Norma Legal Oficial del día 14 de agosto del año 2003 (14/08/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 14 de agosto de 2003

6.1. Fijar las politicas y normas tecnicas urbanisticas de desarrollo MORDAZA dirigidas a la promocion y orientacion del acondicionamiento MORDAZA y el uso racional del suelo. 6.2. Formular propuestas de reacondicionamiento vial del distrito y proponer la normatividad pertinente, sobre la base de la evaluacion situacional del distrito. 6.3. Establecer medidas correctoras a fin de resolver los problemas urbanos. 6.4. Establecer las normas para la preservacion del Patrimonio Historico, Cultural y Paisajistico del distrito. 6.5. Orientar la programacion de las inversiones requerida para el desarrollo integral de las distintas areas de estructuracion, dirigiendolas a satisfacer las necesidades y demandas de la poblacion del distrito. 6.6. Desarrollar una politica o sistema de planificacion MORDAZA 6.7. Estimar y evaluar posibles escenarios para el crecimiento poblacional del distrito. TITULO TERCERO PROCEDIMIENTO DE APROBACION DEL PLAN MORDAZA DISTRITAL CAPITULO I APROBACION DEL PLAN MORDAZA Articulo 7º.- DISPOSICION GENERAL El presente dispositivo legal MORDAZA el procedimiento de aprobacion del Plan MORDAZA del distrito de MORDAZA de MORDAZA Articulo 8º.- FORMALIDAD DE APROBACION El Plan MORDAZA del distrito sera aprobado por el Concejo Municipal Distrital y puesto en vigencia mediante Ordenanza. Articulo 9º.- FORMULACION, EXHIBICION Y CONSULTA DEL PLAN MORDAZA Previamente a la aprobacion por el Concejo Distrital el Plan MORDAZA se sujetara al siguiente procedimiento: 9.1. La Direccion de Desarrollo MORDAZA, como organo tecnico de linea, competente en materia de desarrollo MORDAZA, mediante informe, MORDAZA conformidad a los textos y planos que conforman el Estudio del Plan Urbano. 9.2. El Informe Tecnico sera elevado a traves de la Direccion Municipal al Concejo Municipal Distrital, el que mediante Acuerdo de Concejo, ordenara la exhibicion y consulta por espacio de 30 dias calendario del Plan MORDAZA propuesto, en los locales y agencias municipales, asi como en la Pagina Web de la Municipalidad, y establecera el cronograma de exposiciones (no podra ser menor a 2 charlas explicativas) que desarrollara la Direccion de Desarrollo Urbano. 9.3. El organo responsable de la exhibicion y consulta sera la Direccion Municipal. 9.4. El Acuerdo de Concejo debera ser publicado en el Diario Oficial El Peruano, a traves de la Secretaria General. 9.5. La exhibicion del Plan MORDAZA debera priorizar la difusion de: i. Objetivos. ii. Contenido. iii. Alcances y proposiciones especificas. 9.6. La exposicion a desarrollar por la Direccion de Desarrollo MORDAZA debera versar sobre los puntos establecidos en el numeral anterior, asi como la explicacion de los planos de areas de estructuracion, zonificacion, alturas y sistema de vias, como minimo. 9.7. Los miembros de la comunidad, MORDAZA personas naturales o juridicas, interesadas en los diversos aspectos del Plan MORDAZA, podran expresar sus observaciones, oposicion o recomendaciones, por escrito y debidamente fundamentadas durante el periodo de exhibicion y consulta, y hasta 5 dias habiles posteriores al vencimiento de dicho periodo. 9.8. Las observaciones, oposicion o recomendaciones deberan ingresar por la Unidad de Tramite Documentario. 9.9. Las observaciones, oposicion o recomendaciones seran sometidas a estudio por el equipo tecnico responsable del Plan MORDAZA, el que recomendara la adopcion, cuando corresponda, de las correcciones, ampliaciones y aclaraciones necesarias, en un plazo no mayor a 15 dias habiles. 9.10. El Plan MORDAZA sera visado por la Direccion de Desarrollo MORDAZA y remitido a traves de la Direccion Muni-

cipal al Concejo Municipal para su aprobacion, previo dictamen de la Comision de Desarrollo MORDAZA y de la Comision de Servicios a la MORDAZA y Medio Ambiente. Articulo 10º.- REGISTRO DEL PLAN El Plan MORDAZA, una vez aprobado por el Concejo Municipal Distrital, debera ser remitido a la Municipalidad Metropolitana de MORDAZA para su registro y actualizacion dentro del Plan MORDAZA Provincial. Igualmente se remitira MORDAZA del Plan MORDAZA al organo encargado del Archivo Nacional de Planes Urbanos del Ministerio de Vivienda Construccion y Saneamiento. Articulo 11º.- VIGENCIA DEL PLAN MORDAZA El plazo de vigencia del Plan MORDAZA sera el que el mismo senale. CAPITULO II MODIFICACION DEL PLAN MORDAZA Articulo 12º.- DE LA MODIFICACION Podra modificarse el Plan MORDAZA a propuesta de los administrados o de oficio. La modificacion a propuesta de los administrados se efectuara una sola vez al ano. Articulo 13º.- CAMBIOS DE ZONIFICACION Las solicitudes de modificacion relativas a la zonificacion asignada, efectuada por los administrados, deberan referirse a manzanas completas o frentes de manzana, como minimo. No se aceptaran solicitudes referidas a lotes individuales aislados; salvo el caso de lotes colindantes con zonificacion distinta que soliciten su anexion a la zonificacion predominante. Articulo 14º.- PROCEDIMIENTO DE APROBACION DE LAS MODIFICACIONES DEL PLAN MORDAZA El procedimiento para realizar la modificacion del Plan MORDAZA sera el siguiente: 14.1. Las solicitudes seran recibidas por la Unidad de Tramite Documentario, a partir del primer dia util del mes de enero hasta el ultimo dia util del mes de setiembre de cada ano. 14.2. Durante el mes de octubre la Direccion de Desarrollo MORDAZA, con el apoyo de la Direccion de Seguridad, procedera a efectuar la consulta vecinal que corresponda, a fin de determinar la aceptacion o no por parte de la comunidad de la modificacion solicitada. 14.3. La Direccion de Desarrollo MORDAZA, como organo tecnico de la Municipalidad evaluara e informara sobre la procedencia tecnica de la modificacion solicitada. Articulo 15º.- FORMALIDAD DE LA MODIFICACION El Concejo Municipal Distrital mediante Ordenanza aprobara la modificacion al Plan Urbano. Articulo 16º.- VIGENCIA DE LA MODIFICACION AL PLAN MORDAZA Las modificaciones al Plan MORDAZA aprobadas entraran en vigencia a partir del 1 de enero del ano siguiente al de su aprobacion. DISPOSICIONES FINALES Primera.- VIGENCIA DE ESTA ORDENANZA La presente ordenanza entrara en vigencia a partir del dia siguiente al de su publicacion en el Diario Oficial El Peruano. Segunda.- CUMPLIMIENTO El Plan MORDAZA distrital de MORDAZA de MORDAZA, aprobado mediante el procedimiento establecido en la presente ordenanza es de cumplimiento obligatorio por las autoridades y funcionarios municipales, los vecinos, los organismo y dependencias publicas y las personas naturales o juridicas que desarrollen intervenciones, proyectos y/o realicen actividades en la jurisdiccion de MORDAZA de Surco. POR TANTO: Mando se registre, publique y cumpla. MORDAZA DARGENT CHAMOT MORDAZA 15177

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