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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 08 DE AGOSTO DEL AÑO 2002 (08/08/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 82

Pág. 227872 NORMAS LEGALES Lima, jueves 8 de agosto de 2002 do mediante contrato por servicios no personales, el des- cargo no desvirtúa la comisión de los hechos imputados, sin embargo, debe merituarse como atenuante al momento de aplicar sanción; Que, los demás funcionarios y ex funcionarios procesa- dos no han presentado descargo alguno, a pesar de haber sido notificados conforme a Ley; Que, la Comisión Especial de Procesos Administrativos considera que está acreditado que el ex Gerente Regional de Operaciones, Presidente del Comité Especial de Con- trataciones y Adquisiciones para la Compra de Piedra Chan- cada y Presidente de la Comisión para la Contratación de Servicios de Consultoría Ing. Juan Pérez Ccapa, el ex miem- bro del Comité Especial y de la Comisión para la Contra- tación de Servicios de Consultoría Ing. Lorgio Flores Cuti- pa, el ex Subgerente de Abastecimiento y Patrimonio Fis- cal y miembro del Comité Especial el CPC Arturo Chira Suárez, el ex Subgerente de Abastecimientos y Patrimonio Fiscal CPC Luis Alberto Nevado de la Peña, el ex Supervi- sor de la Obra Asfaltado Carretera Yunguyo - Tinicachi Ing. Silvio Lazarinos Apaza, Ing. Raúl Calle Guerra, participan- te en la apertura de sobres en el Comité Especial, el ex Subgerente de Estudios y Obras y miembro de la Comisión Ing. Alberto Pacori Quispe, han incurrido en falta adminis- trativa tipificada por los incisos a) y d) del Artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276, por la comisión de los hechos expresados y analizados en el Informe Nº 003-2002-CTAR PUNO/CEPA, hechos que han causado perjuicio económi- co a la entidad; En el marco de las funciones y atribuciones conferidas mediante Ley Nº 26922 - Ley Marco de Descentralización, Decreto Supremo Nº 010-98-PRES; y, En uso de las atribuciones conferidas por los Artículos 197º y 198º de la Constitución Política del Perú y Resolu- ción Suprema Nº 199-2001-PRES; SE RESUELVE: Artículo Primero.- DEJAR SIN EFECTO el Artículo Primero de la Resolución Ejecutiva Presidencial Nº 044- 2001-PE-CTAR PUNO de fecha 24 de enero del 2001, por la cual se acepta la renuncia irrevocable al cargo de Ge- rente Regional de Operaciones al ingeniero JUAN PÉREZ CCAPA. Artículo Segundo.- APLICAR la SANCIÓN ADMI- NISTRATIVA DISCIPLINARIA de DESTITUCIÓN al Ing. JUAN PÉREZ CCAPA del cargo de Gerente Regional de Operaciones del Consejo Transitorio de Administración Regional Puno, por las faltas administrativas incurridas, ti- pificadas en los incisos a) y d) del Artículo 28º del Decreto Legislativo Nº 276; sin perjuicio de las acciones civiles y penales a que hubiere lugar. Artículo Tercero.- IMPONER SANCIONES ADMI- NISTRATIVAS DISCIPLINARIAS de CESE TEMPORAL SIN GOCE DE REMUNERACIONES, por: - TRES (3) MESES al servidor ALBERTO PACORI QUIS- PE ex Subgerente de Estudios y Obras. - DOS (2) MESES a los ex funcionarios: CPC LUIS AL- BERTO NEVADO DE LA PEÑA y CPC ARTURO CHIRA SUÁREZ. Por las faltas administrativas incurridas, tipificadas en los incisos a) y d) del Artículo 28º del D.L. Nº 276. Artículo Cuarto.- IMPONER SANCIÓN ADMINIS- TRATIVA DISCIPLINARIA de CESE TEMPORAL SIN GOCE DE REMUNERACIONES por TREINTA y UN (31) DÍAS a: Ing. LORGIO FLORES CUTIPA, Supervisor de Obras, por haber incurrido en falta administrativa tipificada en los inci- sos a) y d) del Artículo 28º del D.L. Nº 276. Artículo Quinto.- IMPONER SANCIÓN ADMINIS- TRATIVA DISCIPLINARIA DE SUSPENSIÓN SIN GOCE DE REMUNERACIONES POR DIEZ (10) DÍAS a: Ing. RAÚL CALLE GUERRA e Ing. SILVIO LAZARINOS APAZA, Su- pervisor de Obras, por haber incurrido en falta administra- tiva tipificada en los incisos a) y d) del Artículo 28º del D.L. Nº 276. Artículo Sexto.- AUTORIZAR a la Gerencia Regional de Asesoría Jurídica para que, de acuerdo a sus atribucio- nes, implemente las acciones judiciales civiles y penales a que hubiere lugar, bajo responsabilidad.Artículo Sétimo.- Una vez consentida la presente Re- solución, la Subgerencia de Recursos Humanos del CTAR PUNO, la inscribirá en el Registro Institucional de Perso- nal Sancionado, en concordancia con el Artículo 160º del D.S. Nº 005-90-PCM - Reglamento de la Ley de Ba- ses de la Carrera Administrativa y Resolución Jefatural Nº 001-95-INAP/DNA; debiendo cumplir con insertarla en los Legajos Personales y Registros Escalafonarios pertinentes. Regístrese, comuníquese y archívese. EDGAR DARÍO CALLOHUANCA ÁVALOS Presidente Ejecutivo CTAR PUNO 14093 GOBIERNOS LOCALES MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA Modifican Anexo de la R.A. Nº 14479, mediante la cual se dispuso el retiro de elementos de publicidad instalados en contravención a las normas de seguri- dad en la Av. Javier Prado Este RESOLUCIÓN DE ALCALDÍA Nº 14585 Lima, 7 de agosto de 2002 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 23853, Ley Orgánica de Municipalida- des dispone en su Art. 65° inciso 17) que es función de las municipalidades en materia de acondicionamiento territo- rial, vivienda y seguridad colectiva controlar el cumplimien- to de las normas de seguridad; Que, mediante Resolución de Alcaldía Nº 14479 pu- blicada el 7 de agosto de 2002 se dispuso el retiro inme- diato de los elementos de publicidad que se encuentran instalados en contravención a las normas de seguridad en la Av. Javier Prado Este, los mismos que están deta- llados en el anexo que forma parte de la resolución men- cionada; Que, habiéndose constatado de la revisión del Informe N° 05-4915-2002-MML-DMM-DMFC-DOF-CVM, que exis- ten errores materiales en el anexo referido en el párrafo anterior, resulta necesario efectuar las precisiones perti- nentes, a fin de dar cumplimiento a la Resolución de Alcal- día N° 14479; Que, estando a las facultades otorgadas por la Cons- titución Política del Estado y de conformidad con el Ar- tículo 47° inciso 6) de la Ley Orgánica de Municipalida- des; SE RESUELVE: Primero.- Modifíquese el texto del Anexo que forma par- te de la Resolución de Alcaldía Nº 14479 de fecha 5 de agosto de 2002, conforme a la nueva redacción cuya rela- ción se adjunta a la presente resolución. Segundo .- La presente resolución será puesta en conocimiento del Ejecutor Coactivo de la Municipalidad Metropolitana de Lima y EMAPE para los fines perti- nentes. Regístrese, comuníquese y cúmplase. GERMÁN APARICIO LEMBCKE Teniente Alcalde de Lima Encargado de la Alcaldía