Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2002 (01/12/2002)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, MORDAZA 1 de diciembre de 2002

formidad con este Convenio, USAID puede solicitar al Donatario el reembolso de todo o parte del monto de desembolsos bajo este Convenio por o en coneccion con tales bienes o servicios en U.S. Dolares dentro de los sesenta (60) dias posteriores al recibo de una solicitud para tal efecto. (c) El derecho bajo la sub-seccion (a) o (b) de solicitar un reembolso de un desembolso continuara, no obstante cualquier otra estipulacion de este Convenio, por tres (3) anos desde la fecha del ultimo desembolso bajo este Convenio. (d) (1) Cualquier reembolso bajo la sub-seccion (a) o (b), o (2) cualquier reembolso a USAID de un contratista, proveedor, banco u otra tercera parte con relacion a bienes o servicios financiados bajo este Convenio, relacionado con un precio no razonable por facturacion erronea de bienes o servicios, o a bienes que no se ajustaban a las especificaciones, o a servicios inadecuados, (A) sera utilizado primero para este Convenio, en la medida justificado, y (B) el saldo, si hubiera, sera utilizado para reducir el monto de la Donacion. (e) Cualesquier interes u otros ingresos sobre los fondos desembolsados por USAID al Donatario bajo este Convenio previos a la autorizacion para utilizar dichos fondos para este Convenio seran reembolsados a USAID en Dolares estadounidenses, por el Donatario, salvo que USAID acuerde lo contrario por escrito. Seccion L.3. Recursos No Renunciables. Ninguna demora en el ejercicio de cualquier derecho o recurso proveniente de una Parte con respecto a su financiacion bajo este Convenio sera interpretada como una renuncia a dicho derecho o recurso. Seccion L.4. Transferencia. El Donatario acuerda ceder a USAID, a su solicitud, cualquier derecho de demanda que pudiera adquirir el Donatario en relacion con, o como resultado del cumplimiento o incumplimiento contractual por una de las Partes de un contrato directo con USAID, financiado total o parcialmente con fondos proporcionados por USAID bajo este Convenio. Articulo M: Perdida de Empleo, Zonas de Procesamiento de Exportacion y Derechos del Trabajador. Seccion M.1. Ningun fondo u otra asistencia proporcionados bajo el presente Convenio podra ser utilizado en una actividad que razonablemente pudiera involucrar la reubicacion o expansion, fuera de los Estados Unidos, de una empresa ubicada en los Estados Unidos si la produccion fuera de los Estados Unidos en tal reubicacion o expansion reemplaza parcial o totalmente la produccion, y reduce el numero de empleados en dicha empresa en los Estados Unidos. Seccion M.2. Ningun fondo u otra asistencia proporcionados bajo el presente Convenio podra ser utilizado en una actividad cuyo proposito sea establecer o desarrollar en un MORDAZA extranjero una MORDAZA de procesamiento de exportaciones o area determinada donde las leyes de trabajo, medio ambiente, tributarias, arancelarias y de seguridad del MORDAZA no MORDAZA aplicables, sin previa autorizacion por escrito de USAID. Seccion M.3. Ningun fondo u otra asistencia proporcionados bajo el presente Convenio podra ser utilizado en una actividad que contribuya a la violacion de derechos internacionalmente reconocidos en los trabajadores en el MORDAZA beneficiario, incluyendo aquellos en cualquier MORDAZA o area determinada en ese pais. Articulo N: Idioma del Convenio. Si este Convenio estuviera preparado en un lenguaje adicional al ingles, la version en ingles prevalecera en caso de existir ambiguedad o conflicto entre las dos versiones. CONVENIO DE DONACION DE ALCANCE LIMITADO ANEXO 2 DESCRIPCION DE LA ACTIVIDAD 1. Titulo de la Actividad: Cobertura con Calidad 2. Actividad USAID Nº 527-0375 Este Anexo presenta una descripcion de la Actividad que se va a llevar a cabo bajo este Convenio, las

