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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE OCTUBRE DEL AÑO 2002 (04/10/2002)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 49

Pág. 230943 NORMAS LEGALES Lima, viernes 4 de octubre de 2002 Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Naturales del Libro II: de los Corredores de Seguros; y, CONSIDERANDO: Que, por Resolución SBS Nº 1058-99 de fecha 30 de noviembre de 1999, se estableció los requisitos formales para la inscripción de los Corredores de Seguros; Que, la solicitante ha cumplido con los requisitos for- males exigidos por la citada norma administrativa; Que, la Superintendencia Adjunta de Seguros mediante Convocatoria Nº 15-2002-DASIA celebrada el 12 de agosto de 2002, en concordancia con lo dispuesto en el artículo 9º del Reglamento del Registro del Sistema de Seguros ha calificado y aprobado la inscripción respectiva en el indicado Registro; y, En uso de las atribuciones conferidas por la Ley Ge- neral del Sistema Financiero y del Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros - Ley Nº 26702, y sus modificatorias; y en virtud de la facul- tad delegada por la Resolución SBS Nº 003-98 del 7 de enero de 1998 y la Resolución SBS Nº 565-2000 del 23 de agosto de 2000; RESUELVE: Artículo Único.- Autorizar la inscripción de la señorita Enit Graciela Burgos Farfán con matrícula Nº N-3577 en el Registro del Sistema de Seguros Sección A: Personas Naturales Libro II: de los Corredores de Seguros que lleva esta Superintendencia. Regístrese, comuníquese y publíquese. PEDRO FRENCH YRIGOYEN Superintendente Adjunto Seguros (a.i.) 17622 ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS CONSEJO NACIONAL DE DESCENTRALIZACIÓN Aprueban Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Consejo Nacional de Descentralización para el ejercicio 2002 RESOLUCIÓN PRESIDENCIAL Nº 006-CND-P-2002 Miraflores, 25 de setiembre del 2002 VISTA: La documentación, mediante la cual se remite para su aprobación el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio- nes del Consejo Nacional de Descentralización para el Ejercicio Fiscal 2002; CONSIDERANDO: Que, mediante la Ley N° 27783 – Ley de Bases de la Descentralización, publicada el 20 de julio del 2002 en el Diario Oficial El Peruano, se crea el Consejo Nacional de Descentralización, como organismo independiente y des- centralizado, adscrito a la Presidencia del Consejo de Mi- nistros, y con calidad de Pliego Presupuestario, cuyo Titu- lar es el Presidente de dicho Consejo; Que, mediante Decreto Supremo N° 012-2001-PCM, se aprobó el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado y mediante Decreto Su- premo N° 013-2001-PCM se aprobó su Reglamento, los cuales establecen las normas que deberán observar las Entidades del Sector Público Nacional en los procesos de contrataciones y adquisiciones de bienes, servicios y obras; Que, el artículo 7° del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, dis-pone que cada Entidad debe elaborar un Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, en el que se debe pre- ver los bienes, servicios y obras que se requerirán du- rante el ejercicio presupuestal y el monto del presupues- to requerido; Que, el Artículo 6° del Reglamento de la Ley acotada, aprobado mediante el Decreto Supremo N° 013-2001- PCM, dispone que el Plan Anual contendrá, por lo menos, las Licitaciones Públicas, Concursos Públicos y Adjudica- ciones Directas que se realizarán en el año fiscal; Que, la Entidad ha procesado y consolidado los re- querimientos de la entidad, y elaborado el Plan Anual en armonía con el Presupuesto Institucional de Apertura; De conformidad con el Artículo 26° de la Ley N° 27573, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2002, con el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrata- ciones y Adquisiciones del Estado y su Reglamento, los Artículos 4° y 5° de la Directiva N° 022-2001-CONSUCO- DE/PRE, y en uso de sus facultades; SE RESUELVE: Artículo 1°.- Aprobar el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Consejo Nacional de Descentraliza- ción para el Ejercicio Fiscal 2002, el cual forma parte de la presente resolución. Artículo 2°.- Se deberá cumplir con publicar la pre- sente resolución en el Diario Oficial El Peruano, dentro de los diez (10) días hábiles siguientes a la fecha de su apro- bación. Artículo 3°.- En igual plazo, el Plan Anual deberá ser remitido al Consejo Superior de Contrataciones y Adqui- siciones del Estado – CONSUCODE, y a la Comisión de Promoción de la Pequeña y Micro Empresa – PROMPY- ME. Artículo 4°.- El Plan Anual estará a disposición de los interesados en el Local de Consejo Nacional de Descen- tralización, sito en la Av. San Martín N° 863 - 3er. piso, Miraflores. Regístrese, comuníquese y publíquese. LUIS THAIS DÍAZ Presidente 17686 CONSUCODE Sancionan a Constructora de la Cruz S.R.L. con suspensión en sus derechos de participar en procesos de selección y contratar con el Estado TRIB UNAL DE CONTRA TACIONES Y ADQ UISICIONES DEL EST ADO RESOLUCIÓN N° 700/2002.TC-S2 Sumilla. No se configura la infracción tipificada en el inciso a) del artículo 205º del Regla- mento, cuando la Entidad no cumplió con requerir en la forma prescrita por el artículo 118º del mismo, señalando una fecha es- pecífica para la firma del contrato, ni cuan- do omitió efectuar el segundo requerimien- to. Constituye la infracción tipificada en el inciso f) del artículo 205º del Reglamento, la presentación del Certificado de Inscrip- ción en el Registro Nacional de Contratis- tas con los datos adulterados. Lima, 27 de setiembre de 2002 Visto , en sesión de la Segunda Sala Mixta del Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, del 24.09.2002, el Expediente N° 463/2002.TC, referido al procedimiento de imposición de sanción a CONSTRUC- TORA DE LA CRUZ S.R.L., por presentar documentación falsa y no suscribir el contrato derivado de la Adjudica- ción de Menor Cuantía N° 017-2002-DS-BN, convocada por el Banco de la Nación, para contratar “La Remodela-