Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 01 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2003 (01/11/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 43

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G32/G38/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 1 de noviembre de 2003 ANEXO Nº 05 COMPROMISO DE SUJECIÓN A LAS NORMAS DE TRANSPARENCIA EN LA CONDUCTA Y DESEMPEÑO DE LOS FUNCIONARIOS Y SERVIDORES DE LA CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Y DE LOS ÓRGANOS DE CONTROL INSTITUCIONAL Por el presente, yo ..................................................., identificado con DNI Nº (LE) ........................y Código Per- sonal Nº ............, con el cargo de ............................en la ( “Contraloría General”, “OCI/Entidad”) , declaro bajo jura- mento que tengo pleno conocimiento de las disposiciones establecidas en las “Normas de Transparencia en la Con- ducta y Desempeño de los Funcionarios y Servidores de la Contraloría General de la República y de los Órganos de Control”, asumiendo el compromiso de sujetarme a la cita- da norma, bajo responsabilidad. Lima, de de 200 ———————————————— (Firma) 20044 /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G44/G69/G72/G65/G63/G74/G69/G76/G61/G20/G4E/GBA/G20/G30/G30/G34/G2D/G32/G30/G30/G33/G2D/G43/G47/G2F /G45/G49/G4E/G20/G22/G50/G72/G6F/G63/G65/G64/G69/G6D/G69/G65/G6E/G74/G6F/G20/G70/G61/G72/G61/G20/G6C/G61/G20/G65/G6D/G69/G73/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C /G49/G6E/G66/G6F/G72/G6D/G65/G20/G50/G72/G65/G76/G69/G6F/G20/G65/G6E/G20/G4F/G70/G65/G72/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G4F/G66/G69/G63/G69/G61/G2D /G6C/G65/G73/G20/G64/G65/G20/G43/G72/GE9/G64/G69/G74/G6F/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G6F/G2C/G20/G72/G65/G61/G6C/G69/G7A/G61/G64/G61/G73/G20/G70/G6F/G72/G6C/G6F/G73/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G73/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G65/G73/G20/G61/G6E/G74/G65/G20/G65/G6C/G20/G42/G61/G6E/G2D/G63/G6F/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G4E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G22 RESOLUCIÓN DE CONTRALORÍA Nº 369-2003-CG Lima, 30 de octubre de 2003Vistos, la Hoja de Recomendación Nº 02-2003-CG/EIN, de fecha 12.Set.2003, por la cual la Gerencia de Estudios, Investigaciones y Normas de Control, pone a considera- ción de la Alta Dirección el proyecto de Directiva “Procedi- miento para la emisión del Informe Previo en Operaciones Oficiales de Crédito Interno, realizadas por los Gobiernos Regionales ante El Banco de la Nación”, y, CONSIDERANDO: Que, mediante la Tercera Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 28019, se autoriza a los Titulares de los Gobiernos Regionales a incorporar en sus respecti- vos presupuestos los recursos provenientes de las Opera- ciones Oficiales de Crédito Interno que concerten con el Banco de la Nación, para la ejecución de gastos de capital; y que para el efecto del reembolso del préstamo, se debe- rán realizar las modificaciones presupuestarias necesarias en el nivel funcional programático, dentro del año 2003; Que, de conformidad con el Artículo 82º de la Constitu- ción Política del Perú, la Contraloría General de la Repúbli- ca supervisa la legalidad de la ejecución del Presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a control; Que, la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, en su Artículo 22º literal l), señala entre sus atribuciones, la de informar previamente en aquellas operaciones, fianzas, avales y otras garantías que otorgue el Estado, inclusive los pro- yectos de contrato, que en cualquier forma comprometa su crédito o capacidad financiera, sea que se trate de nego- ciaciones en el país o en el exterior; Que, la atribución de informar previamente, resulta de aplicación a las operaciones señaladas en el primer consi- derando, por lo que es necesario dictar las disposiciones pertinentes a fin de regular el procedimiento, plazo y requi- sitos correspondientes, para lo cual se requiere la aproba- ción del documento de visto, proyecto de Directiva “Proce- dimiento para la emisión del Informe Previo en Operacio-nes Oficiales de Crédito Interno, realizadas por los Gobier- nos Regionales ante El Banco de la Nación” ; En uso de las atribuciones conferidas por el Artículo 22º literales l) e y), concordante con el Artículo 32º literales c) y l) de la Ley Nº 27785; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Aprobar la Directiva “Procedimien- to para la emisión del Informe Previo en Operaciones Ofi- ciales de Crédito Interno, realizadas por los Gobiernos Regionales ante El Banco de la Nación”, cuyo texto en anexo forma parte de la presente resolución. Regístrese, comuníquese y publíquese.GENARO MATUTE MEJÍA Contralor General de la República DIRECTIVA Nº 004-2003-CG/EIN PROCEDIMIENTO PARA LA EMISIÓN DEL INFORME PREVIO EN OPERACIONES OFICIALES DE CRÉDITO INTERNO, REALIZADAS POR LOS GOBIERNOS REGIONALES ANTE EL BANCO DE LA NACIÓN 1. OBJETO Precisar la información básica, actuaciones, procedi- miento y demás aspectos concernientes a la expedición del informe previo a que alude el Artículo 22º l) de la Ley Nº 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, en los casos de Operaciones Oficiales de Crédito Interno, a otorgarse por el Banco de la Nación a los Gobiernos Regionales para el presente ejercicio fiscal, de conformidad con lo dispuesto en la Tercera Disposición Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 28019. 2. FINALIDAD2.1 Orientar a los Gobiernos Regionales y al Banco de la Nación, respecto de los requisitos y procedimiento esta- blecidos para obtener el informe previo de la Contraloría General de la República, en los casos de Operaciones Ofi- ciales de Crédito Interno a que alude la Tercera Disposi- ción Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 28019. 2.2 Establecer los procedimientos correspondientes a la atribución conferida por la Constitución y el Artículo 22º l) de la Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, que posibiliten ejer- cer control previo respecto de las operaciones referidas en el numeral anterior, a fin de cautelar que cuenten con el sustento legal y técnico correspondiente, coadyuvando a la transparencia de las mismas. 3. ALCANCEGobiernos Regionales, Banco de la Nación, unidades orgánicas de la Contraloría General de la República que intervengan y Órganos de Control Institucional. 4. BASE LEGALa. Constitución Política del Perú 1993. b. Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, Ley Nº 27785. c. Ley que autoriza el Crédito Suplementario y Transfe- rencia de Partidas en el Presupuesto del Sector Público del Año Fiscal 2003, Ley Nº 28019. d. Ley de Bases de la Descentralización, Ley Nº 27783. e. Ley Orgánica de Gobiernos Regionales, Ley Nº 27867 y sus modificatorias. 5. DISPOSICIONES GENERALES5.1 De conformidad con lo dispuesto en la Tercera Dis- posición Complementaria y Transitoria de la Ley Nº 28019, los Titulares de los Gobiernos Regionales podrán incorpo- rar en sus respectivos presupuestos los recursos prove- nientes de las Operaciones Oficiales de Crédito Interno que