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Pág. 227868 NORMAS LEGALES Lima, jueves 8 de agosto de 2002 CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, De- creto Supremo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de la Superintendencia de Bienes Nacionales" y Decreto Su- premo Nº 154-2001-EF, "Reglamento General de Proce- dimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal"; la Superintendencia de Bienes Nacionales tie- ne como finalidad incentivar el aprovechamiento econó- mico de los bienes del Estado en armonía con el interés social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su regis- tro, inscripción y fiscalización; Que, el Estado es propietario del terreno de 3 200,74 m2 signado como Lote 1 de la Manzana C de la Urbaniza- ción Carabayllo, primer sector, segunda etapa de la zona "A" del distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, por haberlo adquirido en calidad de aporte reglamentario, en mérito a la Resolución Directoral Nº 291-80-VC-6455, del 24 de junio de 1980, el mismo que corre inscrito en la Ficha Nº 199114 que continúa en la Partida Electrónica Nº 42745081 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima y en el Asiento Nº 1476 del Sistema de Información Nacional de Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP; Que, mediante Resolución Suprema Nº 049-83-VI-5600, de fecha 1 de marzo de 1983 se afectó en uso a favor del Ministerio de Educación, el predio antes citado, para que lo destine a la construcción de un centro educativo; Que, habiéndose realizado la correspondiente inspec- ción técnica con fecha 5 de febrero del 2002 se ha verifi- cado que sobre el predio submateria funciona la Escuela Primaria Nº 3082 "Señor de los Milagros" y efectuado el trabajo en gabinete se ha constatado que el área registral discrepa con el área real de 3 344,00 m2 ocupada por la citada escuela, observándose que ello se debe a que con las técnicas modernas de medición se han determinado las verdaderas medidas de los linderos, destacando que las colindancias no se han modificado; Que, en tal sentido, es procedente efectuar la rectifica- ción del área y linderos, con arreglo a lo establecido en la décima disposición complementaria del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF y a las facultades conferidas a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones mediante Resolución Nº 362-2001/SBN de fecha 11 de diciembre del 2001; Estando a los fundamentos expuestos en el Informe Técnico Legal Nº 196-2002/SBN-JAR de fecha 9 de julio del 2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Rectificar el área del terreno de 3 200,74 m2, signado como Lote 1 de la Manzana C de la Urbani- zación Carabayllo, primer sector, segunda etapa de la zona "A" del distrito de Comas, provincia y departamento de Lima, inscrito en la Ficha Nº 199114 que continúa en la Partida Electrónica Nº 42745081 del Registro de la Propiedad In- mueble del Lima, por el área real de 3 344,00 m2, según la documentación técnica que sustenta la presente resolución. Artículo 2º.- La Oficina Registral de Lima y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos, por el mérito de la presente Resolución, inscribirá la rectifica- ción de área dispuesta en el artículo precedente en el Re- gistro de Propiedad Inmueble del Lima. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA DEL ÁGUILA BRACAMONTE Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 14071 Declaran desafectación a favor del Esta- do de terrenos ubicados en la provin- cia del Callao y en el distrito Rímac JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 116-2002/SBN-GO-JAR La Molina, 25 de julio de 2002 Visto el Expediente Nº M-754, que contiene los antece- dentes de la afectación en uso de un área de 1 800,00 m2,ubicada con frente a la Calle 4, que forma parte del área de 6 429,65 m2 conformada por el aporte a favor del Estado de la urbanización San José, distrito de Bellavista, provin- cia constitucional del Callao; y, CONSIDERANDO: Que, mediante Resolución Suprema Nº 1059-H, de fe- cha 8 de noviembre de 1966, modificada por Resolución Suprema Nº 96-H, de fecha 31 de enero de 1967, se afectó en uso a favor del Ministerio de Gobierno y Policía, un área de 1 800,00 m2, que forma parte de un terreno de 6 429,65 m2 adjudicado a favor del Estado como concepto de 2% de aporte reglamentario de la habilitación de la Primera y Se- gunda Etapa de la urbanización San José, distrito de Bella- vista, provincia constitucional del Callao para destinarlo a la construcción de una Comisaría, resolución que no se inscribió en el Registro de la Propiedad Inmueble del Ca- llao; Que, el área de 6 429,65 m2 corre inscrita a favor del Estado en el Tomo 160 fojas 377 del Registro de la Propie- dad Inmueble del Callao, así como registrado en el Asiento Nº 91 del Sistema de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP del Callao, a cargo de esta Superintendencia; Que, efectuada la inspección técnica con fecha 27 de junio del 2002, se ha verificado que sobre el área afectada se ha construido el Centro Educativo Nacional Dora Ma- yer; Que, mediante Oficio Nº 175-99-IN/0104, el Viceminis- tro del Interior, autoriza la disposición del área materia de la afectación, de acuerdo al uso más conveniente que pue- da dársele a criterio de esta Superintendencia, en vista de que no resulta necesaria la construcción de otra Comisaría en las inmediaciones de la zona, cumpliéndose así con el requisito de la opinión favorable previa, establecido por Decreto Supremo Nº 002-92-IN/DM; Que, por las consideraciones antes expuestas, proce- de la desafectación, conforme a lo establecido por el inciso b) del Artículo 96º del Decreto Supremo Nº 154-2001-EF - "Reglamento General de Procedimientos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal"; Que, los incisos f) y s) del Artículo 39º de la Resolución de Superintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de se- tiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organi- zación y Funciones de la Superintendencia de Bienes Na- cionales", facultan a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a desafectar los inmuebles de propiedad estatal y a emitir en primera instancia las resoluciones de su competencia; Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 0222-2002/SBN-GO-JAR de fecha 24 de julio del 2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Declarar la desafectación a favor del Esta- do del área de 1 800,00 m2 que forma parte del inmueble ubicado con frente a la Calle 4 (hoy Cosme y Bueno) distri- to de Bellavista, provincia del Callao, inscrito en el Tomo 160, folio 377, del Registro de la Propiedad Inmueble del Callao, la misma que fuera afectada en uso a favor del Mi- nisterio de Gobierno y Policía mediante Resolución Supre- ma Nº 1059-H del 8 de noviembre de 1966, modificada mediante Resolución Suprema Nº 96-H de 1967, del 31 de enero de 1967, conforme a la documentación técnica que sustenta la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA DEL ÁGUILA BRACAMONTE Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 14073 JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 117-2002/SBN-GO-JAR La Molina, 26 de julio de 2002 Visto el Expediente Nº 047-2002/SBN-GO-JAR, que contiene los antecedentes de la afectación en uso del pre- dio de 2 754,64 m2, ubicado con frente a la avenida Ca- queta - cuadra 13 en el distrito del Rímac, provincia y de- partamento de Lima; y,