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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE DICIEMBRE DEL AÑO 2002 (01/12/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 39

Pág. 234325 NORMAS LEGALES Lima, domingo 1 de diciembre de 2002 El Participante Directo dispondrá de una Cuenta Matriz a su nombre, en la que podrá registrar valores de su pro- piedad y en tanto la legislación que regule su funciona- miento se lo permita, los de propiedad de otros Titulares. Podrán solicitar ser admitidos como Participantes Di- rectos, las siguientes instituciones: 1. Sociedades Agentes de Bolsa. 2. Sociedades Intermediarias de Valores. 3. Entidades Bancarias. 4. Instituciones de Compensación y Liquidación de Va- lores. 5. Empresas extranjeras que tengan como objeto so- cial el registro, compensación, liquidación o transferencia de valores. 6. Otras personas jurídicas que proponga CAVALI a CO- NASEV, con la debida sustentación. b. Participantes Indirectos Son aquellos que si bien acceden en forma directa a los servicios vinculados al registro contable regulados en el Capítulo Del Registro Contable, necesariamente deben recurrir a un Participante Directo para acceder a los servi- cios de Liquidación de fondos y valores. El Participante Indirecto dispondrá de una Cuenta Ma- triz a su nombre, en la que podrá registrar valores de su propiedad y en tanto la legislación que regule su funciona- miento se lo permita, los de propiedad de otros Titulares. Pueden ser Participantes Indirectos todas las perso- nas jurídicas mencionadas en el artículo 1º del presente Capítulo, siempre y cuando no sean Participantes Direc- tos. Artículo 3º .- Proceso de admisión Las personas jurídicas comprendidas en el artículo pre- cedente, que deseen ser admitidas como Participantes Di- rectos o Indirectos, deberán presentar una solicitud de ad- misión a CAVALI para su aprobación. La Gerencia General dispone de un plazo máximo de treinta (30) días, contados a partir de la fecha de presenta- ción de la respectiva solicitud, para evaluar la misma, y en caso ésta sea satisfactoria, aprobarla. De observarse el incumplimiento de alguno de los re- quisitos señalados en el artículo 4º del presente Capítulo durante el plazo de evaluación, CAVALI requerirá por es- crito al postulante la subsanación correspondiente dentro de un plazo máximo de diez (10) días, suspendiéndose el plazo anteriormente indicado hasta la regularización res- pectiva. Transcurrido el mencionado plazo y de no recibir- se el descargo referido, la solicitud quedará sin efecto. El postulante formalizará su admisión como Participan- te, es decir será admitido como tal, luego de cumplir con lo siguiente: a. Suscribir con CAVALI el respectivo Contrato de Ser- vicios aprobado por CONASEV. b. Efectuar los pagos a los que se encuentre sujeto, de acuerdo a la estructura de tarifas vigente a la fecha de Suscripción del Contrato, que se encuentren reguladas en el Capítulo De las Tarifas. c. Efectuar los aportes directos al Fondo, que pu- dieren haber sido propuestos por CAVALI y aprobados por CONASEV y que hayan sido realizados por los de- más Participantes durante los dos (2) años previos a la presentación de su solicitud de admisión, incluyendo los realizados entre la presentación de la solicitud y su aprobación. Dentro de los tres (3) días siguientes de haber cumpli- do con lo mencionado anteriormente, será registrado en CAVALI como Participante, procediéndose a difundir al mercado su ingreso, a través de los siguientes medios: a. Comunicación a los Participantes. b. Comunicación al Registro Público de Mercado de Va- lores. c. Página WEB de CAVALI. Artículo 4º .- Requisitos Las personas jurídicas nacionales o extranjeras que de- seen ser admitidas como Participantes de CAVALI, debe- rán sustentar que se encuentran en la capacidad legal, fi- nanciera y operativa, para asumir las funciones y obliga- ciones establecidas en el Reglamento y en el ReglamentoInterno, para lo cual deberán cumplir como mínimo con los siguientes requisitos: A. De índole Legal a. Presentación de una solicitud suscrita por el repre- sentante legal designado de la persona jurídica postulante, cumpliendo con lo siguiente: 1. Razón social, domicilio, nacionalidad, número de Re- gistro Único de Contribuyentes, de ser el caso, de la per- sona jurídica postulante. 2. Copia del documento de identidad del representante legal del postulante y del acta de la sesión del órgano cor- porativo competente en la que se le designa como repre- sentante para todos sus efectos ante CAVALI. b. Copia simple de la escritura pública de constitución social y del estatuto social vigente del postulante, con la debida constancia de inscripción en Registros Públicos o de la dependencia equivalente en caso de un postulante constituido en el extranjero. c. Copia de la resolución de autorización de funciona- miento del postulante o documento equivalente, otorgada por el ente regulador correspondiente, de ser el caso. Los documentos presentados por postulantes extranje- ros, deberán contar con las correspondientes legalizacio- nes consulares y del Ministerio de Relaciones Exteriores de Perú. B. De índole Informático El representante legal del postulante deberá presentar las siguientes declaraciones juradas: a. Que la entidad postulante cuenta con la capacidad informática adecuada, que asegure el cumplimiento de sus obligaciones y responsabilidades con CAVALI, los demás Participantes, los Emisores, sus Titulares y demás perso- nas naturales o jurídicas que correspondan. b. Existencia de un Plan de Contingencias a nivel infor- mático, que asegure el normal desarrollo de sus activida- des y el cumplimiento de sus obligaciones como Partici- pante. c. Existencia y puesta en práctica de las medidas de seguridad informáticas adoptadas con el objeto de resguar- dar la confidencialidad de la información que le proporcio- ne CAVALI. El postulante deberá acreditar la existencia y razonabi- lidad de lo establecido en los incisos anteriores, a través de una certificación emitida por una sociedad auditora in- dependiente o por una empresa especializada independien- te de prestigio. La capacidad técnica del postulante deberá cumplir como mínimo con los requisitos detallados en la Disposición Vinculada Nº 01. C. De índole Financiero y Económico En cumplimiento del inciso a) del artículo 33 del Regla- mento, el postulante deberá presentar a CAVALI sus Esta- dos Financieros auditados al cierre del último ejercicio fis- cal, adjuntando un análisis de sus ratios financieros patri- moniales, los cuales deberán contar con la opinión favora- ble de sus auditores externos, y en los casos en que sus respectivas autoridades supervisoras así lo exijan, la cla- sificación de riesgo otorgada por una empresa especiali- zada. Para el caso de postulantes constituidos dentro del ejer- cicio fiscal de presentación de su solicitud de admisión, la información financiera a que se refiere el párrafo prece- dente, podrá ser la de su constitución social o el último estado trimestral disponible, según corresponda. D. Capacidad Operativa Con la finalidad que el postulante cumpla con sus obliga- ciones ante CAVALI, los Participantes, los Emisores, sus Ti- tulares y demás personas naturales o jurídicas que corres- pondan, con oportunidad y eficiencia, deberá presentar a CAVALI una declaración jurada respecto a que cuenta como mínimo con lo dispuesto en los incisos a), b) y c); adicional- mente se acreditará la existencia de lo establecido en dichos incisos, a través de un informe con opinión favorable emitido por una sociedad auditora independiente o empresa especia- lizada independiente de prestigio. Asimismo, el Postulante deberá presentar lo dispuesto en el inciso d) y e).