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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G34/G32/G36/G35 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, sábado 1 de noviembre de 2003 conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que fue otorgado; Que mediante Resolución Ministerial Nº 140-95-PE del 31 de marzo de 1995, se otorgó permiso de pesca a plazo determinado, entre otros, a CONSORCIO PESQUERO CAROLINA S.A., para operar la embarcación pesquera de bandera nacional “MAR ROJO”, con matrícula Nº CE-0229- PM, para la extracción de recursos hidrobiológicos de con- sumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano, fuera de las cinco (5) millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud mínima de malla de 1/2 pulgada (13 mm.); Que a través de los escritos del visto, ALEXANDRA S.A.C. solicita el cambio de titular del permiso de pesca de la embarcación pesquera “MAR ROJO”, con matrícula Nº CE-0229-PM y modificación de la resolución autoritativa que otorgó permiso de pesca para operar la mencionada embarcación, en el extremo referido al nombre de la em- barcación cambiándolo por el de “SIMY 4”, en su calidad de propietaria de dicha embarcación, conforme consta en el Certificado Compendioso de Dominio presentado; Que de la evaluación efectuada a los documentos que obran en el expediente, se ha determinado que la empresa recurrente ha cumplido con presentar los requisitos esta- blecidos en los procedimientos Nº 6 y Nº 19-A del Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Producción, aprobado por Decreto Supremo Nº 004- 2002-PE, por lo que resulta procedente aprobar el cambio de titular del permiso de pesca solicitado y la modificación de cambio de nombre de la embarcación pesquera “MAR ROJO” por el de “SIMY 4”; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero mediante Informe Nº 005-2003- PRODUCE/DNEPP-CHI y su ampliación del 10 de enero y 20 de mayo de 2003, respectivamente y contando con la opinión favorable de la Oficina General de Asesoria Jurídi- ca; y, De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 -Ley General de Pesca-, su Reglamento aproba- do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de la Pro- ducción, aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE; SE RESUELVE: Artículo 1º .- Aprobar el cambio de titular del permiso de pesca para operar la embarcación pesquera que se in- dica a continuación, en los mismos términos y condiciones en que fuera otorgado, así como la modificación de la reso- lución autoritativa en el extremo referido al nombre de la embarcación: Permiso de Pesca Nuevo Titular del Nuevo Nombre Número de Cap. de Permiso de Pesca Embarcación Matrícula Bodega Resolución Fecha(m3) R.M. Nº 31-3-95 ALEXANDRA S.A.C. SIMY 4 CE-0229-PM 372.60 140-95-PE (ex MAR ROJO) Artículo 2º.- Dejar sin efecto la titularidad del permiso de pesca otorgado a CONSORCIO PESQUERO CAROLI- NA S.A., para operar la embarcación pesquera “SIMY 4” (ex MAR ROJO) de matrícula Nº CE-0229-PM, a través de la Resolución Ministerial Nº 140-95-PE. Artículo 3º.- Excluir a CONSORCIO PESQUERO CA- ROLINA S.A. como titular del permiso de pesca otorgado para operar la embarcación pesquera “SIMY 4” (ex MAR ROJO) de matrícula Nº CE-0229-PM, del Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE y del lite- ral A) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 284-2003- PRODUCE. Artículo 4º.- Incorporar a ALEXANDRA S.A.C. como titular del permiso de pesca otorgado para operar la em- barcación pesquera “SIMY 4” (ex MAR ROJO) de matrícu- la Nº CE-0229-PM y la presente Resolución, en el Anexo III de la Resolución Ministerial Nº 229-2002-PRODUCE y en el literal A) del Anexo I de la Resolución Ministerial Nº 284-2003-PRODUCE. Artículo 5º.