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PÆg. 247012 NORMAS LEGALES Lima, domingo 29 de junio de 2003 91.521Arneses de hombro. 91.523Equipajes acompañados. 91.525 Transporte de carga. 91.527Operación en condiciones de nieve. 91.529Requerimientos del ingeniero de vuelo. 91.531Requerimientos de copiloto. 91.533Requerimientos de tripulantes auxiliares. 91.534Limitaciones de tiempo de vuelo, de jornada y de descanso de tripulantes aéreos. 91.535Almacenaje de alimentos, bebidas y equipo de servicio del pasajero, durante el movimiento de la aeronave en la superficie, despegue y aterri- zaje. 91.537-91.599 Reservado SUBPARTE G: EQUIPOS ADICIONALES Y REQUE- RIMIENTOS DE OPERACIÒN PARA AERONAVES GRANDES Y DE LA CATEGORIA TRANSPORTE. 91.601Aplicabilidad. 91.603Dispositivos sonoros de alerta de velocidad. 91.605 Limitaciones en peso para aviones civiles de categoría transporte. 91.607Salidas de emergencia para aviones que trans- porten pasajeros. 91.609Registradores de vuelo y registradores de vo- ces de cabina. 91.611Autorización para vuelo ferry con un motor ino- perativo. 91.613Materiales para interiores de compartimentos. 91.615-91.699 Reservado. SUBPARTE H: OPERACIÓN DE AERONAVES EX- TRANJERAS DENTRO DE LA REPU- BLICA PERUANA Y AERONAVES PERUANAS EN EL EXTRANJERO. 91.701Aplicabilidad. 91.703 Operaciones de aeronaves civiles peruanas fuera de la República peruana. 91.705 Operaciones dentro del espacio aéreo desig- nado como espacio aéreo de "Especificacio-nes Mínimas de Performance de Navegación (MNPS)". 91.706 Operaciones dentro del espacio aéreo desig- nado como espacio aéreo de "Mínima Separa- ción Vertical Reducida (RVSM)". 91.707Reservado. 91.709Reservado. 91.711 Reglas especiales para aeronaves civiles ex- tranjeras. 91.713Reservado. 91.715Aeronaves civiles extranjeras: Constancias de Conformidad. 91.717-91.799 Reservado. SUBPARTE I: (RESERVADO) SUBPARTE J: CONCESIONES (WAIVERS) 91.901Reservado. 91.903 P olítica y procedimientos. 91.905Listado de reglas sujetas a concesiones (wai- vers). 91.907-91.999 Reservado. SUBPARTE K: REGULACIONES PARA OBTENER UN CERTIFICADO DE EXPLOTADOR O CONFORMIDAD DE OPERACIÓN 91.1001Aplicabilidad. 91.1003 Certificado de explotador y las especificacio- nes de operación para trabajo aéreo. 91.1005Duración del certificado de explotador para tra- bajo aéreo. 91.1007Solicitud y emisión del certificado de explotador y de las especificaciones de operación para trabajo aéreo. 91.1009 Requisitos para obtener un certificado de ex- plotador y las especificaciones de operación para trabajo aéreo. 91.1011Enmiendas al certificado de explotador para tra- bajo aéreo. 91.1013 Enmiendas a las especificaciones de opera- ción para trabajo aéreo.91.1015Manuales y listas requeridas. 91.1017Contenido de los manuales. 91.1019Finalización de las operaciones. 91.1021Emisión o negación de un certificado de explo- tador para trabajo aéreo. 91.1023 Cumplimiento de un certificado de explotador para trabajo aéreo. 91.1025Conformidad de operación y las especificacio- nes de operación para aviación general. 91.1027Duración de la conformidad de operación para aviación general. 91.1029Solicitud y emisión de la conformidad de opera- ción y de la especificaciones de operación paraaviación general. 91.1031 Requisitos para obtener una conformidad de operación y las especificaciones de operaciónpara aviación general. APÉNDICESApéndice A Operaciones de Categoría II: Manual, instrumentos, equipamiento y manteni-miento. Apéndice B Autorización para exceder MACH 1. (Reservado). Apéndice C Operaciones en el Atlántico Norte (NAT): Espacio Aéreo de Especificaciones Mí- nimas de Performance de Navegación(MNPS). Apéndice D Reservado. Apéndice E Especificaciones de registradores de vuelo para aviones. Apéndice F Especificaciones de registradores de vuelo para helicópteros. Apéndice G Operaciones en el Espacio Aéreo de Mínima Separación Vertical reducida (RVSM). SUBPARTE A: GENERALIDADES 91.1Aplicabilidad (a) Excepto lo previsto en el párrafo (b) de esta Sec- ción, esta Parte describe las reglas que regulan la ope- ración de aeronaves (sin incluir: globos cautivos, ala delta, parapentes, globos libres sin tripulación y ultrali-vianos motorizados) dentro de la FIR de Lima. (b) Cada persona que opere bajo esta Parte 91 (Par- te 133 ó 137) o bajo Parte 121 ó 135, una aeronave civilmatriculada en la República peruana dentro o fuera de la República peruana, deberá: (1) Sobre alta mar y fuera del FIR de Lima, cumplir con las regulaciones establecidas en esta RAP 91 y con aquellas Secciones del Anexo 2 de la "Convención so-bre Aviación Civil Internacional (OACI)" no contempla- das en esta Parte. (2) Dentro de un país extranjero, cumplir con las re- gulaciones aeronáuticas en vigencia dentro del mismo. Con excepción de las regulaciones del servicio de trán- sito aéreo, se aplicarán las reglas de esta Parte 91 delas regulaciones en lugar de aquellas menos restrictivas u omitidas por el Estado en el que se opere. (3) Las actividades aéreas implicadas en esta Parte son el trabajo aéreo (fotografía aérea, publicidad, perio- dismo, prospección minera, petrolera y pesquera, pros- pección magnetométrica, inspección y vigilancia, pro-tección y vigilancia de la fauna, tendido y mantenimiento de cables de alta tensión, bombero aéreo, agrícola Parte 137, carga externa Parte 133) y la aviación general (cien-tífico, cívico, deportivo, industriales, privados). Estas actividades deberán ser certificadas o verificadas por la DGAC de acuerdo a lo prescrito en la SubParte K deesta Parte. (4) Cumplir con el Reglamento de la Ley de Aeronáu- tica Civil del Perú vigente. 91.3Responsabilidad y autoridad del piloto al mando (a) El piloto al mando es la máxima autoridad de la operación de una aeronave; es responsable por ella, ycomo representante del operador, de la seguridad a bor- do de sus tripulantes, pasajeros y carga, ya sea en tierra como en el aire.