Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (01/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 39

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G32/G37/G37 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 1 de noviembre de 2003 encomendadas, así como de la información privilegiada que conociere en el ejercicio de su actividad funcional; no reve-lando en forma oral o escrita, hechos, datos, procedimien-tos y documentación no autorizada o confidencial de acuer-do a ley, salvo a efecto de cumplir sus responsabilidadeslegales o administrativas que correspondan a sus obliga- ciones funcionales inherentes a su condición de miembro de la Contraloría y del Órgano de Control y como parte desus procedimientos. Esta obligación subsiste aun despuésde cesar en sus funciones. 5.6 Legalidad El servidor de la Contraloría y del Órgano de Control sujetará su actuación funcional al cabal cumplimiento a lanormativa constitucional, legal y reglamentaria aplicable. 5.7 Ética El servidor de la Contraloría y del Órgano de Control, en el ejercicio de sus funciones, actuará con rectitud, hon-radez y honestidad, procurando satisfacer el interés públi-co representado por el Estado y desechando todo prove-cho o ventaja obtenida por si o por interpósita persona. 5.8 Respeto El servidor de la Contraloría y del Órgano de Control adecuará su conducta hacia el respeto que merece todapersona, evitando situaciones de discriminación, de acoso u otras que vayan en desmedro de su dignidad, así como, que se respeten sus derechos a la defensa y al debidoprocedimiento, garantizándose con ello, que todas las fa-ses del proceso de toma de decisiones, del proceso decontrol o en el cumplimiento de los procedimientos admi-nistrativos, se efectúen conforme lo dispone la Constitu- ción y las Leyes. 5.9 HonestidadEl servidor de la Contraloría y del Órgano de Control deberá obrar con escrupulosa corrección, compostura y decencia, excluyendo cualquier comportamiento que aten- te contra el interés público y/o del control gubernamental. 5.10 Presunción de licitudEl servidor de la Contraloría y del Órgano de Control considerará, dentro de su labor de control que, las autori- dades, titulares, funcionarios y servidores de las entida-des sujetas a evaluación, han actuado con arreglo a la nor-mativa legal pertinente, salvo prueba en contrario. 5.11 Veracidad El servidor de la Contraloría y del Órgano de Control deberá conducir sus actuaciones funcionales con estrictasujeción a la verdad y la autenticidad que derive de losactos u operaciones sujetos a sus funciones de control,agotando los medios para el debido esclarecimiento de los hechos; lo que pondrá de manifiesto en la ejecución de sus labores y en su relación con el Sistema, así como con losfuncionarios, servidores y entidades objeto de evaluación. 5.12 Pulcritud Es el esmero en la conducta y actuación funcional, así como en el cuidado e imagen personal, que todo servidorde la Contraloría y del Órgano de Control deben manteneren el ejercicio de sus labores. Asimismo, es exhibida en el adecuado manejo y uso de los bienes del Estado, la conservación de un adecuado ambiente de trabajo y el cuidado de la infraestructura y equipamiento a su servicio, de manera que se evite un ni-vel de deterioro superior al que provenga de su correctoempleo. 5.13 Flexibilidad El servidor de la Contraloría y del Órgano de Control efectuará la labor de control otorgando objetivamente prio-ridad al logro de las metas propuestas, respecto de aque-llos formalismos cuya omisión no incida en la validez de la operación objeto de la verificación, ni determinen el uso dediscrecionalidad en la determinación de aspectos relevan-tes en la decisión final VI PROHIBICIONES E IMPEDIMENTOS DEL SERVI- DOR DE LA CONTRALORÍA Y DEL ÓRGANO DE CON- TROL 6.1 El servidor de la Contraloría y del Órgano de Con- trol se encuentra prohibido de: 6.1.1 Ejercer las actividades inherentes a su cargo con el objeto de obtener ventajas de cualquier índole para sí opara terceras personas. 6.1.2 Utilizar como mecanismo de coerción ante cual- quier entidad del Estado o del sector privado, la circuns-tancia de desempeñar o haber desempeñado determinado cargo o posición en el mismo, real o simulado, con el obje- to de obtener beneficios de índole personal o para terce-ros. 6.1.3 Usar información a la que haya tenido acceso o conocido con ocasión del ejercicio de sus funciones, paraobtener beneficios personales o para terceros, o para ser utilizada de cualquier manera ajena a los objetivos del Sis- tema Nacional de Control , o en perjuicio o desmedro delEstado o de terceros. 6.1.4 Trasladar o entregar en lugares no autorizados o no vinculados con el desarrollo del trabajo de auditoría,documentación clasificada como “secreta”, “reservada” o “confidencial” incluyendo la contenida en medios magnéti- cos. 6.1.5 Recibir y/o solicitar directa o indirectamente, para sí u otras personas, algún estipendio, obsequios, honora-rios u otro tipo de retribución económica, así como cual-quier otro beneficio, distinción, agasajos, atenciones u otros presentes cualquiera sea la forma, modalidad o cuantía patrimonial de los mismos, por parte de personas natura-les o jurídicas vinculadas al Sistema Nacional de Controly/o los funcionarios y/o servidores de la entidad auditada yde terceros relacionados con ella. 6.1.6 Dedicar horas regulares de trabajo para asuntos distintos al estricto desempeño de sus funciones, con ex- cepción de aquellas actividades de docencia o capacita-ción autorizadas por la instancia correspondiente. 6.1.7 Transmitir, divulgar o difundir total o parcialmente a terceros el contenido de la información de la cual tenga ohaya tenido conocimiento en el ejercicio de sus funciones, salvo que se trate de información de conocimiento público, o que medie mandato judicial que así lo requiera. En loscasos en que por la naturaleza misma de la materia, elservidor de la Contraloría y del Órgano de Control en elejercicio de su cargo deban formular consultas profesiona-les especializadas o recurrir a los servicios de investiga- ción u otros similares para el desarrollo de sus funciones, a dichos terceros les será exigible contractualmente la mis-ma obligación de confidencialidad. 6.1.8 Desempeñar directa o indirectamente, simultánea o subsiguientemente actividades particulares relacionadaso vinculadas con las funciones inherentes a la Contraloría y/o al Órgano de Control o que involucren conflicto de inte- reses. 6.1.9 Efectuar, aún en forma ocasional, labores de con- trol previo o asesoría no autorizada, así como actos degestión sobre aspectos de competencia de los funciona-rios y servidores de las entidades sujetas a evaluación. 6.1.10 Participar en la ejecución de acciones o activi- dades de control en la entidad donde haya laborado y quecomprendan áreas y/o aspectos en los cuales intervino oparticipó directa o indirectamente. En este caso, plantearásu abstención en escrito razonado, dirigido al superior je-rárquico inmediato de la Contraloría o del Órgano de Con- trol, según corresponda. 6.1.11 Laborar en la entidad en la cual haya partici- pado directamente en la ejecución de una acción o ac-tividad de control durante el último año anterior a la cul-minación de su vínculo laboral o contractual con la Con-traloría u Órgano de Control. Dicha prohibición se ex- tenderá hasta un año posterior al cese o culminación de los servicios prestados. 6.1.12 Realizar actividad política partidaria durante el ejercicio funcional del cargo.