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PÆg. 247062 NORMAS LEGALES Lima, domingo 29 de junio de 2003 b) Los procedimientos del guía de aeronaves debe- rán estar al alcance del personal que realice las funcio- nes de parqueo y deberán haber sido revisados y coor- dinados por el explotador aéreo. c) El personal de realice las operaciones de parqueo de aeronaves deberá contar con el implemento necesa- rio para realizar estas funciones (paletas de parqueo y/ o linternas de parqueo nocturno) 111.91 Contenedores / Palletsa) El titular de un certificado de servicio especia- lizado aeroportuario que realice servicios de apoyo de equipo terrestre deberá contar con procedimien- tos escritos para el transporte de contenedores y "pallets". b) Deberá contar con las especificaciones técnicas del fabricante de cada contenedor o "pallet", para man- tenerlos en condiciones adecuadas para su uso. 111.93 Programa de mantenimientoa) Todo titular de un certificado de servicio espe- cializado aeroportuario deberá contar con un manual de mantenimiento para sus equipos de transporte de carga, en caso no realice el mantenimiento deberá asegurarse y controlar que este se realice en forma correcta. b) Los vehículos y/o equipos que se encuentren en mantenimiento o fuera de servicio deberán mostrar la etiqueta respectiva que lea "fuera de servicio". c) El titular de un certificado de servicio especializa- do aeroportuario deberá contar con un programa de man- tenimiento en donde se detalle: (1) Un programa de inspección. (2) Los programas de mantenimiento de cada uno de los equipos y vehículos de apoyo terrestre. (3) Los diferentes modelos de formatos que se utilizan para las inspecciones y revisiones mecáni- cas. (4) Reparaciones, calibraciones, cambio de partes realizadas. 111.95 Equipaje facturadoa) El titular de un certificado de servicio especializa- do aeroportuario que brinde el servicio de operaciones de apoyo de equipo terrestre en plataforma deberá con- tar con un manual de procedimientos para: (1) Recepción y manipuleo de equipaje. (2) Embarque de animales vivos. (3) Estiba de equipaje y carga suelta en carretas y/o contenedores para el traslado de la zona de equipaje hacia la plataforma de la aeronave. (4) Traslado de equipaje y carga suelta en carretas y/ o contenedores desde la zona de equipaje hasta la pla- taforma donde se encuentre la aeronave y viceversa. (5) Estiba y recepción de equipaje desde la aerona- ve. (6) Entrega de equipaje en la zona de recepción de equipajes o llegada de pasajeros (zona de aduanas). (7) Medidas de seguridad que deberá incluir los procedimientos de cotejo de equipaje del explotador aéreo. (8) El traslado de equipajes se realizará como máxi- mo con 4 carretas o "dollys" por cada tractor. (9) Las carretas y/o contenedores deberán estar pre- paradas y cargarse de tal manera que el equipaje se encuentre asegurado. 111.97 Cargaa) El titular de un certificado de servicio especializa- do aeroportuario habilitado en operaciones de apoyo de equipo terrestre en plataforma deberá contar con un manual de procedimientos para: (1) Recepción y manipuleo de carga que se reciba en los almacenes y aeronave. (2) Estiba o desestiba de los contenedores o "pa- llets" desde la aeronave, camión y "dolly". (3) Traslado de la carga desde y hacia la aeronave.111.99 Limpieza de cabina a) El titular de un certificado de servicio especializa- do habilitado en operaciones de apoyo de equipo terres- tre que realice limpieza de cabina a las aeronaves debe- rá contar con un manual de procedimientos para: (1) Limpieza de cabina de pasajeros y tripulación téc- nica incluyendo los servicios higiénicos y cocinas a bor- do. (2) Deberá especificar el tipo de equipo que se usara para este servicio. (3) Deberá contar con procedimientos para la elimi- nación de los desechos recolectados de la aeronave. b) No deberá dejar por ningún motivo los desechos retirados de la aeronave en la plataforma. c) Dicho personal no deberá de llevar ningún tipo de arma, objeto punzo cortante u otro objeto que no sea el requerido para las labores de limpieza. d) No podrán realizar la limpieza de la cabina de pilo- tos sin la presencia de algún personal autorizado del explotador aéreo. 111.101 Vehículos de transporte de pasajeros en plataforma a) Los vehículos de transporte de pasajeros en pla- taforma deberán de tener los seguros respectivos con- tra accidentes. b) Se deberá tener un adecuado y seguro transporte para los pasajeros que empleen dichos vehículos. c) Las puertas de los vehículos deberán encontrase cerradas antes de iniciar el movimiento del vehículo. d) El manejo de los vehículos debe considerar la can- tidad de pasajeros ya que normalmente este servicio la mayoría se encuentran de pie. SUBPARTE F: OPERADOR DE BASE FIJA (FBO) 111.103 AplicabilidadLa presente Subparte prescribe las normas de segu- ridad aeronáutica que realizan operaciones de titulares de certificados de servicios especializados aeroportua- rios habilitados como operador de base fija, que incluye atención de pasajeros (tráfico), despacho de aerona- ves, mantenimiento de línea y control de operaciones y seguimiento de vuelo, que brindan a los explotadores aéreos nacionales e internacionales en los diferentes aeropuertos de la República. 111.105 Condiciones generalesa) Todo titular de un certificado de servicios espe- cializados aeroportuarios que realice servicios de ope- rador de base fija, deberá contar con el certificado de servicios especializados aeroportuario emitido por la DGAC. b) Todo titular de un certificado de servicios especia- lizados aeroportuarios que realice servicios de opera- dor de base fija, deberá contar con personal habilitado y calificado, así como vehículos adecuados según los servicios que brinde. 111.107Servicios de atención a pasajeros Para la prestación de esta clase de servicio el titular de certificado cumplirá con lo siguiente: a) Contar con personal capacitado para la emisión de boletos, tarjetas de embarque, verificación de docu- mentos y facturación de equipaje. b) Contar con instalaciones/oficinas adecuadas para brindar el servicio. c) Contar con los manuales de las funciones que desempeñan y sus procedimientos. d) Deberá contar con procedimientos para el che- queo de pasajeros en el mostrador principal y en la sala de embarque de la aerolínea. e) Deberá asegurarse de que las balanzas del mos- trador de pasajeros se encuentren calibradas. f) Deberá contar con procedimientos para la identifi- cación del equipaje de los pasajeros.