Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2002 (01/12/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 1 de diciembre de 2002

Transporte Multimodal y el Asesor Legal, respectivamente, opinan que no procede la solicitud de ratificacion de Permiso de Operacion presentada por la recurrente, por lo que resulta improcedente lo solicitado; De conformidad con la Ley Nº 27444 - Ley de Procedimiento Administrativo General, Decreto Supremo Nº 0052001-MTC, Decreto Ley Nº 25862 y Decretos Legislativos Nºs 560, 644 y 683; SE RESUELVE: Articulo 1º.- DECLARAR en ABANDONO el Expediente Nº 2001-004917 de fecha 16 de MORDAZA del 2001 correspondiente a la empresa MORDAZA MORDAZA MORDAZA EIRL. y por lo tanto no proceder con la solicitud de ratificacion del Permiso de Operacion que se refiere en los considerandos. Articulo 2º.- CANCELAR el Permiso de Operacion otorgado por Resolucion Directoral Nº 015-94-MTC/15.13 de fecha 6 de MORDAZA de 1994, asi como la operacion de las embarcaciones M/F "Sandra" con Matricula IQ-8461-MF, M/F "Shandita" con Matricula IQ-8607-MF, M/F "Adonis" con Matricula IQ-8398-MF, M/F "Pachacamilla" con Matricula IQ-1660-MF, M/F "Vanessa" con Matricula IQ-8559-MF, M/ F "Claudia" con matricula IQ-7819-MF, M/F "Otita" con Matricula IQ-8552-MF, M/F "Agusta II" con Matricula IQ8910-MF, M/F "Mily" con Matricula PA-7213-MF, M/F "Aldina" con Matricula IQ-8969-MF, M/F "Oty" con Matricula IQ8440-MF, E/F "Juanito" con Matricula YU-1375-EF y E/F "Fabio" con Matricula IQ-10994-EF. Articulo 3º.- La cancelacion del Permiso incluye la operacion de cualquier embarcacion diferente a las mencionadas en el articulo precedente. Articulo 4º.- Remitir MORDAZA de la presente Resolucion a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas de la MORDAZA de MORDAZA del Peru. Articulo 5º.- La presente Resolucion Directoral entrara en vigencia al dia siguiente de su notificacion o publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA COLL MORDAZA Director General Direccion General de Transporte Acuatico 21124

PODER JUDICIAL CORTE SUPREMA DE JUSTICIA
Amplian plazo de situacion de urgencia para la contratacion de servicios de limpieza, mensajeria, seguridad y vigilancia
RESOLUCION ADMINISTRATIVA DE LA PRESIDENCIA DEL PODER JUDICIAL Nº 197-2002-P-PJ MORDAZA, 29 de noviembre de 2002 VISTO: el Informe Tecnico Nº299-2002-AS-SL-GAFGG/PJ del Area de Servicios de la Subgerencia de Logistica de la Gerencia de Administracion y Finanzas de la Gerencia General del Poder Judicial y el Informe Legal Nº134-2002-OAL-GG/PJ; y, CONSIDERANDO: Que, las adquisiciones y contrataciones que realizan las entidades estatales y el control a los que se encuentran sujetas, estan reguladas por MORDAZA de rango constitucional; la forma como el Estado compra, contrata y la razon del control que se efectua sobre estos procesos, se fundamenta en los articulos 76° y 82° de la Constitucion Politica del Estado; Que, mediante Resolucion Administrativa de la Presidencia del Poder Judicial Nº 154-2002-P-PJ de fecha 23 de agosto del 2002, se declaro en Situacion de Urgencia la contratacion de los Servicios de Limpieza, Mensajeria y Transporte de Carga Ligera y Pesada a nivel nacional, Seguridad y Vigilancia, por un plazo de 90 dias o hasta la suscripcion de los respectivos contratos, autorizando a la Subgerencia de Logistica de la Gerencia de Administracion y Finanzas a efectuar estas contrataciones mediante procesos de adjudicacion de menor cuantia, en tanto se desarrollaban los respectivos procesos de seleccion; Que, para la contratacion del Servicio de Limpieza, con fecha 10 de febrero del 2002 se realizo la primera convocatoria del Concurso Publico Nº002-2002-GG-PJ, habiendose otorgado la buena pro en el Item 2 quedando desiertos los Items 1 y 3, razon por la cual el 14 de MORDAZA del 2002 se efectuo una MORDAZA convocatoria otorgandose la buena pro a las empresas SALINPSA y al Consorcio PROFLIMSA, LIMPIEX y LIMASA; sin embargo, al resolver los recursos de revision, con fecha 26 de MORDAZA ultimo el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado mediante Resoluciones Nº534/2002.TC-S2 y Nº538/2002.TC-S2 declaro la nulidad del MORDAZA de seleccion en los items 1 y 3, retrotrayendolo hasta la etapa de convocatoria. El 22 de setiembre del presente ano, se ha realizado la MORDAZA convocatoria del Concurso Publico Nº 02-2002-GG/PJ por los items 1 y 3, encontrandose a la fecha suspendido por Recurso de Apelacion interpuesto por el postor SALINPSA contra el otorgamiento de la buena pro; Que, respecto a la contratacion del Servicio de Mensajeria a Nivel Nacional e Internacional y Transporte de Carga Ligera y Pesada, con fecha 10 de agosto del 2001 se llevo a cabo la primera convocatoria del Concurso Publico Nº003-2001-GGPJ, MORDAZA que fuera declarado Nulo por el Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado mediante Resolucion N°009-2002.TC-S1. El 21 de MORDAZA del presente ano se realizo la MORDAZA convocatoria del referido MORDAZA de seleccion, el mismo que fue declarado nulo de oficio a traves de la Resolucion Nº541, 542, 543-2002-GG-PJ, al haberse incurrido en causales de nulidad establecidas en el articulo 57° del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, disponiendose se retrotraiga el MORDAZA a la etapa de la convocatoria previa reformulacion de bases y designacion de MORDAZA Comite Especial; Que, a la fecha se ha aprobado las bases administrativas para la convocatoria del Concurso en referencia; al respecto cabe precisar que la demora de la nueva convocatoria se debe a que el MORDAZA Comite Especial ha evaluado con mayor detenimiento las causas que motivaron la declaratoria de la nulidad del MORDAZA mientras la dependencia usuaria realizaba el correspondiente estudio de MORDAZA, y poder realizar debidamente la reformulacion de las bases;

VIVIENDA
FE DE ERRATAS RESOLUCION MINISTERIAL Nº 127-2002-VIVIENDA Mediante Oficio Nº 458-2002/VIVIENDA-SG el Ministerio de Vivienda, Construccion y Saneamiento solicita se publique Fe de Erratas de la Resolucion Ministerial Nº 1272002-VIVIENDA, publicada en la edicion del 21 de noviembre de 2002, en la pagina 233643. En el Articulo 2º DICE: I DEBE DECIR: Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DICE: Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA DEBE DECIR: Ing. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA 21120 CTAR Pasco CTAR Pasco CTAR Ucayali CTAR Ucayali

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