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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 29 DE JUNIO DEL AÑO 2003 (29/06/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 192

TEXTO PAGINA: 165

PÆg. 247071 NORMAS LEGALES Lima, domingo 29 de junio de 2003 Artículo 38º.- Observaciones y Reclamos Los GFPs no beneficiados que se consideren afecta- dos por la calificación y el orden de prelación establecido, podrán presentar a la Comisión de Transparencia y Fiscali-zación, las observaciones y reclamos pertinentes, segúnel procedimiento que al efecto establezca el MVCS. Losreclamos que la Comisión considere fundados, darán lugara la incorporación de los reclamantes a la lista de GFBs. Si los recursos de dicha convocatoria resultaran insuficien- tes, los GFPs cuyo reclamo se haya declarado fundadoaccederán al BFH en la siguiente convocatoria. Cualquier otro reclamo u observación relativa al proce- so de otorgamiento del BFH o cualquier otro asunto nocontemplado específicamente en las normas relativas al BFH cuya resolución no haya sido encargada a la Comi- sión de Transparencia y Fiscalización, será resuelta en pri-mera instancia por el Secretario Ejecutivo del FMV me-diante Resolución, pudiéndose apelar lo resuelto ante laComisión de Transparencia y Fiscalización. La Comisión de Transparencia y Fiscalización estará integrada por seis (6) miembros designados mediante Re- solución Ministerial del MVCS. Artículo 39º.- Desembolso del BFH El desembolso del BFH se atendrá al procedimiento que establezca el Comité Ejecutivo del FMV. CAPÍTULO V DEL AHORRO Artículo 40º.- El Requisito del Ahorro El ahorro es un requisito previo al acceso al BFH y se efectuará mediante aportes del grupo familiar aspirante al BFH. Será indispensable, aún teniendo el grupo familiaraspirante ya disponibles los recursos necesarios para cum-plir con el aporte propio, que éste abra una Cuenta de Aho-rro en una IFI participante en el Programa y deposite elmencionado ahorro. El ahorro mínimo requerido será equivalente al diez por ciento (10%) del valor de la Vivienda que se desee adquiriro construir en sitio propio. En el caso de Mejoramiento deVivienda, dicho ahorro mínimo será equivalente al diez porciento (10%) del presupuesto de obra respectivo. Todo ahorroacreditado que haya sido sujeto a calificación deberá ser destinado al financiamiento de la VIS elegida. El haber completado el ahorro mínimo requerido, ade- más de los otros requisitos incluidos en el presente Regla-mento, otorga el derecho a postular, mas no implica dere-cho alguno a recibir el BFH, cuya asignación es funciónexclusiva del proceso de calificación correspondiente. Artículo 41º.- Retiro del Ahorro El ahorro depositado en una IFI puede ser retirado en su totalidad en cualquier momento. Si ello ocurre antes dela Postulación, el aspirante que retira la totalidad de suahorro no podrá postular hasta que reúna nuevamente el ahorro requerido en una IFI participante en el Programa. Dicho retiro implicará la pérdida de antigüedad para efec-tos de calificación. La IFI captadora del ahorro deberá informar al ahorrista que, en caso este último retire su ahorro luego de habersido designado GFB provisional o definitivo del BFH, per- derá su derecho al BFH. Excepcionalmente se aceptará modificaciones en la numeración de la cuenta de ahorrossiempre y cuando el GFB mantenga el ahorro requerido yla IFI lo confirme por escrito. De haberse efectuado la emi-sión física del BFH, este documento quedará automática-mente anulado, sin perjuicio de la obligación del GFB defi- nitivo de devolverlo. Los GFPs no beneficiarios del BFH, si así lo desearen, podrán retirar totalmente el dinero depositado en la Cuentade Ahorro. Dicho retiro implicará la pérdida de antigüedadpara efectos de calificación. Artículo 42º.- Transferencia del Ahorro De ser necesario un crédito para completar el precio de la Vivienda deseada y el GFB del BFH no conviniera laconcesión del crédito requerido con la IFI en la que man-tiene su Cuenta de Ahorro, podrá solicitar la transferenciadirecta del monto de su ahorro a otra Cuenta de Ahorro en otra IFI con la que sí haya llegado a un acuerdo crediticio. CAPÍTULO VI CONDICIONES, PENALIDADES Y PROHIBICIONES Artículo 43º.