responsabilidades de las partes, plan financiero ilustrativo, acuerdos especiales y un plan de evaluacion. Elementos de la descripcion de la Actividad pueden ser modificados mediante acuerdo por escrito de los representantes autorizados de este Convenio sin necesidad de una enmienda formal, siempre y cuando tales modificaciones esten dentro del contexto general de la Actividad, tal como se estipula en el texto del Convenio. Esta Iniciativa busca proveer asistencia estrategica y oportuna al Gobierno del Peru en su actual esfuerzo de proporcionar acceso a informacion y servicios de planificacion familiar a todas las familias peruanas que asi lo deseen, y particularmente a aquellas familias que tradicionalmente no han gozado de este beneficio. I. Antecedentes del GDP A. Compatibilidad con la Politica del GDP Este esfuerzo vigoroso para dar acceso universal a informacion y servicios de planificacion familiar se MORDAZA en enunciados de politica por el Presidente de la Republica, Ing. MORDAZA Fujimori. Esta politica fue por primera vez MORDAZA el 29 de MORDAZA de 1995, en su Mensaje a la Nacion al inicio del MORDAZA periodo de su gobierno. Desde esa fecha el Presidente Fujimori ha reiterado constantemente los principios basicos del programa de planificacion familiar del GDP. A saber: voluntarismo incondicional, una amplia informacion sobre todos los metodos y acceso a toda la variedad de metodos, de manera que cada familia pueda decidir libremente el uso de anticonceptivos, asi como el metodo que mejor se adecue a su situacion. Asimismo, como el programa prioriza a familias en areas rurales y de bajo nivel educativo, que son las familias que por lo general tienen menor acceso a este MORDAZA de informacion y servicios, el GDP considera esta expansion de informacion y servicios como una democratizacion de la planificacion familiar. Finalmente, el GDP considera la universalizacion de acceso a informacion y servicios como un MORDAZA para promover el poder de decision de la mujer, ya que la planificacion familiar puede ayudar a la mujer a tener mas control sobre su vida. En su documento principal de plan de accion, Programa de Salud Reproductiva y Planificacion Familiar 19962000, el Ministerio de Salud (MINSA) reitera la politica de planificacion familiar del GDP: La Politica de Salud, para el periodo 1996-2000, tendra como fundamento esencial, asegurar el acceso de la poblacion a la mas amplia y adecuada informacion acerca del significado e importancia de la Salud Reproductiva y la Planificacion Familiar. El MORDAZA de referencia lo establece el articulo 6to. de la Constitucion Politica del Peru donde se sustenta el derecho de las familias y las personas a decidir libremente el numero de hijos que desean tener. La mision del Programa, sera proveer servicios de promocion, prevencion, curacion y rehabilitacion de la salud reproductiva de la mejor calidad; que lleguen sin distincion alguna a los habitantes del Peru, contando con su consentimiento libre y voluntario. Contribuira a mejorar el estado de la Salud Reproductiva y a conseguir el desarrollo humano sostenible que valora la MORDAZA en si misma, sin distingo alguno. En consecuencia, uno de los principales objetivos del GDP es ampliar el programa de planificacion familiar del MINSA a nivel nacional. Se han trazado metas ambiciosas para reducir la fecundidad, mortalidad materna y mortalidad perinatal para el ano 2000. Las principales son: 1. Una reduccion en mortalidad materna de un estimado actual de 261 muertes maternas por 100,000 nacidos vivos, a 100, para el ano 2000. 2. Una reduccion en la tasa global de fecundidad de un estimado actual de 3.2 nacimientos por mujer, a 2.5 nacimientos, para el ano 2000. 3. Una reduccion del 50 por ciento en mortalidad perinatal, basada en los niveles de 1995. La experiencia a nivel mundial ha demostrado que es todo un desafio ampliar un programa a nivel nacional en un corto plazo. Esto es particularmente MORDAZA cuando la am-

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