Norma Legal Oficial del día 04 de enero del año 2003 (04/01/2003)


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TEXTO DE LA PÁGINA 60

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NORMAS LEGALES
SE RESUELVE:

MORDAZA, sabado 4 de enero de 2003

Nombran magistrados provisionales en los despachos de fiscalias provinciales mixtas y de familia de los Distritos Judiciales de Tumbes, Ica y Ucayali
RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 008-2003-MP-FN MORDAZA, 3 de enero de 2003 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante la plaza de Fiscal Adjunto Provincial en el Distrito Judicial de Tumbes, en el Despacho de la Primera Fiscalia Provincial Mixta de Tumbes, lo que hace necesario cubrirla provisionalmente; Estando a lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Nombrar al doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Crespo, como Fiscal Adjunto Provincial Provisional del Distrito Judicial de Tumbes, en el Despacho de la Primera Fiscalia Provincial Mixta de Tumbes. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Tumbes, Gerencia Central de Personal y Gerencia de Registro de Fiscales. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 00101 RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 009-2003-MP-FN MORDAZA, 3 de enero de 2003 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante la plaza de Fiscal Adjunto Provincial en el Distrito Judicial de Ica, en el Despacho de la Fiscalia Provincial de Familia de Chincha, lo que hace necesario cubrirla provisionalmente; Estando a lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico; SE RESUELVE: Articulo Primero.- Nombrar a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Ica, en el Despacho de la Fiscalia Provincial de Familia de Chincha. Articulo Segundo.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Ica, Gerencia Central de Personal, Gerencia de Registro de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 00102 RESOLUCION DE LA FISCALIA DE LA NACION Nº 010-2003-MP-FN MORDAZA, 3 de enero de 2003 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante la plaza de Fiscal Provincial en el Distrito Judicial de Ucayali, en el Despacho de la Fiscalia Provincial Mixta de Padre MORDAZA, lo que hace necesario cubrirla provisionalmente; Estando a lo dispuesto por el Articulo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Organica del Ministerio Publico;

Articulo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional de la Fiscalia Provincial Mixta de Puerto MORDAZA, Distrito Judicial de Ucayali, materia de la Resolucion Nº 1304-2002-MP-FN, de fecha 19 de MORDAZA del 2002. Articulo Segundo.- Nombrar a la doctora MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Ucayali, en el Despacho de la Fiscalia Provincial Mixta de Padre Abad. Articulo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolucion al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicial de Ucayali, Gerencia Central de Personal, Gerencia de Registro de Fiscales y a la Fiscal mencionada Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Fiscal de la Nacion 00103

TRIBUNAL CONSTITUCIONAL
Declaran inconstitucionales diversos articulos de los Decretos Leyes Nºs. 25475, 25659, 25708, 25880 y 25744
SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EXPEDIENTE Nº 010-2002-AI/TC MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Y MAS DE 5,000 CIUDADANOS En MORDAZA, a los 3 dias del mes de enero de 2003, reunido el Tribunal Constitucional en sesion de Pleno Jurisdiccional, con asistencia de los Magistrados MORDAZA Orlandini, Presidente; Bardelli Lartirigoyen, Vicepresidente, MORDAZA MORDAZA, MORDAZA MORDAZA, Revoredo Marsano, MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Toma, pronuncia la siguiente sentencia; con los fundamentos de MORDAZA, adjuntos, de los Magistrados MORDAZA MORDAZA y MORDAZA Roca; y los votos discrepantes, adjuntos, respecto del articulo 13º, incisos a) y c), del Decreto Ley Nº 25475 de los Magistrados MORDAZA MORDAZA y Revoredo Marsano. MORDAZA Accion de inconstitucionalidad interpuesta por mas de cinco mil ciudadanos, con firmas debidamente certificadas por el Registro Nacional de Identificacion y Estado Civil, contra los Decretos Leyes Nºs. 25475, 25659, 25708 y 25880, asi como sus normas complementarias y conexas. ANTECEDENTES Los demandantes manifiestan que las disposiciones legales que impugnan no solo transgreden la Constitucion actual y los tratados internacionales, sino que violan en el fondo y la forma la Constitucion Politica del Peru de 1979, vigente a la fecha en que el llamado Gobierno de Emergencia y Reconstruccion Nacional los promulgo. Ademas de argumentos politicos, los demandantes refieren que el 5 de MORDAZA de 1992 se produjo la quiebra del Estado de Derecho en el Peru; pero que el Decreto Ley Nº 25418, dictado en esa fecha, no podia derogar total o parcialmente ni suspender la vigencia de la Constitucion de 1979, por mandato de su articulo 307º. Consideran que son nulos todos los actos practicados como consecuencia del golpe de Estado de 5 de MORDAZA de 1992, por cuanto la dictadura instaurada en el MORDAZA arraso y demolio el ordenamiento juridico existente. Indican que, en cualquier Estado del MORDAZA, la Constitucion es la ley fundamental de la organizacion politica y juridica y en MORDAZA estan reconocidos los derechos fundamentales de las personas. Refieren que durante el Gobierno de Transicion, presidido por el doctor MORDAZA MORDAZA Corazao, se expidio la Resolucion Suprema Nº 281-2000-JUS que creo la Comision de Estudio y Revision de la legislacion emitida desde

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