Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2003 (14/08/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 67

MORDAZA, jueves 14 de agosto de 2003

NORMAS LEGALES

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Modifican articulo de la Ordenanza Nº 67-MSS que aprobo el Regimen de Aplicacion de Sanciones de la municipalidad
ORDENANZA Nº 149-MSS
MORDAZA de MORDAZA, 7 de agosto de 2003 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA CONSIDERANDO: Que, mediante Ordenanza Nº 67-MSS, se aprobo el regimen de aplicacion de sanciones de la Municipalidad de MORDAZA de Surco; Que, el articulo 37º del mencionado MORDAZA normativo establece que durante la tramitacion de los recursos administrativos se suspendera la ejecucion de las sanciones impuestas, salvo que este en peligro la salud, higiene o seguridad publica, en cuyo caso la sancion sera de aplicacion inmediata, conforme a lo regulado en el inciso 13.7 del articulo 13º de la Ley de Procedimientos de Ejecucion Coactiva Nº 26979. Asimismo las medidas cautelares previas deberan sustentarse mediante el correspondiente acto administrativo y constar en la Resolucion Directoral debidamente motivada y notificada; Que, de conformidad con lo dispuesto en el articulo 192º de la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444, los actos administrativos tendran caracter ejecutoriado, salvo disposicion legal expresa en contrario, mandato judicial o que esten sujetos a condicion o plazo conforme a Ley; Que, el numeral 216.1 del articulo 216º del mismo cuerpo legal establece que la interposicion de cualquier recurso, excepto en los casos en que una MORDAZA legal establezca lo contrario, no suspendera la ejecucion del acto impugnado; Que, asimismo, el numeral 237.2 establece que la resolucion sera ejecutiva cuando ponga fin a la via administrativa. La administracion podra adoptar las medidas cautelares precisas para garantizar su eficacia, en tanto no sea ejecutiva; Que, es necesario que la Municipalidad cuente con una base normativa eficaz, que permita que las resoluciones que establecen sanciones a las personas naturales o juridicas de la jurisdiccion se cumplan a traves de medidas cautelares previas precisas y oportunas que aseguren la aplicacion del MORDAZA de autoridad en el distrito; Contando con Dictamen favorable Nº 052-2003-CAL/ MSS de la Comision de Asuntos Legales; de conformidad con lo dispuesto en los articulos 9º, numeral 8), 39º y 40º de la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, con dispensa del tramite de lectura y aprobacion del Acta, aprobo la siguiente Ordenanza:

Aprueban proyectos correspondientes a habilitacion MORDAZA nueva de lote de terreno para uso residencial
RESOLUCION Nº 648-2003-RASS Expediente Nº 006415-2003 M-2
MORDAZA de MORDAZA, 30 de MORDAZA de 2003 EL MORDAZA DE MORDAZA DE MORDAZA VISTO: El petitorio del senor MORDAZA MORDAZA Kulisic Ibaceta y Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Kulisic, sobre Aprobacion de Habilitacion MORDAZA Nueva de Lote Unico, del terreno de su propiedad con 1,237.85 m², constituido por el Sublote 3 B de la Mz. "C" de la Parcelacion Semirrustica "Panedia", ubicado con frente al Jr. Las Laderas S/N, distrito de MORDAZA de Surco; y, CONSIDERANDO: Que, la Subdireccion de Obras Privadas emite el Informe Nº 171-2003-SDOPRIV-DDU-MSS (fs. 31 a 35) senalando que los administrados han cumplido con acompanar los documentos establecidos para el presente procedimiento en el MORDAZA, que el terreno de 1,237.85 m², calificado para Uso Residencial de Baja Densidad R1-S como consta en el Certificado de Zonificacion y Vias Nº 013-2003-DDU/MSS de fecha 21.4.2003 (fs. 04 a 06) y respecto a los Aportes Reglamentarios el Reglamento Nacional de Construcciones establece que los Aportes que deben ceder las Habilitaciones Urbanas con fines de vivienda MORDAZA 1, que para el presente caso son concordantes con la Ordenanza Nº 292-MML de fecha 17.10.2000, en atencion a que estan por debajo de las areas normativas minimas correspondientes a tales equipamientos, deben los administrados redimirlos en dinero. Efectuada la inspeccion ocular que el caso requiere, se ha constatado que el predio materia de habilitacion es de topografia accidentada, con una pendiente pronunciada desde el Jr. Las Laderas, observandose que efectuado un corte transversal al terreno, desde la cota mas alta hacia la de menor pendiente (con direccion a la MORDAZA El Cascajal) se tiene que existe un desnivel de 14.00 metros. Verificadas las secciones viales, se ha constatado que conforme consta en el Certificado de Zonificacion y Vias, el predio debera respetar la seccion de 10.00 ml con frente al Jr. Las Laderas, para lo cual debera ejecutar la vereda de 1.20 ml y acondicionar la berma de estacionamiento de 0.80 ml; concluyendo que se encuentra apto para ser dictaminado por la Comision Tecnica de Habilitaciones Urbanas; Que, la Comision Tecnica de Habilitaciones Urbanas emite Dictamen Favorable de fecha 6.6.2003, aprobando que los deficit de Aportes Reglamentarios seran redimidos en dinero (fs. 36 a 38); Estando a la normatividad contenida en la Ordenanza Nº 09-99-MSS, Ley Nº 26878, Decreto Supremo Nº 01198-MTC, Ley Nº 27444 de Procedimiento Administrativo General y facultad expresa prevista en la Ley Organica de Municipalidades Nº 27972, articulo 20º, numeral 6; RESUELVE: Articulo Primero.- APROBAR de conformidad con el Plano signado con el Nº 039.01-2003-SDOPRIV-DDU-MSS y Nº 039.02-2003-SDOPRIV-DDU-MSS los Proyectos referentes a Trazado y Lotizacion, pavimentacion de calzadas y aceras correspondientes a la Habilitacion MORDAZA Nueva de Lote Unico para Uso Residencial de Baja Densidad R1-S, en el terreno de 1,237.85 m² de propiedad de MORDAZA MORDAZA Kulisic Ibaceta y Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Kulisic, constituido por el Sublote 3 B de la Mz. "C" de la Parcelacion Semirrustica "Panedia", ubicado con frente al Jr. Las Laderas S/N, distrito de MORDAZA de MORDAZA, provincia y departamento de Lima. Articulo Segundo.- AUTORIZAR a MORDAZA MORDAZA Kulisic Ibaceta y Sra. MORDAZA MORDAZA MORDAZA de Kulisic para ejecutar en el plazo de dieciocho (18) meses las obras de Habilitacion MORDAZA cuyos Proyectos se aprueban, debiendo sujetarse los trabajos a los planos firmados y sellados por los entes oficiales, teniendo en cuenta lo siguiente:

MODIFICA EL ARTICULO 37º DE LA ORDENANZA Nº 67-MSS, QUE APROBO EL REGIMEN DE APLICACION DE SANCIONES DE LA MUNICIPALIDAD
Articulo Primero.- Modificar el articulo 37º de la Ordenanza Nº 67-MSS, el mismo que quedara redactado con el siguiente texto: "La interposicion de recursos impugnativos no suspendera la ejecucion de las sanciones impuestas, pudiendo dictarse las medidas cautelares previas que aseguren su debido cumplimiento". Articulo MORDAZA .-. La presente Ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 15178

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