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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 12 DE JUNIO DEL AÑO 2002 (12/06/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 128

TEXTO PAGINA: 79

Pág. 224533 NORMAS LEGALES Lima, miércoles 12 de junio de 2002 Rectifican área y aceptan renuncia de afectación en uso de terreno ubicado en el distrito de San Borja, provincia de Lima JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 090-2002/SBN-GO-JAR La Molina, 29 de mayo del 2002 Visto el Expediente Nº 018-2002/SBN-JAR, correspon- diente al trámite de rectificación de área y linderos del pre- dio de 12 424,04 m² y la renuncia a la afectación en uso a favor del Estado del área de 223,59 m², que forma parte del citado predio, ubicado en la intersección de las aveni- das Javier Prado y Aviación, urbanización Las Dalias distri- to de San Borja, provincia y departamento de Lima; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, De- creto Supremo Nº 131-2001-EF "Estatuto de la Superinten- dencia de Bienes Nacionales" y Decreto Supremo Nº 154- 2001-EF "Reglamento General de Procedimientos Admi- nistrativos de los Bienes de Propiedad Estatal", la Superin- tendencia de Bienes Nacionales tiene como finalidad in- centivar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripción y fiscalización; Que, el Estado es propietario del terreno de 12 424,04 m², ubicado en la intersección de las avenidas Javier Pra- do y Aviación, urbanización Las Dalias distrito de San Bor- ja, provincia y departamento de Lima, inscrito en la partida electrónica Nº 11357852 del Registro de la Propiedad In- mueble de Lima y registrado en el asiento 12780 del Siste- ma de Información Nacional de los Bienes de Propiedad Estatal - SINABIP correspondiente al departamento de Lima, el mismo que por Resolución Suprema Nº 059-89- VC-5600, de fecha 22 de agosto de 1989, se afectó en uso a favor de la Biblioteca Nacional del Perú para destinarlo a la construcción de su sede institucional; Que, por Oficio Nº 1510-2001-BNP/JI, de fecha 14 de di- ciembre del 2001, la Biblioteca Nacional del Perú formaliza con firma legalizada su solicitud de renuncia a la afectación en uso del área de 250,00 m² que forma parte del área mayor afectada en uso, de acuerdo al Artículo 97º del Decreto Su- premo Nº 154-2001-EF "Reglamento General de Procedimien- tos Administrativos de los Bienes de Propiedad Estatal"; Que, habiéndose realizado la correspondiente inspec- ción técnica y trabajo en gabinete se ha verificado que el área registral del terreno discrepa con el área real de 12 421,15 m², observándose que ello se debe a errores en el cálculo del área, cierre de ángulos y número de lados que conforman la poligonal del plano perimétrico del predio, asimismo se constató que el terreno a renunciar tiene una extensión real de 223,59 m²; Que, en tal sentido, es procedente efectuar la rectifica- ción del área y linderos del citado inmueble de acuerdo con el plano y memoria descriptiva que sustentan la presente resolución, con arreglo a lo establecido en la décima dispo- sición complementaria del Decreto Supremo Nº 154-2001- EF y a las facultades conferidas a la Jefatura de Adquisi- ciones y Recuperaciones mediante Resolución Nº 362- 2001/SBN de fecha 11 de diciembre del 2001; Que, el Artículo 97º del D.S. Nº 154-2001-EF, establece que la renuncia de la afectación en uso constituye una de- claración unilateral del afectatario, por cuyo mérito se pro- cede a la devolución de la posesión del predio, por lo que es procedente aceptar la renuncia formulada por la institu- ción recurrente; Que, el inciso s) del Artículo 39º de la Resolución de Su- perintendencia Nº 315-2001/SBN, de fecha 3 de setiembre del 2001, que aprueba el "Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia de Bienes Nacionales", fa- culta a la Jefatura de Adquisiciones y Recuperaciones a emi- tir en primera instancia las resoluciones de su competencia; Estando a lo expuesto en el Informe Técnico Legal Nº 143-2002/SBN-GO-JAR, de fecha 22 de mayo del 2002; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Rectificar el área de 12 424,04 m², ubica- da en la intersección de las avenidas Javier Prado y Avia-ción, urbanización Las Dalias distrito de San Borja, provin- cia y departamento de Lima, inscrita en la partida electró- nica Nº 11357852 del Registro de la Propiedad Inmueble de Lima, por el área real de 12 421,15 m², según documen- tación técnica que sustenta la presente resolución. Artículo 2º.