- Transcribir la presente Resolución Direc- toral a la Dirección General de Capitanías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, a las Direcciones Regionales de Pesquería de Tumbes, Piura, Lambayeque, La Libertad, Ancash, Ica, Arequipa, Moquegua y Tacna y a la DirecciónNacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministe- rio de la Producción. Regístrese, comuníquese y publíquese.FLOR MARÍA ALVARADO BARRIGA Directora Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero 19981 RESOLUCIÓN DIRECTORAL Nº 330-2003-PRODUCE/DNEPP Lima, 2 de octubre del 2003 Vistos los escritos con Registro Nº CE-04596002 del 6 de mayo y 8 de agosto de 2003, presentados por la empre- sa TECNOLÓGICA DE ALIMENTOS S.A. CONSIDERANDO: Que el artículo 34º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001- PE, establece que el permiso de pesca es indesligable de la embarcación a la que corresponde. La transferencia de la propiedad o posesión de las embarcaciones pesqueras de bandera nacional durante la vigencia del permiso de pesca conlleva la transferencia de dicho permiso en los mismos términos y condiciones en que se otorgaron; Que mediante Resolución Ministerial Nº 631-97-PE del 20 de octubre de 1997, se otorgó a la empresa Consorcio Pesquero Carolina S.A. permiso de pesca para operar la embarcación pesquera SEBASTIÁN (ex PLAVNIK) con matrícula Nº CE-16114-PM, de 630.30 m3 de capacidad de bodega, para la extracción de los recursos hidrobiológi- cos anchoveta y sardina con destino al consumo humano indirecto, en el ámbito del litoral peruano y fuera de las cin- co millas costeras utilizando redes de cerco con longitud mínima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm.); Que a través de los escritos del visto, la empresa TEC- NOLÓGICA DE ALIMENTOS S.A., solicita el cambio de titular del permiso de pesca a que se refiere el consideran- do precedente, así como también la modificación de la re- solución autoritativa, por el cambio de nombre de la em- barcación SEBASTIÁN (ex PLAVNIK) con matrícula Nº CE- 16114-PM, por el nombre de “TASA 61”, al haber adquirido la propiedad de la citada embarcación pesquera de mayor escala, conforme consta en el Certificado Compendioso de Dominio presentado; Que de la evaluación efectuada a los documentos pre- sentados que obran en el expediente administrativo, se ha determinado que la embarcación pesquera “TASA 61” (ex SEBASTIÁN, ex PLAVNIK) con matrícula CE-16114-PM, no presenta modificaciones de orden estructural que pu- dieran inducir que se hubiera incrementado la capacidad de bodega, sin embargo de acuerdo al arqueo neto de 150.50, determinado por la Dirección General de Capita- nías y Guardacostas del Ministerio de Defensa, la señala- da embarcación pesquera tiene una capacidad de bodega de 589.26 m3, por lo que habiendo cumplido el recurrente con presentar los requisitos establecidos en los procedi- mientos Nº 6 y Nº 19 - literal A, del Texto Único de Procedi- mientos Administrativos del Ministerio de Pesquería (ac- tualmente Ministerio de la Producción) aprobado por De- creto Supremo Nº 004-2002-PE, resulta procedente apro- bar el cambio de titular del permiso de pesca solicitado, así como la modificación del nombre de la embarcación pes- quera de SEBASTIÁN (ex PLAVNIK) por el de “TASA 61”; Estando a lo informado por la Dirección de Consumo Humano Indirecto de la Dirección Nacional de Extracción y Procesamiento Pesquero mediante el Informe Nº 288- 2003-PRODUCE/DNEPP-Dchi y con la visación de la Ofi- cina General de Asesoría Jurídica; De conformidad con lo establecido por el Decreto Ley Nº 25977 – Ley General de Pesca, su Reglamento aproba- do por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE y el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pes- quería (actualmente Ministerio de la Producción) aprobado por Decreto Supremo Nº 004-2002-PE; y, En uso de las facultades conferidas por el artículo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca y el literal c) del artículo 21º del Reglamento de Organización y Funcio-