Norma Legal Oficial del día 08 de agosto del año 2002 (08/08/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 8 de agosto de 2002

Que, a traves del oficio del exordio, el Director Ejecutivo del Proyecto Especial Majes MORDAZA, solicita la exoneracion del MORDAZA de seleccion, para la ejecucion de la obra precitada, por el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia; Que, el Articulo 19º, inciso c) del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que estan exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa, las adquisiciones y contrataciones que se realicen en situacion de urgencia; Que, el Articulo 20º de la misma MORDAZA legal, concordante con el Articulo 113º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, prescribe que las adquisiciones y contrataciones a que se refiere el Articulo 19º de la Ley, se realizaran mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, siendo la exoneracion aprobada por Resolucion del Titular del Pliego, requiriendo de un Informe Tecnico-Legal previo y publicada en el Diario Oficial El Peruano, debiendo remitirse MORDAZA de la misma y de los informes que la sustentan a la Contraloria General de la Republica, dentro de los 10 dias siguientes a la fecha de su aprobacion; Que, conforme consta del Informe Tecnico Legal Nº 001-2002-AUTODEMA-INADE-DI/OAJ, de la Oficina de Asesoria Juridica y de la Direccion de Infraestructura del Proyecto Especial, en el tramo del MORDAZA 2 comprendido entre las progresivas Km 10+747 y Km 10+947, se ha presentado la ocurrencia de asentamientos y desplazamientos de suelos que han determinado el hundimiento de la plataforma del MORDAZA con el consiguiente fisuramiento del concreto del piso y MORDAZA, que amenaza cortar el MORDAZA por el que discurre el 95% del recurso hidrico que utiliza el mencionado Proyecto Especial para el riego de tierras y abastecimiento de agua de consumo humano para cerca de 55 mil habitantes de la Irrigacion Majes, MORDAZA MORDAZA de MORDAZA y del MORDAZA del Colca. Asimismo, en el Informe Tecnico Legal MORDAZA aludido, se senala que la falta de operatividad del MORDAZA y/o su colapso, comprometeria en forma directa e inminente la continuidad del servicio esencial de agua que se utiliza en el Proyecto Especial Majes MORDAZA, cuya ausencia ocasionaria la suspension del suministro de agua de riego, de uso poblacional y ganadero; Que, mediante Memorandum Nº 622-2002-INADE-5101/ GPC, la Gerencia de Proyectos en Costa del INADE, opina favorablemente para la exoneracion del MORDAZA de licitacion publica y contratacion de la ejecucion de la obra, por la via de menor cuantia, sustentando su opinion en el Informe de Estabilidad del MORDAZA 2 (Aductor Tuti-Tunel Terminal), en el cual se describe la necesidad de construccion del by pass que permita asegurar el suministro de agua hasta que se implemente la solucion definitiva, que en el presente caso implica la construccion de un Tunel que evite el tramo con problemas de deslizamientos, justificandose tecnicamente la exoneracion solicitada; Que, la exoneracion esta referida al MORDAZA de Licitacion Publica, en razon a que el valor referencial de la ejecucion de la obra de contingencia asciende a S/. 1 654 187,65; Que, mediante Oficio Nº 542-2002-AUTODEMA-INADE-8531, fechado el 2 de agosto del 2002, la Oficina de Presupuesto y Planificacion del Proyecto Especial Majes MORDAZA, establece que el requerimiento presupuestal para la ejecucion de la obra sera atendido con cargo a los recursos de la Unidad Ejecutora 009 Majes MORDAZA, en la Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados; Que, en merito a los hechos expuestos y conclusiones de los organos pertinentes del Proyecto Especial Majes MORDAZA y de esta Sede Central, a que se refieren los informes precedentes, se estima que la situacion descrita permite la exoneracion del MORDAZA de seleccion correspondiente para la contratacion de la ejecucion de la obra "By Pass -Canal 2- Chivay Aduccion Tuti Siguas", al MORDAZA del inciso c) del Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Que, para tal efecto se debe dictar la Resolucion Jefatural que apruebe la referida exoneracion, en razon a que el Jefe del INADE es el Titular del Pliego, conforme se encuentra senalado en el Articulo 7º del Decreto Legislativo Nº 599, Ley de Organizacion y Funciones del INADE; Que, el contrato de ejecucion de obra debe realizarse mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia;

Estando al Informe Tecnico Legal Nº 001-2002-AUTODEMA-INADE-DI/OAJ, Informe de disponibilidad de recursos presupuestales, contenido en el Oficio Nº 542-2002AUTODEMA-INADE-8531, Informe Tecnico Economico Nº 924/2002-AUTODEMA-INADE-8561, Memorandum Nº 6222002-INADE-5101/GPC e Informe de Estabilidad del MORDAZA 2 (Aductor Tuti-Tunel Terminal); Con las visaciones de la Gerencia General, Gerencia de Proyectos en Costa y Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en el inciso c) del Articulo 19º, Articulos 20º y 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM; Articulos 105º, 113º y 116º de su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, Decreto Legislativo Nº 599, Ley de Organizacion y Funciones del INADE y su Reglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 017-93-PRES; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Exonerar al Proyecto Especial Majes MORDAZA, del MORDAZA de Licitacion Publica, para la contratacion de la ejecucion de la obra "By Pass -Canal 2- Chivay Aduccion Tuti Siguas", por el monto de S/. 1 654 187,65, provenientes de la Unidad Ejecutora 009 Majes MORDAZA, Fuente de Financiamiento Recursos Directamente Recaudados, y por el plazo de ejecucion de 60 dias, de acuerdo a los fundamentos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Autorizar a la Direccion Ejecutiva del Proyecto Especial Majes MORDAZA, a fin de que proceda a celebrar el contrato de ejecucion de la obra, mediante el procedimiento de Adjudicacion de Menor Cuantia. Articulo 3º.- La contratacion a que se refiere el articulo precedente, se realizara de acuerdo a las normas del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento. Articulo 4º.- Poner la presente Resolucion Jefatural en conocimiento de la Contraloria General de la Republica, conjuntamente con los Informes Tecnicos y Legales sustentatorios, disponiendose su publicacion en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) dias calendario siguientes a su emision y notificandose al Proyecto Especial Majes MORDAZA, asi como a las Gerencias y Oficinas Generales del INADE que correspondan. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Jefe 14099

INPE
Sancionan con destitucion a servidor del Establecimiento Penitenciario de Sentenciados de Mujeres - MORDAZA
RESOLUCION PRESIDENCIAL INSTITUTO NACIONAL PENITENCIARIO Nº 627-2002-INPE/P
MORDAZA, 2 de agosto de 2002 VISTO, el Informe Nº 066-2002-INPE-CPPAD de fecha 23 de MORDAZA del 2002, de la Comision Permanente de Procesos Administrativos Disciplinarios del Instituto Nacional Penitenciario; CONSIDERANDO: Que, mediante Resolucion Presidencial del INPE Nº 4672002-INPE-P de fecha 30 de MORDAZA del 2002, publicada en el Diario Oficial El Peruano el dia 20 de junio del 2001, se instaura MORDAZA administrativo disciplinario al servidor del Establecimiento Penitenciario de Sentenciados de MujeresTrujillo, MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, por haber incurrido en la causal de abandono laboral por ausencias injustificadas consecutivas a su centro de labores, desde el 22 de MORDAZA del 2001 hasta la actualidad;

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