TEXTO PAGINA: 57
PÆg. 236527 NORMAS LEGALES Lima, sábado 4 de enero de 2003 Declaran improcedente pedido de nuli- dad de elecciones municipales en eldistrito de Ite, provincia de Jorge Basa-dre, departamento de Tacna RESOLUCIÓN Nº 1117-2002-JNE Expediente Nº 1999-2002 Lima, 27 de diciembre de 2002VISTA, en Audiencia Pública de fecha 24 de diciembre del 2002, el recurso de nulidad total de las mesas de sufra-gio en el distrito de Ite, interpuesto por el personero legal titular del Movimiento Independiente "Renovación y Pro- greso por Ite"; CONSIDERANDO: Que el Jurado Electoral Especial de Tacna proclamó los resultados electorales correspondientes al distrito de Ite, provincia de Jorge Basadre, en el departamento deTacna el día 13 del presente mes y como resulta del acta correspondiente, no se registraron observaciones en las mesas de sufragio ni hubo actas observadas; Que el pedido de nulidad bajo examen es reiteración del que formuló la misma agrupación política, con los mis- mos argumentos el 20 de noviembre último, y que fue de-clarado improcedente por Resolución Nº 523-2002 expedi- da por el Jurado Electoral Especial de Tacna, que quedó consentida por no haber sido apelada; Que en consecuencia, el pedido resulta igualmente im- procedente por aplicación de lo dispuesto en los artículos 176º y 175º inciso 3) del Código Procesal Civil, aplicablesupletoriamente; Por estas consideraciones; El Jurado Nacional de Elecciones, en ejercicio de la facultad concedida por el artículo 181º de la Constitución Política del Estado; RESUELVE: Artículo Único.- Declarar improcedente el pedido de nulidad de las elecciones municipales en el distrito de Ite, formulado por el Movimiento Independiente "Renovación y Progreso por Ite". Regístrese, comuníquese y publíquese. SS. SÁNCHEZ-PALACIOS PAIVA BOLÍVAR ARTEAGA SOTO VALLENASVELA MARQUILLÓ ROMERO ZAVALA BALLÓN-LANDA CÓRDOVA,Secretario General. 00055 REGISTRO NACIONAL DE IDENTIFICACIÓN Y ESTADO CIVIL Autorizan delegación de funciones re- gistrales a las oficinas de registro deestado civil que funcionan en diversasmunicipalidades de centros pobladosmenores RESOLUCIÓN JEFATURAL Nº 868-2002-JEF/RENIEC Lima, 26 de diciembre de 2002Vistos los Informes Nº 122-2002J/ORECIM/DRC/DCC- NNCPM/RENIEC, de fecha 12 de diciembre del 2002; In-formes Nº 123-2002-J/ORECIM/DRC/DCCNNCPM/RE- NIEC, de fecha 16 de diciembre del 2002; Informes Nº 127- 2002-J/ORECIM/DRC/DCCNNCPM/RENIEC, de fecha 19de diciembre del 2002; Informes Nº s. 128, 129, 130, 131 y132-2002-J/ORECIM/DRC/DCCNNCPM/RENIEC, de fe- cha 20 de diciembre del 2002; CONSIDERANDO:Que, por Ley Nº 26497 se creó el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil como un organismo autónomo,constitucionalmente encargado de organizar y mantener el Registro Único de Identificación de las Personas Naturales e inscribir los hechos y actos relativos a su capacidad y estadocivil. Corresponde exclusivamente al Registro Nacional de Identificación y Estado Civil las funciones de planear, organi- zar, dirigir, normar y racionalizar las inscripciones registralesde su competencia, entre los que se encuentran los nacimien- tos, matrimonios, defunciones y demás actos que modifican el estado civil de las personas; Que, la normativa registral se complementó con el Re- glamento de las Inscripciones del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 015-98-PCM, del 23 de abril de 1998, norma que regula la inscripción de los hechos relativos al estado civil de las personas, disponiendo a su vez que el Sistema Re-gistral esta integrado, entre otros organismos, por las Ofi- cinas Registrales encargadas del procesamiento registral y demás funciones inherentes al Registro de Estado Civil,que la Alta Dirección del Registro Nacional de Identifica- ción y Estado Civil estime convenientes, por ello, por Re- solución Jefatural Nº 023-96-JEF, del 3 de abril de 1996, se delegó las funciones registrales contenidas en el artículo 44º de la Ley Nº 26497 a las Oficinas de Registro de Esta- do Civil de la República ubicadas, entre otras instituciones,en las Municipalidades Provinciales, Distritales y de Cen- tros Poblados Menores debidamente autorizadas; Que, atendiendo que la deficiencia más aguda en el fun- cionamiento técnico operativo de los Registros de Estado Civil tenía su causa y su consecuencia directa en la ines- tabilidad institucional para su funcionamiento en la que seencontraban las Oficinas de Registro de Estado Civil, esto es, la carencia de un órgano rector que estableciera meca- nismos básicos de capacitación, orientación, verificacióny control, bajo los cuales debiesen desarrollar sus activi- dades los Registradores de Estado Civil y al hecho con- creto que el proceso de integración a que se refería com-plementariamente la Ley Nº 26497, Orgánica del Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, requería para su debida implementación de la eliminación de la informalidadregistral civil existente en el país, se estableció un proceso de regularización de las Oficinas de Registro no autoriza- das ubicadas en los Centros Poblados Menores de la Re-pública, el mismo que a la fecha ha permitido oficializar la inscripción de los hechos vitales y actos modificatorios del estado civil en los lugares más apartados del país; Que, las Municipalidades de Centros Poblados Meno- res a que se refieren los informes de los vistos han forma- lizado expedientes de regularización de Oficina Registralen su localidad, los mismos que se encuentran debidamente complementados, por lo que ha sido aprobada la delega- ción funcional a través de las respectivas ResolucionesJefaturales emitidas por la más alta autoridad de la institu- ción y estableciendo la delegación y vinculación funcional que la norma dispone, las mismas que requieren la publici-dad esencial para su vigencia; y, De conformidad con lo expuesto en la Ley Nº 26497 y Decreto Supremo Nº 015-98-PCM; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Autorizar en vía de regularización la delegación de las funciones registrales a que se refiere la parte considerativa de la presente Resolución a las Ofi-cinas de Registro de Estado Civil que funcionan en las Municipalidades de Centros Poblados Menores de ITEMCentro Poblado Menor Distrito Provincia Departamento 1 SAN CRISTÓBAL DE ILAVE EL COLLAO PUNO BALSABE 2 PUENTE CENTRAL COPORAQUE ESPINAR CUSCO APACHACO 3 ATCAS HUANTAN YAUYOS LIMA 4 SANTA ROSA PUEBLO NUEVO CHEPEN LA LIBERTAD 5 BELLA MARIANO DAMASO LEONCIO HU ANUCO BERAUN PRADO 6 SANTA CRUZ PATAMBUCO SANDIA PUNO 7 ROSARIO AYNA LA MAR AYACUCHO 8 HUAMBURQUE ONGOY CHINCHEROS APURIMAC