Norma Legal Oficial del día 01 de diciembre del año 2002 (01/12/2002)


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TEXTO DE LA PÁGINA 39

MORDAZA, MORDAZA 1 de diciembre de 2002

NORMAS LEGALES

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El Participante Directo dispondra de una Cuenta Matriz a su nombre, en la que podra registrar valores de su propiedad y en tanto la legislacion que regule su funcionamiento se lo permita, los de propiedad de otros Titulares. Podran solicitar ser admitidos como Participantes Directos, las siguientes instituciones: 1. Sociedades Agentes de Bolsa. 2. Sociedades Intermediarias de Valores. 3. Entidades Bancarias. 4. Instituciones de Compensacion y Liquidacion de Valores. 5. Empresas extranjeras que tengan como objeto social el registro, compensacion, liquidacion o transferencia de valores. 6. Otras personas juridicas que proponga CAVALI a CONASEV, con la debida sustentacion. b. Participantes Indirectos Son aquellos que si bien acceden en forma directa a los servicios vinculados al registro contable regulados en el Capitulo Del Registro Contable, necesariamente deben recurrir a un Participante Directo para acceder a los servicios de Liquidacion de fondos y valores. El Participante Indirecto dispondra de una Cuenta Matriz a su nombre, en la que podra registrar valores de su propiedad y en tanto la legislacion que regule su funcionamiento se lo permita, los de propiedad de otros Titulares. Pueden ser Participantes Indirectos todas las personas juridicas mencionadas en el articulo 1º del presente Capitulo, siempre y cuando no MORDAZA Participantes Directos. Articulo 3º .- MORDAZA de admision Las personas juridicas comprendidas en el articulo precedente, que deseen ser admitidas como Participantes Directos o Indirectos, deberan presentar una solicitud de admision a CAVALI para su aprobacion. La Gerencia General dispone de un plazo MORDAZA de treinta (30) dias, contados a partir de la fecha de MORDAZA de la respectiva solicitud, para evaluar la misma, y en caso esta sea satisfactoria, aprobarla. De observarse el incumplimiento de alguno de los requisitos senalados en el articulo 4º del presente Capitulo durante el plazo de evaluacion, CAVALI requerira por escrito al postulante la subsanacion correspondiente dentro de un plazo MORDAZA de diez (10) dias, suspendiendose el plazo anteriormente indicado hasta la regularizacion respectiva. Transcurrido el mencionado plazo y de no recibirse el descargo referido, la solicitud quedara sin efecto. El postulante formalizara su admision como Participante, es decir sera admitido como tal, luego de cumplir con lo siguiente: a. Suscribir con CAVALI el respectivo Contrato de Servicios aprobado por CONASEV. b. Efectuar los pagos a los que se encuentre sujeto, de acuerdo a la estructura de tarifas vigente a la fecha de Suscripcion del Contrato, que se encuentren reguladas en el Capitulo De las Tarifas. c. Efectuar los aportes directos al Fondo, que pudieren haber sido propuestos por CAVALI y aprobados por CONASEV y que hayan sido realizados por los demas Participantes durante los dos (2) anos previos a la MORDAZA de su solicitud de admision, incluyendo los realizados entre la MORDAZA de la solicitud y su aprobacion. Dentro de los tres (3) dias siguientes de haber cumplido con lo mencionado anteriormente, sera registrado en CAVALI como Participante, procediendose a difundir al MORDAZA su ingreso, a traves de los siguientes medios: a. Comunicacion a los Participantes. b. Comunicacion al Registro Publico de MORDAZA de Valores. c. Pagina WEB de CAVALI. Articulo 4º .- Requisitos Las personas juridicas nacionales o extranjeras que deseen ser admitidas como Participantes de CAVALI, deberan sustentar que se encuentran en la capacidad legal, financiera y operativa, para asumir las funciones y obligaciones establecidas en el Reglamento y en el Reglamento

Interno, para lo cual deberan cumplir como minimo con los siguientes requisitos: A. De indole Legal a. MORDAZA de una solicitud suscrita por el representante legal designado de la persona juridica postulante, cumpliendo con lo siguiente: 1. Razon social, domicilio, nacionalidad, numero de Registro Unico de Contribuyentes, de ser el caso, de la persona juridica postulante. 2. MORDAZA del documento de identidad del representante legal del postulante y del acta de la sesion del organo corporativo competente en la que se le designa como representante para todos sus efectos ante CAVALI. b. MORDAZA simple de la escritura publica de constitucion social y del estatuto social vigente del postulante, con la debida MORDAZA de inscripcion en Registros Publicos o de la dependencia equivalente en caso de un postulante constituido en el extranjero. c. MORDAZA de la resolucion de autorizacion de funcionamiento del postulante o documento equivalente, otorgada por el ente regulador correspondiente, de ser el caso. Los documentos presentados por postulantes extranjeros, deberan contar con las correspondientes legalizaciones consulares y del Ministerio de Relaciones Exteriores de Peru. B. De indole Informatico El representante legal del postulante debera presentar las siguientes declaraciones juradas: a. Que la entidad postulante cuenta con la capacidad informatica adecuada, que asegure el cumplimiento de sus obligaciones y responsabilidades con CAVALI, los demas Participantes, los Emisores, sus Titulares y demas personas naturales o juridicas que correspondan. b. Existencia de un Plan de Contingencias a nivel informatico, que asegure el normal desarrollo de sus actividades y el cumplimiento de sus obligaciones como Participante. c. Existencia y puesta en practica de las medidas de seguridad informaticas adoptadas con el objeto de resguardar la confidencialidad de la informacion que le proporcione CAVALI. El postulante debera acreditar la existencia y razonabilidad de lo establecido en los incisos anteriores, a traves de una certificacion emitida por una sociedad auditora independiente o por una empresa especializada independiente de prestigio. La capacidad tecnica del postulante debera cumplir como minimo con los requisitos detallados en la Disposicion Vinculada Nº 01. C. De indole Financiero y Economico En cumplimiento del inciso a) del articulo 33 del Reglamento, el postulante debera presentar a CAVALI sus Estados Financieros auditados al cierre del ultimo ejercicio fiscal, adjuntando un analisis de sus ratios financieros patrimoniales, los cuales deberan contar con la opinion favorable de sus auditores externos, y en los casos en que sus respectivas autoridades supervisoras asi lo exijan, la clasificacion de riesgo otorgada por una empresa especializada. Para el caso de postulantes constituidos dentro del ejercicio fiscal de MORDAZA de su solicitud de admision, la informacion financiera a que se refiere el parrafo precedente, podra ser la de su constitucion social o el ultimo estado trimestral disponible, segun corresponda. D. Capacidad Operativa Con la finalidad que el postulante cumpla con sus obligaciones ante CAVALI, los Participantes, los Emisores, sus Titulares y demas personas naturales o juridicas que correspondan, con oportunidad y eficiencia, debera presentar a CAVALI una declaracion jurada respecto a que cuenta como minimo con lo dispuesto en los incisos a), b) y c); adicionalmente se acreditara la existencia de lo establecido en dichos incisos, a traves de un informe con opinion favorable emitido por una sociedad auditora independiente o empresa especializada independiente de prestigio. Asimismo, el Postulante debera presentar lo dispuesto en el inciso d) y e).

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