en Bolivia y concurrente en MORDAZA, del 3.julio al 31.diciembre.2002;

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