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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE ENERO DEL AÑO 2003 (04/01/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 60

PÆg. 236530 NORMAS LEGALES Lima, sábado 4 de enero de 2003 Nombran magistrados provisionales en los despachos de fiscalías provincialesmixtas y de familia de los Distritos Judi-ciales de Tumbes, Ica y Ucayali RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 008-2003-MP-FN Lima, 3 de enero de 2003 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante la plaza de Fiscal Adjunto Provincial en el Distrito Judicial de Tumbes, en el Despa- cho de la Primera Fiscalía Provincial Mixta de Tumbes, lo que hace necesario cubrirla provisionalmente; Estando a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar al doctor Rolando Víctor Gutiérrez Crespo, como Fiscal Adjunto Provincial Provi- sional del Distrito Judicial de Tumbes, en el Despacho de la Primera Fiscalía Provincial Mixta de Tumbes. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presen- te Resolución al Fiscal Superior Decano del Distrito Judi- cial de Tumbes, Gerencia Central de Personal y Gerenciade Registro de Fiscales. Regístrese, comuníquese y publíquese.NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 00101 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 009-2003-MP-FN Lima, 3 de enero de 2003 VISTO Y CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante la plaza de Fiscal Adjunto Provincial en el Distrito Judicial de Ica, en el Despacho de la Fiscalía Provincial de Familia de Chincha, lo que hace necesario cubrirla provisionalmente; Estando a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público; SE RESUELVE: Artículo Primero.- Nombrar a la doctora Magdalena Castro Sánchez, como Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Judicial de Ica, en el Despacho de la Fiscalía Provincial de Familia de Chincha. Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la presen- te Resolución al Fiscal Superior Decano del Distrito Judi- cial de Ica, Gerencia Central de Personal, Gerencia deRegistro de Fiscales y a la Fiscal mencionada. Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 00102 RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN Nº 010-2003-MP-FN Lima, 3 de enero de 2003VISTO Y CONSIDERANDO: Que, se encuentra vacante la plaza de Fiscal Provin- cial en el Distrito Judicial de Ucayali, en el Despacho de la Fiscalía Provincial Mixta de Padre Abad, lo que hace nece-sario cubrirla provisionalmente; Estando a lo dispuesto por el Artículo 64º del Decreto Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público;SE RESUELVE: Artículo Primero.- Dar por concluido el nombramiento de la doctora Marilú Mónica Molina Herrera, como Fiscal Ad-junta Provincial Provisional de la Fiscalía Provincial Mixta de Puerto Inca, Distrito Judicial de Ucayali, materia de la Reso- lución Nº 1304-2002-MP-FN, de fecha 19 de julio del 2002. Artículo Segundo.- Nombrar a la doctora Marilú Móni- ca Molina Herrera, como Fiscal Provincial Provisional del Distrito Judicial de Ucayali, en el Despacho de la FiscalíaProvincial Mixta de Padre Abad. Artículo Tercero.- Hacer de conocimiento la presente Resolución al Fiscal Superior Decano del Distrito Judicialde Ucayali, Gerencia Central de Personal, Gerencia de Registro de Fiscales y a la Fiscal mencionada Regístrese, comuníquese y publíquese. NELLY CALDERÓN NAVARRO Fiscal de la Nación 00103 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Declaran inconstitucionales diversos ar- tículos de los Decretos LeyesN”s. 25475, 25659, 25708, 25880 y25744 SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL EXPEDIENTE Nº 010-2002-AI/TC LIMA MARCELINO TINEO SILVA Y MÁS DE 5,000 CIUDADANOS En Lima, a los 3 días del mes de enero de 2003, reunido el Tribunal Constitucional en sesión de Pleno Jurisdiccional, con asistencia de los Magistrados Alva Orlandini, Presidente; Bardelli Lartirigoyen, Vicepresidente, Rey Terry, Aguirre Roca,Revoredo Marsano, Gonzales Ojeda y García Toma, pronun- cia la siguiente sentencia; con los fundamentos de voto, ad- juntos, de los Magistrados Rey Terry y Aguirre Roca; y losvotos discrepantes, adjuntos, respecto del artículo 13º, inci- sos a) y c), del Decreto Ley Nº 25475 de los Magistrados Aguirre Roca y Revoredo Marsano. ASUNTO Acción de inconstitucionalidad interpuesta por más de cinco mil ciudadanos, con firmas debidamente certificadaspor el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil, contra los Decretos Leyes Nºs. 25475, 25659, 25708 y 25880, así como sus normas complementarias y conexas. ANTECEDENTESLos demandantes manifiestan que las disposiciones le- gales que impugnan no sólo transgreden la Constitución actual y los tratados internacionales, sino que violan en el fondo y la forma la Constitución Política del Perú de 1979,vigente a la fecha en que el llamado Gobierno de Emer- gencia y Reconstrucción Nacional los promulgó. Además de argumentos políticos, los demandantes re- fieren que el 5 de abril de 1992 se produjo la quiebra del Estado de Derecho en el Perú; pero que el Decreto Ley Nº 25418, dictado en esa fecha, no podía derogar total o par-cialmente ni suspender la vigencia de la Constitución de 1979, por mandato de su artículo 307º. Consideran que son nulos todos los actos practicados como consecuenciadel golpe de Estado de 5 de abril de 1992, por cuanto la dictadura instaurada en el país arrasó y demolió el ordena- miento jurídico existente. Indican que, en cualquier Estadodel mundo, la Constitución es la ley fundamental de la or- ganización política y jurídica y en ella están reconocidos los derechos fundamentales de las personas. Refieren que durante el Gobierno de Transición, presi- dido por el doctor Valentín Paniagua Corazao, se expidió la Resolución Suprema Nº 281-2000-JUS que creó la Comi-sión de Estudio y Revisión de la legislación emitida desde