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PÆg. 246998 NORMAS LEGALES Lima, domingo 29 de junio de 2003 Otros exámenes según requerimiento. (3) Exámenes de ayuda al diagnóstico Electroencefalograma Electrocardiograma AudiometríaRx de tórax Tomografía y/o resonancia magnética, ecocardiogra- fía a criterio de médicos especialistas. Test de esfuerzo para los mayores de 40 años, a criterio del examinador (mínimo cada dos años). 67.103 Examen de Renovación (a) Los exámenes de renovación del apto médico para el personal aeronáutico deberán iniciarse con el Médico Aeronáutico, quien será el encargado de efec- tuar la evaluación integral (requisitos visuales, deoído, nariz, garganta y equilibrio, salud mental, neu- rológico, cardiovascular, estado médico general y exámenes auxiliares) y sólo en los casos debida-mente fundamentados el solicitante será sometido a evaluación por otra especialidad (como psiquiatría, psicología, oftalmología, etc.) o a una Junta Médica,según el criterio del examinador. (b) El personal aeronáutico al cumplir sesenta (60) años, deberá dar cumplimiento a lo dispuesto en el pá-rrafo 67.105 (b) de esta Subparte. 67.105 Intervalos de Evaluaciones(a) Los intervalos mínimos de las evaluaciones son como se indica a continuación: PERSONAL AERONÁUTICO MENOR DE 40 AÑOS CERTIFICADO MÉDICO CLASE I CLASE II CLASE III Especialidades y/o Cada año Cada año (TTAA Cada 2 años Médico Aeronáutico cada 2 años) Laboratorio Cada año Cada año (TTAA Cada 2 años cada 2 años) Rayos X Tórax Cada 2 años Cada 2 años Cada 2 años Audiometría Cada 5 años Cada 5 años Cada 5 años Electrocardiograma Cada 2 años Inicial Inicial Electroencefalograma Cada 5 años Cada 5 años Cada 5 años PERSONAL AERONÁUTICO MAYOR DE 40 AÑOS CERTIFICADO MÉDICO CLASE I CLASE II CLASE III Especialidades y/o Cada ½ año Cada año (TTAA Cada 2 años Médico Aeronáutico cada 2 años) Laboratorio Cada año Cada año (TTAA Cada 2 años cada 2 años) Rayos X Tórax Cada 2 años Cada 2 años Cada 2 años Audiometría Cada 3 años Cada 3 años Cada 3 años Electrocardiograma Cada año Cada 5 años Cada 5 años Electroencefalograma Cada 5 años Cada 5 años Cada 5 años Test de esfuerzo Cada 2 años Cada 2 años Cada 2 años (b) En el caso en que el personal aeronáutico de 60 años o más se procederá como se indica a continua- ción: Al cumplir 60 años el personal aeronáutico y con la finalidad de preservar su salud, deberá ser sometido a una evaluación integral, es decir igual que un inicial (Sec-ción 67.101), adicionándose la toma de muestra para PSA ("prostatic specific antigen"). Las evaluaciones médicas posteriores se realizarán como se indica en el siguiente cuadro: PERONAL AERONÁUTICO MAYOR DE 60 AÑOS CERTIFICADO MÉDICO CLASE I CLASE II CLASE III Especialidades y/o Cada ½ año Cada ½ año Cada año Médico Aeronáutico Laboratorio Cada año Cada año Cada año Rayos X Tórax Cada 2 años Cada 2 años Cada 2 años Audiometría Cada 2 años Cada 2 años Cada 2 años Electrocardiograma Cada año Cada año Cada año Electroencefalograma Cada 2 años Cada 2 años Cada 2 años Test de esfuerzo Cada año Cada año Cada añoSUBPARTE C: CERTIFICADO MÉDICO CLASE I 67.201 Id oneidad Para optar a un certificado médico Clase I y perma- necer apto para dicho certificado médico, la persona debe cumplir con los requisitos establecidos en estaSubparte y en la Sección 67.13 de esta Parte. 67.203 VisualesLos requisitos visuales para el certificado médico Clase I son: (a) El funcionamiento de los ojos y de sus anexos será normal. No debe existir condición patológica activa,aguda o crónica, ni secuelas de cirugía o trauma de los ojos o de sus anexos que puedan reducir su función visual correcta al extremo de impedir el ejercicio segurode las atribuciones correspondientes a la licencia y habi- litación del solicitante. (b) La agudeza visual lejana con o sin corrección será de 6/9 o superior en cada ojo separadamente y la agudeza visual binocular será de 6/6 o mayor. No se aplican límites a la agudeza visual sin corrección. Cuan-do esta norma de agudeza visual sólo se obtiene me- diante el uso de lentes correctores, podrá considerarse al solicitante como apto a condición de que: (1) Use los lentes correctores durante el ejercicio de las atribuciones inherentes a la licencia o habilitaciónque solicita o ya posee. (2) Guarde, además, a mano un par de anteojos co- rrectores adecuados durante el ejercicio de las atribu-ciones que le confiere su licencia. (3) Se considera que un solicitante aceptado que cumpla con estas disposiciones sigue siendo apto, amenos que haya razones para sospechar lo contrario, en cuyo caso se exigirá un informe oftalmológico a dis- creción de la DGAC a través del Hospital Central de laFAP u otro Centro Asistencial pertenecientes al HCFAP certificados por la DGAC para atender en provincias. Tanto la agudeza visual no corregida como la corregidase miden y registran normalmente cada vez que el soli- citante sea sometido a examen médico. Las condicio- nes que indican necesidad de obtener un informe oftal-mológico incluyen: una disminución importante de la agu- deza visual sin corrección, cualquier disminución de la mayor agudeza visual corregida y la aparición de oftal-mopatía, lesiones del ojo o cirugía oftálmica. (c) Los solicitantes podrán usar lentes de contacto para satisfacer este requisito siempre que: (1) Los lentes sean monofocales y sin color; (2) Los lentes se toleren bien; y (3) Se guarde a mano un par de anteojos correctores adecuados durante el ejercicio de las atribuciones inhe-rentes a la licencia. (d) Los solicitantes que tengan un gran defecto de refracción usarán lentes de contacto o anteojos correc- tores de elevado índice de refracción. Si se usan ante- ojos correctores, se requieren lentes de elevado índicepara minimizar la distorsión del campo visual periférico. (e) Los solicitantes cuya agudeza visual lejana sin corrección en cualquiera de los dos ojos sea menor de6/60 tendrán que proporcionar un informe oftalmológico completo satisfactorio antes de la evaluación médica inicial y, posteriormente, cada cinco años. La finalidaddel examen oftalmológico requerido es comprobar un desempeño visual normal y detectar patologías impor- tantes. (f) Los solicitantes que se hayan sometido a una ci- rugía que afecte al estado de refracción del ojo serán declarados no aptos, a menos que no tengan secuelasque puedan interferir en el ejercicio seguro de las atribu- ciones inherentes a su licencia y habilitación. (g) Se exigirá que mientras use los lentes correcto- res requeridos en (b), de ser necesarios, el solicitante pueda leer la carta N5, o su equivalente, a una distancia elegida por el solicitante entre 30 y 50 cm, así como lacarta N14, o su equivalente, a una distancia de 100 cm. Si este requisito solo se satisface mediante el uso de corrección para visión próxima, se podrá declarar apto