Norma Legal Oficial del día 01 de agosto del año 2003 (01/08/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 38

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 1 de agosto de 2003

ORGANISMOS DESCENTRALIZADOS INDECOPI
Aprueban los Lineamientos de la Comision de Acceso al MORDAZA sobre Tributacion Municipal
INSTITUTO NACIONAL DE DEFENSA DE LA COMPETENCIA Y DE LA PROTECCION DE LA PROPIEDAD INTELECTUAL COMISION DE ACCESO AL MORDAZA RESOLUCION Nº 009-2003-CAM-INDECOPI
MORDAZA, 26 de junio del 2003 LINEAMIENTOS DE LA COMISION DE ACCESO AL MORDAZA EN MATERIA DE TRIBUTACION MUNICIPAL La Comision de Acceso al Mercado: CONSIDERANDO: 1. Que el articulo 9º del Decreto Legislativo Nº 807 faculta a las Comisiones a aprobar pautas o lineamientos que, sin tener caracter vinculante, orienten a los agentes economicos sobre los alcances y criterios de interpretacion de las normas cuya aplicacion tiene encomendada. 2. El articulo 26 BIS del Decreto Ley Nº 25868 establece que la Comision es la encargada de velar por el cumplimiento de las disposiciones y los principios de simplificacion administrativa, con el proposito de evitar que las entidades de la Administracion Publica generen barreras burocraticas que impidan u obstaculicen, ilegal o irracionalmente, el acceso o permanencia de los agentes economicos en el mercado. 3. Al respecto, La Comision ha considerado importante elaborar los presentes lineamientos en materia de tributacion municipal por tratarse de un MORDAZA de particular importancia en la permanente relacion de municipalidades con agentes economicos y ciudadanos. En efecto, cabe senalar que la mayor cantidad de casos denunciados ante la Comision corresponde a barreras burocraticas impuestas por gobiernos locales y los temas mas denunciados ante este MORDAZA de entidades son los referidos a cobros por tributos municipales. 4. En ese sentido, es conveniente que las Municipalidades y los agentes economicos tengan conocimiento de los criterios que se utilizaran en la resolucion de este MORDAZA de controversias. 5. En atencion a lo expuesto, la Comision procede a aprobar los presentes lineamientos. POR LO EXPUESTO:
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LINEAMIENTOS DE LA COMISION DE ACCESO AL MORDAZA EN MATERIA DE TRIBUTACION MUNICIPAL
I.- INTRODUCCION Un objetivo prioritario del Instituto de Defensa de la Competencia y de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) es lograr la predictibilidad y transparencia en las decisiones de sus organos funcionales. Con dicho fin, el Decreto Legislativo Nº 807, Ley Sobre Facultades, Normas y Organizacion del Indecopi1 , faculta a las Comisiones a aprobar lineamientos generales que permitan a los agentes economicos orientarse respecto de los criterios que aplicaran en la resolucion de los casos en que intervengan, en virtud de sus respectivas competencias. La Comision de Acceso al MORDAZA, en adelante la Comision, de acuerdo con lo establecido en el articulo 26 BIS del Decreto Ley Nº 258682 , Ley de Organizacion y Funciones del Indecopi, es la encargada de velar por el cumplimiento del articulo 61 del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributacion Municipal, en el sentido que las Municipalidades, al establecer sus tasas o contribuciones, no generen o establezcan barreras burocraticas que, ilegal o irracionalmente, impidan o restrinjan el acceso o permanencia de los agentes economicos en el MORDAZA, en especial de las pequenas empresas, ni incumplan con los principios de simplificacion administrativa3 . La Comision ha considerado importante elaborar los presentes lineamientos en materia de tributacion municipal por tratarse de un MORDAZA de particular importancia en la permanente relacion de las municipalidades con los agentes economicos y los ciudadanos. En efecto, cabe senalar que la mayor cantidad de casos denunciados ante la Comision corresponde a barreras burocraticas impuestas por gobiernos locales y los temas mas denunciados respecto de este MORDAZA de entidades son los referidos a cobros por tributos municipales. En ese sentido, teniendo en consideracion que tanto las Municipalidades y agentes economicos deben tener conocimiento de los criterios que en general se utilizaran en la resolucion de controversias que sobre el particular se sometan a MORDAZA, se ha considerado conveniente aprobar los lineamientos orientadores a que se refiere la Ley. II.- SISTEMA TRIBUTARIO NACIONAL Dentro del MORDAZA normativo constitucional, la MORDAZA II del Titulo Preliminar del Codigo Tributario4 , establece que los tributos se clasifican en impuestos, contribuciones y

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Decreto Legislativo Nº 807. Articulo 9º.- Las Comisiones y Oficinas podran aprobar pautas o lineamientos que, sin tener caracter vinculante, orienten a los agentes economicos sobre los alcances y criterios de interpretacion de las normas cuya aplicacion tienen encomendada cada Oficina o Comision. Decreto Ley Nº 25868. Articulo 26 BIS.- La Comision de Acceso al MORDAZA es competente para conocer sobre los actos y disposiciones de las entidades de la Administracion Publica, incluso del ambito municipal o regional que impongan barreras burocraticas que impidan u obstaculicen ilegal o irracionalmente el acceso o permanencia de los agentes economicos en el MORDAZA, en especial de las pequenas empresas y de velar por el cumplimiento de las disposiciones sobre la materia establecidas en los Decretos Legislativos Nºs. 283, 668, 757, el articulo 61º del Decreto Legislativo Nº 776 y la Ley Nº 25035 en especial los principios generales de simplificacion administrativa contenidos en su articulo 2 asi como las normas reglamentarias pertinentes. Ninguna otra entidad de la Administracion Publica podra arrogarse estas facultades. La Comision mediante resolucion podra eliminar las barreras burocraticas a que se refiere este articulo. (... ). Decreto Legislativo Nº 776. Articulo 61º.- Las Municipalidades no podran imponer ningun MORDAZA de tasa o contribucion que grave la entrada, salida o MORDAZA de las personas, bienes, mercaderia, productos y animales en el territorio nacional o que limiten el libre acceso al mercado. (... ) Cuyo Texto Unico Ordenado fue aprobado mediante Decreto Supremo Nº 13599-EF publicado en el Diario Oficial El Peruano el 19 de agosto de 1999.

En uso de sus atribuciones y de conformidad con lo dispuesto en el articulo 26 BIS del Decreto Ley Nº 25868 y los articulos 10º, 26º y Sexta Disposicion Transitoria del Decreto Legislativo Nº 807; RESUELVE: Primero.- Aprobar los Lineamientos de la Comision de Acceso al MORDAZA en materia de Tributacion Municipal, los mismos que forman parte integrante de la presente Resolucion y que en anexo se adjuntan. Segundo.- Solicitar al Directorio del Indecopi la publicacion de los mismos en el Diario Oficial El Peruano. Con la intervencion y aprobacion de los senores miembros: MORDAZA Chueca MORDAZA, MORDAZA Conterno Martinelli, MORDAZA Rizo-Patron Larrabure, MORDAZA Penaranda Castaneda y MORDAZA MORDAZA Sardon de Taboada. MORDAZA CHUECA MORDAZA Presidente
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