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PÆg. 247000 NORMAS LEGALES Lima, domingo 29 de junio de 2003 (1) Puedan impedirle ejercer con seguridad las atri- buciones correspondientes a la licencia que solicita o ya posee, a menos que el dictamen médico acreditado indi- que que, en circunstancias especiales, la falta de cum-plimiento del requisito en cuestión, por parte del solici- tante, sea tal que el ejercicio de las atribuciones de la licencia solicitada no afecte la seguridad de vuelo; o (2) Existen razones fundadas para creer que la per- sona no podrá desempeñar sus funciones o ejercer las atribuciones inherentes a la licencia solicitada o de lacual es titular, durante el período de vigencia del certifi- cado médico correspondiente. (e) Este examen es obligatorio para la evaluación inicial y al cumplir los 60 años. En las evaluaciones para renovación, solamente se efectuará en los casos debi-damente fundamentados por el Médico Aeronáutico exa- minador. 67.209Neurológico Los requisitos neurológicos para un certificado médi- co Clase I son: (a) Ninguna historia clínica o diagnóstico clínico de lo siguiente: (1) Epilepsia; (2) Ninguna enfermedad progresiva o no progresiva del sistema nervioso, cuyos efectos, según dictamen médico acreditado, puedan interferir con el ejercicio delas atribuciones correspondientes a su licencia y habili- tación; (3) Cualquier trastorno recurrente del conocimiento, sin explicación médica satisfactoria de su causa o del mecanismo que pudiera provocar una recaída o brote; (4) La perdida momentánea y recurrente de control de funciones del sistema nervioso, sin explicación médi- ca satisfactoria de su causa; (5) Se considerarán como causa de incapacidad los casos de traumatismo craneoencefálicos, cuyos efec- tos, según dictamen médico acreditado, puedan afectar el ejercicio de las atribuciones correspondientes a lalicencia y habilitación del solicitante; (6) Anormalidades electroencefalografía: (i) Ondas Delta l Tetha (ii) Complejo de punta, polipunta, punta onda o punta lenta, focales, generalizados o paroxismales. (iii) TAC cerebral, a criterio del médico especialista. (iv) Anormalidades que a juicio del neurólogo son potenciales riesgos de trastorno de la función cerebralque afectan la seguridad de vuelo. (b) Ningún otro desorden del conocimiento, o condi- ción neurológica que, basado en la historia clínica y jui- cio médico autorizado, la DGAC a través del Hospital Central de la FAP u otro Centro Asistencial pertenecien-tes al HCFAP certificados por la DGAC para atender en provincias encuentre que: (1) Imposibilita a la persona para desempeñar sus labores o ejercer con seguridad las atribuciones corres- pondientes a la licencia que solicita o de la cual es titular;o (2) Existen razones fundadas para creer que la per- sona no podrá desempeñar sus funciones o ejercer lasatribuciones inherentes a la licencia solicitada o de la cual es titular, durante el período de vigencia del certifi- cado médico correspondiente. 67.211 Cardiovascular Los requisitos cardiovasculares para un certificado médico Clase I son: (a) El solicitante no presentará ninguna anomalía del corazón, congénita o adquirida que pueda interferir con el ejercicio de las atribuciones correspondientes a lalicencia y habilitación del solicitante. (b) Ninguna historia clínica o diagnóstico clínico de lo siguiente: (1) Infarto al miocardio (2) Angina de pecho(3) Enfermedad coronaria que requirió tratamiento o, si no recibió tratamiento, fue sintomático o de importan- cia clínica; (4) Reemplazo de válvula cardiaca.(5) Implante permanente de marcapasos cardíaco. (6) Trasplante del corazón. (c) La electrocardiografía formará parte del recono- cimiento del corazón cuando se otorgue por primera vez una licencia, y se incluirá en los reconocimientos suce-sivos de solicitantes cuya edad esté comprendida entre 30 y 40 años, por lo menos cada dos años y a partir de esta última edad, anualmente. (d) Las presiones arteriales, sistólica y diastólica, estarán comprendidas dentro de los límites normales. (e) El sistema circulatorio no presentará ninguna ano- malía funcional ni estructural importante. (f) Una ecocardiografía y Rx de pulmones. 67.213 Estado médico general Los requisitos del estado médico general para un certificado médico Clase I son: (a) El solicitante no padecerá ninguna enfermedad o incapacidad que pueda impedirle repentinamente operar con seguridad una aeronave o desempeñar con seguri- dad sus funciones. (b) Ninguna afección pulmonar aguda ni ninguna en- fermedad activa en la estructura de los pulmones, me- diastino o pleura. La radiografía formará parte del reco-nocimiento médico. (c) Ninguna mutilación extensa de la pared torácica con hundimiento de la caja torácica y las secuelas deintervenciones quirúrgicas que ocasionen deficiencia res- piratoria en altitud, lo cual será causa de considerar no apto al solicitante. (d) Asimismo, para la Evaluación Médica Clase I de- berá observarse lo siguiente: (1) Los casos comprobados de diabetes mellitus que resulten satisfactoriamente controlados, sin necesidad de administrar ningún medicamento antidiabético, po-drán considerarse como aptos. El uso de medicamen- tos antidiabéticos para el control de la diabetes mellitus es motivo de descalificación, excepto en el caso de losmedicamentos por vía oral administrados en condicio- nes que permitan supervisión y control médico apropia- do y que, según dictamen médico acreditado, sean com-patibles con el ejercicio de las atribuciones correspon- dientes a la licencia y habilitación del solicitante. (2) Los casos de enfisema pulmonar deberán consi- derarse como causa de incapacidad si la afección pre- senta síntomas. (3) Los casos de tuberculosis pulmonar activa, debi- damente diagnosticados, se considerarán como causa de incapacidad. Los casos de lesiones inactivas o cica- trizadas, que se saben que son tuberculosas o se pre-sume que tienen origen tuberculoso, pueden conside- rarse admisibles. (4) Los casos de enfermedad que produzcan inca- pacidad, que impliquen deficiencias funcionales graves del conducto gastrointestinal o sus anexos, se conside- rará al solicitante como no apto. (5) Se exigirá que el solicitante esté completamente exento de hernias que puedan provocar síntomas cau- santes de incapacidad. (6) Toda secuela de enfermedad o intervención qui- rúrgica en cualquier parte del conducto digestivo o sus anexos, que puedan causar incapacidad durante el vue-lo, especialmente las obstrucciones por estrechez o comprensión, se considerará como causa de incapaci- dad. (7) Los casos de desórdenes del metabolismo, de la nutrición o endocrinos que puedan afectar el ejercicio de las atribuciones correspondientes a la licencia o habilita-ción del solicitante, se considerarán como causa de in- capacidad. (8) Los casos de hipertrofia persistente del bazo, intensa o moderada, por debajo del margen costal, se considerarán como causa de incapacidad. (9) Los casos de hipertrofia importante localizada o generalizada de las glándulas linfáticas y las enfermeda- des de la sangre, se considerarán como causa de inca- pacidad, excepto en los casos en que el dictamen médi-