- Condiciones Admisibles Para asegurar la debida y oportuna ejecución de las obras, así como el buen uso del ahorro del grupo familiar ydel BFH, el promotor, vendedor, constructor o la ET que construye o mejora la Vivienda, deberá optar por alguna de las siguientes alternativas: 43.1. Entrega de cartas fianza en garantíaEl promotor, vendedor, constructor o la ET que cons- truye o mejora la vivienda, en forma previa a hacer efecti- vo el cobro de esos recursos deberá entregar a favor del FMV dos cartas fianzas bancarias: a) Por el Valor del BFH - Carta Fianza a favor del FMV. En este caso la garantía incluirá además del monto delBFH, un porcentaje adicional fijado por el FMV por con- cepto de gastos operativos e intereses. b) Por el Ahorro del Grupo Familiar - Carta Fianza a favor del FMV. En este caso la garantía incluirá ademásdel monto total del ahorro del grupo familiar, un porcentajeadicional fijado por el FMV por concepto de gastos opera-tivos e intereses. El FMV reintegrará al GFB el monto que reciba como producto de la ejecución de esta garantía. En ambos casos, las cartas fianza deberán ser emiti- das por una IFI debidamente autorizada por la Superinten-dencia de Banca y Seguros para tal fin y que se encuen-tren calificadas con B- o superior. Estas garantías serán de carácter irrevocable, incondicional y de cobro inmedia- to a favor del FMV, debiendo ser emitidas en forma solida-ria y sin beneficio de excusión. La emisión y administra-ción de las garantías se atendrá al procedimiento que es-tablezca el FMV. 43.2 Constitución de un fidecomiso El promotor, vendedor, constructor o la ET que cons- truye o mejora la vivienda, en forma previa a hacer efecti-vo el cobro de esos recursos deberá constituir un fideico-miso que contenga los requerimientos señalados por la norma del BFH y otras que señale el FMV, al cual se des- tinarán como mínimo los recursos del BFH y del ahorro. Artículo 44º.- Incumplimiento de la IFIS El incumplimiento de las normas establecidas en este Reglamento por parte de cualquiera de las IFI participan- tes dará lugar a penalidades previamente establecidas en- tre las IFI y el FMV. De incurrir alguna IFI en incumplimiento con implican- cia penal, el FMV se reserva el derecho de accionar penal-mente contra ella. Artículo 45º.- Incumplimiento de los Ejecutores de Obra Para verificar que los recursos recibidos por el cons- tructor sean empleados según lo acordado, el FMV reali-zará supervisiones aleatorias de avance de obra. En caso se comprobare incumplimiento injustificado y definitivo de las cláusulas contempladas en la escritura o promesa de compraventa, contrato de construcción o con-trato de mejoramiento, el FMV ejecutará las garantías co-rrespondientes, y, de ser el caso, ejercerá las accionesque conduzcan a la devolución de los recursos entregadosal ejecutor de obra, sin perjuicio de las demás acciones y sanciones previstas en la Ley, según sea el caso. Artículo 46º.- Prohibición de Enajenar En el caso de construcción en terreno propio o Mejora- miento de Vivienda, el GFP no podrá enajenar el terreno ola Vivienda con que postuló durante el período comprendi-do entre la Postulación y la asignación definitiva del BFH.Esta prohibición seguirá vigente en caso el GFP sea cali-ficado como GFB del BFH. La Vivienda adquirida, construida o mejorada con el BFH, cuyo precio se encuentre por debajo de los US$ 8,000dólares, no podrá ser enajenada por un plazo de siete (7)años, contado a partir de la fecha de su inscripción en elRegistro de la Propiedad o de la fecha de suscripción delacta de recepción, según corresponda. En el caso de Vi- vienda adquirida, construida o mejorada con el BFH cuyo precio se encuentre entre los US$ 8,000 y US$ 12,000dólares, dicha prohibición de enajenar regirá por un plazode cinco (5) años. Durante dichos plazos, la Vivienda tam-poco podrá ser utilizada como garantía, siendo inembarga-ble en relación a cualquier transacción ajena al Programa de asignación del BFH, y no podrá ser alquilada, prestada o habitada por un grupo familiar distinto al que resultaraBeneficiario del BFH. El FMV, con conocimiento de la Comisión de Transpa- rencia y Fiscalización, autorizará la enajenación de la Vi-vienda con anterioridad a la expiración del plazo de prohi-