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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (08/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 35

Pág. 227825 NORMAS LEGALES Lima, jueves 8 de agosto de 2002 ECONOMÍA Y FINANZAS Designan miembro especializado para promoción de la inversión privada de contrato de suministro de gas natural suscrito por Electroperú y consorcio titular del contrato de licencia para ex- plotación del Lote 88 de Camisea RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 177-2002-EF Lima, 7 de agosto de 2002 CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 216-2001-EF del 11 de abril de 2001, se ratificó el Acuerdo adoptado por la Comisión de Promoción de la Inversión Privada - CO- PRI conforme al cual, se propuso la constitución de un Comité Especial encargado del procesos de promoción de la inversión privada del "Contrato de Suministro de Gas Natural" suscrito por ELECTROPERÚ y el consorcio titu- lar del Contrato de Licencia para la Explotación del Lote 88 de Camisea, designándose a sus integrantes; Que, conforme al Artículo 2º de la mencionada Resolu- ción Suprema Nº 216-2001-EF, el proceso de promoción de la inversión privada del "Contrato de Suministro de Gas Natural" suscrito por ELECTROPERÚ y el consorcio titu- lar del Contrato de Licencia para la Explotación del Lote 88 de Camisea debe realizarse sin perjuicio de lo dispuesto por la Ley Nº 27319 y su norma reglamentaria; Que, de conformidad con el Artículo 2º de la Resolu- ción Suprema Nº 444-2001-EF, el proceso de promoción de la inversión privada referido en los considerandos ante- riores continúa vigente y se encuentra a cargo del Comité Especial de Promoción de la Inversión Privada en Activos, Proyectos y Empresas del Estado; Que, a efectos de continuar con el desarrollo del antes referido proceso es necesario designar al Miembro Espe- cializado respectivo, el cual ha sido propuesto mediante Acuerdo adoptado por el Consejo Directivo de la Agencia de Promoción de la Inversión - PROINVERSIÓN, en se- sión de fecha 8 de julio de 2002; De conformidad con el Artículo 5º del Decreto Legisla- tivo Nº 674, los Artículos 2º y 3º de la Resolución Suprema Nº 444-2001-EF y los Decretos Supremos Nº 027-2002- PCM y Nº 028-2002-PCM; Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Designar como Miembro Especializado para el proceso de promoción de la inversión privada del "Contrato de Suministro de Gas Natural" suscrito por ELECTROPERÚ y el consorcio titular del Contrato de Licencia para la Explota- ción del Lote 88 de Camisea, al Miembro Especializado para el proceso de promoción en empresas de hidrocarburos de- signado mediante Resolución Suprema Nº 145-2002-EF. Artículo 2º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Economía y Finanzas y por el Ministro de Energía y Minas. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas JAIME QUIJANDRÍA SALMÓN Ministro de Energía y Minas 14185 Nombran miembro del Directorio de la CONASEV RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 178-2002-EF Lima, 7 de agosto de 2002CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 312-99-EF, modificada por la Resolución Suprema Nº 467-99-EF se nombró a la señorita Marylin Choy Chong como miembro del Directorio de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV; Que, la citada funcionaria ha formulado renuncia al car- go que venía desempeñando; Que, es necesario aceptar la renuncia y nombrar al nuevo miembro del Directorio de CONASEV; De conformidad con lo establecido en el Artículo 5º de la Ley Nº 27594 y en el Artículo 4º del Decreto Ley Nº 26126, Texto Único Concordado de la Ley Orgánica de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV; y, Estando a lo acordado; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aceptar la renuncia formulada por la señorita Marylin Choy Chong al cargo de miembro del Directorio de la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores - CO- NASEV, dándosele las gracias por los servicios prestados. Artículo 2º.- Nombrar al señor Adrián Alejandro Armas Rivas como miembro del Directorio de la Comisión Nacio- nal Supervisora de Empresas y Valores - CONASEV. Regístrese, comuníquese y publíquese. Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República JAVIER SILVA RUETE Ministro de Economía y Finanzas 14186 Aprueban venta directa de terreno eria- zo ubicado en la provincia de Huarmey a favor de la Compañía Minera Antami- na Sociedad Anónima RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 179-2002-EF Lima, 7 de agosto de 2002 Visto, el Expediente Nº 007-2002/SBN-JAD por el cual la Compañía Minera Antamina Sociedad Anónima, solicita la adjudicación en venta directa de un terreno de naturale- za eriaza de propiedad del Estado de 70 148,42 m², ubica- do en el puerto de Huarmey, a la altura del kilómetro 287,65 de la carretera Panamericana Norte, distrito y provincia de Huarmey, departamento de Ancash; y, CONSIDERANDO: Que, el Estado es propietario del terreno eriazo de 70 148,42 m², ubicado en el puerto de Huarmey, a la altura del kilómetro 287,65 de la carretera Panamericana Norte, dis- trito y provincia de Huarmey, departamento de Ancash, el cual se encuentra inscrito en la Partida Nº 11000270 de la Oficina Registral Chavín - Oficina de Casma y registrado en el Asiento Predial Nº 1814 del Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP, correspondiente al departamento de Ancash; Que, la Compañía Minera Antamina Sociedad Anóni- ma, mediante solicitud recepcionada por la Supe- rintendencia de Bienes Nacionales con fecha 5 de noviem- bre del 2001, tramita la adjudicación en venta directa del predio anteriormente descrito, por ser necesario que el agua residual del Proyecto Minero Antamina sea vertida en lu- gar distinto al mar de Huarmey, para lo cual ha desarrolla- do un sistema de disposición de agua con potencial fores- tal, siendo indispensable almacenar el agua en una poza con capacidad suficiente para que sea debidamente trata- da; razón por la cual solicita la adjudicación del referido predio para el funcionamiento de la laguna de oxidación necesaria para la implementación de dicho proyecto; Que, el Artículo 34º del Decreto Supremo Nº 154-2001- EF, que aprueba el Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal, esta- blece que la venta directa de un predio del dominio privado del Estado se aprobará mediante Resolución Suprema,