- Aceptar la renuncia formulada por la Bi- blioteca Nacional del Perú a favor el Estado del área de 223,59 m², que forma parte del terreno de 12 421,15 m² afectado en uso a favor de la citada institución, conforme a la documentación técnica que sustenta la presente resolu- ción, reasumiendo el Estado su administración. Artículo 3º.- La Oficina Registral de Lima y Callao de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos por el mérito de la presente Resolución, inscribirá la rectificación de área y linderos y renuncia de la afectación en uso des- critos en los artículos precedentes. Regístrese, comuníquese y publíquese. SUSANA DEL ÁGUILA BRACAMONTE Jefe de Adquisiciones y Recuperaciones 10355 Revierten a favor del Estado terreno adjudicado a empresa, ubicado en la provincia de Ica JEFATURA DE ADQUISICIONES Y RECUPERACIONES RESOLUCIÓN Nº 091-2002/SBN-GO-JAR La Molina, 30 de mayo del 2002 Visto el Expediente Nº 053-2001/SBN-JAR, por el cual se sustenta la reversión del terreno de 120 000,00 m² ubi- cado en el Sector de Comatrana, a la altura del Kilómetro 2.00 de la Carretera camino a la playa de Carhuaz, distrito, provincia y departamento de Ica; y, CONSIDERANDO: Que, de conformidad con lo dispuesto por el Decreto Ley Nº 25556, Decreto Ley Nº 25738, Ley Nº 27395, De- creto Supremo Nº 131-2001-EF, "Estatuto de la Superinten- dencia de Bienes Nacionales" y Decreto Supremo Nº 154- 2001-EF, "Reglamento General de Procedimientos Admi- nistrativos de los Bienes de Propiedad Estatal"; la Superin- tendencia de Bienes Nacionales, tiene como finalidad in- centivar el aprovechamiento económico de los bienes del Estado en armonía con el interés social, promoviendo su intercambio, maximizando su rentabilidad y estableciendo mecanismos para su registro, inscripción y fiscalización; Que, en mérito a la Resolución Directoral Regional Nº 095-88-VC-6500, de fecha 2 de diciembre de 1988, el Es- tado incorporó a su dominio el terreno de 120 000,00 m² ubicado en el Sector de Comatrana, a la altura del Km. 2.00 de la Carretera camino a la playa de Carhuaz, distrito, provincia y departamento de Ica, el mismo que se encuen- tra inscrito en la Ficha Nº 007749 / 010101 del Registro de la Propiedad Inmueble de Ica; Que, en virtud de la Resolución Directoral Nº 011-89- VC-6500, de fecha 6 de abril de 1989, se adjudicó el terre- no descrito en el considerando precedente a favor de la Empresa Industrial Vitivinícola "La Parra" S.R. Ltda., para fines industriales, condicionando la adjudicación al cumpli- miento del fin para el cual se adjudicó, constituyendo dicha resolución título suficiente para la inscripción de la transfe- rencia, se inscribió en el Asiento 02 del rubro c) de la Ficha Nº 007749 / 010101 del Registro de la Propiedad Inmueble de Ica; Que, efectuada la inspección técnica con fecha 17 de abril del 2002 se ha constatado que el predio submateria se encuentra totalmente desocupado no habiendo la Em- presa Industrial Vitivinícola "La Parra" S.R.Ltda. cumplido con el fin de la adjudicación no obstante el tiempo transcu- rrido; Que, el Artículo 19º del Decreto Supremo Nº 154-2001- EF, "Reglamento General de Procedimientos Administrati- vos de los Bienes de Propiedad Estatal" dispone que cuan- do el adquirente de un predio de propiedad estatal no utili- ce el mismo a la finalidad para la cual le fue transferido, el Estado revertirá el predio a su dominio; Que, la Sexta Disposición Complementaria del Decreto