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Pág. 227824 NORMAS LEGALES Lima, jueves 8 de agosto de 2002 6.2 A nivel de Agencia Agrarias Ø Director de la Agencia Agraria, que presidirá. Ø Administrador de la Agencia Agraria o el que cumpla sus funciones. Ø Un representante de la Dirección de Promoción Agra- ria, que actuará como Secretario Técnico. DISPOSICIONES COMPLEMENTARIAS Primera.- Cualquier modalidad de venta directa no con- templada en el presente procedimiento, podrá ser emplea- da por decisión del Comité Local de Monetización, la mis- ma que deberá constar en Actas, siempre y cuando se en- marquen en las normas vigentes sobre la materia. Segunda.- De no presentarse ningún postor a la con- vocatoria efectuada, el Comité Local de Monetización se- sionará para dar formalidad al hecho, evaluando las cau- sas que motivaron dicha situación, luego del cual el Comi- té, nuevamente convocará a los interesados, en condicio- nes más favorables que la primera, de modo que se evite declarar desierta la 2da. Convocatoria. Tercera.- Los productos, se ofertarán en su debida opor- tunidad, puestos en los almacenes que señale el Comité, para que aspectos como perecibilidad, mermas, costo de almacenamiento, variaciones en el precio y otros factores no influyan negativamente en su valor final. Cuarta.- El precio base de oferta, para la monetiza- ción, preferentemente será igual al precio de mercado o al determinado por el Comité. Quinta.- En los Comités Locales de Monetización, po- drá participar un representante de la Oficina de Inspecto- ría General del Ministerio de Agricultura, como observa- dor, a solicitud del Director Regional de Agricultura. Sexta.- El producto de la monetización se depositará en las Cuentas de la Comisión Nacional de Fondos Rota- torios, en el Banco de la Nación, siendo éstas: • En Soles - Cta. Cte. Nº 0000-256781 • En Dólares - Cta. Cte. Nº 6000-027063 14137 DEFENSA Amplían misiones diplomáticas de técnicos de la Marina de Guerra para que continúen prestando servicios en las Agregadurías Navales a las Emba- jadas del Perú en Bolivia y Brasil RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1293-DE/MGP Lima, 2 de agosto de 2002 Visto el Oficio Nº P.500-1152 del Director General del Per- sonal de la Marina, de fecha 28.mayo.2002, mediante el cual recomienda se amplíe la misión diplomática del Técnico 2do., Int. José Luis HUAMÁN Cárdenas, para que continúe pres- tando servicios en la Agregaduría Naval a la Embajada del Perú en Bolivia y concurrente en Paraguay, por el período de CINCO (5) meses y VEINTINUEVE (29) días adicionales; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 474-DE/MGP, de fecha 10.octubre.2000, modificada por Resolución Ministerial Nº 1174-DE/MGP, de fecha 24.octubre.2001, se resuelve nom- brar al Técnico 2do. Int., José Luis HUAMÁN Cárdenas, para que preste servicios en la Agregaduría Naval a la Embajada del Perú en Bolivia y concurrente en Paraguay, por el período de UN (1) año a partir del 17.octubre.2000; Que, mediante Resolución Suprema Nº 047-DE/MGP, de fecha 23.enero.2001, y Resolución Suprema Nº 474- DE/MGP, de fecha 11.junio.2001, se resolvió ampliar la permanencia del citado Técnico para que continúe pres- tando servicios en la Agregaduría Naval a la Embajada del Perú en Bolivia y concurrente en Paraguay, del 1.enero al 2.julio.2001 y por UN (1) año, a partir del 3.julio.2001; Que, por necesidad del servicio es conveniente ampliar la misión diplomática del mencionado Técnico a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, para que continúe prestando servicios en la Agregaduría Naval a la Embaja- da del Perú en Bolivia y concurrente en Paraguay, del 3.ju- lio al 31.diciembre.2002;Que, la Ley Nº 27619 regula los viajes al exterior, concor- dante con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, Decreto de Urgencia Nº 030-2002, Decreto de Urgencia Nº 033-2002, y la Resolución Suprema Nº 141-DE/SG, de fecha 24.julio.2002; Estando a lo recomendado por el Director General del Personal de la Marina y a lo opinado por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1º.- En vía de regularización, ampliar la misión diplomática del Técnico 2do. Int., José Luis HUAMÁN Cárde- nas, CIP 03735965, para que continúe prestando servicios en la Agregaduría Naval a la Embajada del Perú en Bolivia y con- currente en Paraguay, del 3.julio al 31.diciembre.2002. Artículo 2º.- El citado Técnico, revistará a órdenes de la Dirección General del Personal de la Marina, por el pe- ríodo que dure la misión diplomática. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Gue- rra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 14039 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 1294-DE/MGP Lima, 2 de agosto de 2002 Visto el Oficio Nº P.500-1122 del Director General del Personal de la Marina, de fecha 28.mayo.2002, mediante el cual recomienda se amplíe la misión diplomática del Téc- nico 2do. Int., Gilmar SOVERO Cosser, para que continúe prestando servicios en la Agregaduría Naval a la Emba- jada del Perú en Brasil, por el período de SEIS (6) meses y SIETE (7) días adicionales; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 473-DE/MGP, de fecha 10.octubre.2000, modificada por Resolución Mi- nisterial Nº 1171-DE/MGP, de fecha 24.octubre.2001, se resuelve nombrar al Técnico 2do. Int., Gilmar SOVERO Cosser, para que preste servicios en la Agregaduría Naval a la Embajada del Perú en Brasil, por el período de UN (1) año a partir del 17.octubre.2000; Que, mediante Resolución Suprema Nº 1059-DE/MGP, de fecha 29.diciembre.2000, y Resolución Suprema Nº 473- DE/MGP, de fecha 11.junio.2001, se resolvió ampliar la permanencia del citado Técnico para que continúe pres- tando servicios en la Agregaduría Naval a la Embajada del Perú en Brasil, del 1.enero al 24.junio.2001 y por UN (1) año, a partir del 25.junio.2001; Que, por necesidad del servicio es conveniente ampliar la misión diplomática del mencionado Técnico a órdenes del Ministerio de Relaciones Exteriores, para que continúe prestando servicios en la Agregaduría Naval a la Embaja- da del Perú en Brasil, del 25.junio al 31.diciembre.2002; Que, la Ley Nº 27619 regula los viajes al exterior, con- cordante con el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, De- creto de Urgencia Nº 030-2002, Decreto de Urgencia Nº 033-2002, y la Resolución Suprema Nº 141-DE/SG, de fe- cha 24.julio.2002; Estando a lo recomendado por el Director General del Personal de la Marina y a lo opinado por el Comandante General de la Marina; SE RESUELVE: Artículo 1º.- En vía de regularización, ampliar la mi- sión diplomática del Técnico 2do. Int., Gilmar SOVERO Cosser, CIP 06751799, para que continúe prestando ser- vicios en la Agregaduría Naval a la Embajada del Perú en Brasil, del 25.junio al 31.diciembre.2002. Artículo 2º.- El citado Técnico, revistará a órdenes de la Dirección General del Personal de la Marina, por el pe- ríodo que dure la misión diplomática. Artículo 3º.- El Ministerio de Defensa - Marina de Gue- rra del Perú, efectuará los pagos que correspondan, de acuerdo a las disposiciones legales vigentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. AURELIO E. LORET DE MOLA BÖHME Ministro de Defensa 14040