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Pág. 230937 NORMAS LEGALES Lima, viernes 4 de octubre de 2002 zo de 2002, no habiendo recibido respuesta alguna, por lo que legalmente, ha quedado consentida; Que, la responsabilidad del mencionado Contratista, de reparar las deficiencias constructivas de la obra C.E. "Uriel García", se encuentra plenamente acreditada con- forme a lo previsto en la Cláusula 4.0, numeral 4.11 del Contrato de Ejecución de Obra a Suma Alzada, suscrito el 9 de febrero de 1995, siendo de aplicación supletoria lo prescrito por el artículo 5.10.9 del Reglamento Único de Licitaciones y Contratos de Obras Públicas - RULCOP, así como lo establecido en el artículo 1784º del Código Civil vigente; Que, no habiendo asumido el Contratista su respon- sabilidad contractual, es pertinente exigir su cumpli- miento en la vía judicial, al amparo de los artículos 1148º, 1219º, 1220º, 1324º y 1333º del Código Civil, siendo necesario autorizar al Procurador Público encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento a interponer las acciones judiciales que corresponda contra el contra- tista CARLOS TISOC S.R.L. CONTRATISTAS GENE- RALES, en representación y defensa de los intereses del Instituto Nacional de Infraestructura Educativa y de Salud - INFES; Con la opinión favorable de la Oficina de Asesoría Ju- rídica; y, De conformidad con el artículo 47º de la Constitución Política del Perú, el artículo 12º del Decreto Ley Nº 17537, modificado por el Decreto Ley Nº 17667, y la Ley Nº 27792, Ley de Organización y Funciones del Ministerio de Vivien- da, Construcción y Saneamiento; SE RESUELVE: Artículo Primero.- AUTORIZAR al Procurador Públi- co encargado de los asuntos judiciales del Ministerio de Vivienda, Construcción y Saneamiento, a interponer las acciones judiciales pertinentes contra el Contratista CAR- LOS TISOC S.R.L. CONTRATISTAS GENERALES, por las razones expuestas en la parte considerativa de la presen- te Resolución.Artículo Segundo.- Remitir los antecedentes del caso al Procurador Público mencionado, para los fines a que se contrae la presente Resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese. CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento 17676 PODER JUDICIAL Aceptan donación de diversos bienes efectuada a favor del Poder Judicial RESOLUCIÓN ADMINISTRATIVA DE LA GERENCIA GENERAL DEL PODER JUDICIAL Nº 776-2002-GG-PJ Lima, 30 de setiembre de 2002 VISTO: El Oficio Nº 1387-2002-GAF-GG/PJ remitido por la Ge- rencia de Administración y Finanzas elevando el Informe Nº 222-2002-OSFLI CP-SL-GAF-GG-PJ presentado por la Oficina de Saneamiento Físico Legal y Control Patri- monial de la Subgerencia de Logística, recomendando la aceptación de la donación de diversos bienes a favor del Poder Judicial - Gerencia General; CONSIDERANDO: Que, la AFP INTEGRA mediante Carta S/N del 4 de setiembre del 2002 ha entregado -en donación- diversos bienes, que se detallan en el Anexo Nº 01 que forma par- te de la presente Resolución, valorizados en la suma de REQUISITOS PARA PUBLICACIÓN DE TEXTOS ÚNICOS DE PROCEDIMIENTOS ADMINISTRATIVOS - TUPA - Se comunica al Congreso de la República, Poder Judicial, Ministerios, Organismos Autónomos, Organismos Descentralizados, CTAR y Municipalidades que, para publicar sus respectivos TUPA en la separata de Normas Legales, deberán tener en cuenta lo siguiente: 1.- Los cuadros de los TUPA deben venir trabajados en Excel, una línea por celda, sin justificar. 2.- Los TUPA deben ser entregados al Diario Oficial con cinco días de anticipación a la fecha de ser publicados. 3.-El TUPA además, debe ser remitido en disquete o al correo electrónico: normaslegales@editoraperu.com.pe . LA DIRECCIÓNDIARIO OFICIAL