Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2003 (01/11/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 1 de noviembre de 2003

Que, segun lo expresa el Inc. "f" del Art. 15º de la Ley Nº 27785, Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica, son atribuciones del Sistema Nacional de Control el "emitir, como resultado de las acciones de control efectuadas, los informes respectivos con el debido sustento tecnico y legal, constituyendo prueba preconstituida para el inicio de las acciones administrativas y/o legales que MORDAZA recomendadas en dichos informes"; Que, por otro lado, las recomendaciones establecidas en un informe de control emitido por cualquier organo del Sistema Nacional de Control, como es el caso, son de obligatoria implementacion, bajo responsabilidad, segun lo dispone el Art. 11º de la Ley Nº 27785 - Ley Organica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloria General de la Republica; Que, tales hechos deben de ser analizados y examinados dentro de un MORDAZA administrativo disciplinario donde se pueda discernir la responsabilidad administrativa del citado ex funcionario; De conformidad con lo establecido en el articulo 163º, 166º y 167º del Decreto Supremo Nº 005-90-PCM - Reglamento de la MORDAZA Administrativa; y, Estando a lo opinado por la Oficina de Asesoria Juridica del Ministerio del Ramo en el Informe Nº 1337-2003OGAJ; SE RESUELVE: Articulo Primero.- INSTAURAR MORDAZA administrativo disciplinario contra el doctor MORDAZA MORDAZA MORDAZA, a fin que se ventilen las eventuales responsabilidades que le atanen, previa verificacion de los descargos correspondientes y demas requerimientos de ley. Articulo Segundo.- Proceder a efectuar la notificacion correspondiente en forma personal, o, en su defecto, con las formalidades contempladas por la ley. Registrese y comuniquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA Viceministro de Salud 20079

TRANSPORTES Y COMUNICACIONES
Autorizan viaje de Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil a EE.UU., en comision de servicios
RESOLUCION MINISTERIAL Nº 904-2003-MTC/02 MORDAZA, 29 de octubre de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorizacion de viajes al exterior de servidores y funcionarios publicos, en concordancia con sus normas reglamentarias aprobadas por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios publicos de los Ministerios, entre otras entidades, la autorizacion de viaje se otorgara por Resolucion Ministerial del respectivo Sector, la que debera ser publicada en el Diario Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con excepcion de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronautica Civil del Peru, establece que la Autoridad Aeronautica Civil es ejercida por la Direccion General de Aeronautica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Direccion General de Aeronautica Civil, a fin de cumplir con los estandares internacionales aeronauticos establecidos en el Convenio de Chicago sobre Aviacion Civil y poder mantener la calificacion de Categoria - I otorgada al Peru por la Organizacion de Aviacion Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigilancia sobre la

seguridad operacional a traves de la ejecucion de inspecciones tecnicas a los explotadores aereos en el MORDAZA, basado en las disposiciones establecidas en el citado Convenio y en los estandares de la Organizacion de Aviacion Civil Internacional; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronautica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su articulo 14º establece que los Inspectores debidamente identificados a que refiere la Ley son competentes, segun su especialidad, para verificar las capacidades exigidas a los titulares de las autorizaciones para realizar actividades de aeronautica civil; Que, el cumplimiento de los procedimientos aprobados para el desarrollo de las operaciones aereas dentro de los estandares de seguridad internacionales por parte de los tripulates tecnicos, se evalua, entre otras formas, a traves de chequeos en simuladores de vuelo, servicio que es brindado por empresas ubicadas en el extranjero; Que, con Carta ATSA OPER INST. Nº 065-03, del 20 de octubre de 2003, en el MORDAZA del Procedimiento Nº 5 de la seccion correspondiente a la Direccion General de Aeronautica Civil (Evaluacion de Personal), establecido en el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, la empresa Aero Transporte S.A. solicita a la Direccion General de Aeronautica Civil, efectuar chequeos en simulador de vuelo del equipo PA-42, en la MORDAZA de Lakeland, MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, a sus tripulantes MORDAZA Saona y MORDAZA L. Vienrich; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acotacion Nºs. 4799 y 4800, la solicitante ha cumplido con el pago del derecho de tramitacion correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior; Que, el referido pago esta destinado a cubrir los costos del respectivo viaje de inspeccion, el cual es integramente financiado por la empresa operadora, incluyendo el pago de los viaticos y la Tarifa Unica de Uso de Aeropuerto, de lo que se concluye que dicho viaje no afecta el erario del Estado; Que, no obstante ello, formalmente, se considera que dicho viaje se realiza con cargo al Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por cuanto el pago de los respectivos gastos se efectua a la Direccion de Tesoreria del Ministerio de Transpor tes y Comunicaciones; Que, la Direccion de Seguridad Aerea de la Direccion General de Aeronautica Civil, ha emitido la Orden de Inspeccion Nº 1556-2003-MTC/12.04-SDO designando al Inspector MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cafferata, para realizar chequeos tecnicos en simulador de vuelo del equipo PA-42 al personal aeronautico propuesto por la empresa Aero Transporte S.A., en la MORDAZA de Lakeland, MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 6 al 8 de noviembre de 2003; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil para que, en cumplimiento de las funciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeos tecnicos en simulador de vuelo a que se contrae la Orden de Inspeccion Nº 1556-2003-MTC/ 12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, los Decretos de Urgencia Nº 017-2003 y Nº 019-2003 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Autorizar el viaje del senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA Cafferata, Inspector de la Direccion General de Aeronautica Civil del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, a la MORDAZA de Lakeland, MORDAZA, Estados Unidos de MORDAZA, durante los dias 6 al 8 de noviembre de 2003, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- El gasto que demande el viaje autorizado precedentemente, sera con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, habiendo sido integramente cubierto por la empresa Aero Transporte S.A. a traves de los Recibos de Acotacion Nºs. 4799 y 4800, de acuerdo al siguiente detalle: Viaticos US$ Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 660.00 28.24

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