Norma Legal Oficial del día 01 de noviembre del año 2003 (01/11/2003)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, sabado 1 de noviembre de 2003

MORDAZA MORDAZA interponen recurso de reconsideracion contra Resolucion Directoral Nº 183-2003-PRODUCE/DNEPP que declaro improcedente la solicitud de permiso de pesca para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada "FLORA I" de matricula Nº CO-16806CM, con Arqueo Neto de 26.24 equivalente a 109.00 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta para el consumo humano indirecto; Que de la evaluacion efectuada a los documentos alcanzados por los recurrentes, se ha determinado que los recurrentes han cumplido con acreditar haber realizado esfuerzo pesquero respecto el recurso hidrobiologico anchoveta, a traves de la MORDAZA de Operatividad, emitida por la Subgerencia de Produccion de la Empresa Nacional Pesquera S.A. - PESCA PERU, con fecha 5 de febrero de 1997 y de la MORDAZA de Desembarque de Materia Prima, emitida por Instalaciones Electromecanicas Norte S.A. - INORSA, con fecha 16 de enero de 1999; y ademas han cumplido con presentar los demas requisitos procesales y sustantivos establecidos por la Ley Nº 26920, su Reglamento, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 003-98PE, modificado por los Decretos Supremos Nº 004-2002PRODUCE y Nº 005-2002-PRODUCE, y sus respectivas normas complementarias, por lo que resulta procedente otorgar el derecho administrativo solicitado, precisando que en virtud a lo establecido por el tercer considerando de la presente resolucion, procede otorgar el permiso de pesca para la extraccion del recurso anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto; Estando a lo informado por la Direccion de Consumo Humano Indirecto de la Direccion Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero, mediante Informe Nº 373-2003PRODUCE/DNEPP-Dchi, y con la visacion de la Oficina General de Asesoria Juridica; De conformidad con lo establecido en la Ley Nº 26920, su Reglamento aprobado por Decreto Supremo Nº 00398-PE, modificado por los Decretos Supremos Nº 003-2000PE, Nº 004-2002-PRODUCE y Nº 005-2002-PRODUCE, la Resolucion Ministerial Nº 130-2002-PRODUCE y demas normas complementarias, el Texto Unico de Procedimientos Administrativos del Ministerio de Pesqueria (actualmente Ministerio de la Produccion), aprobado mediante Decreto Supremo Nº 004-2002-PE, los Decretos Supremos Nº 012-2001-PE y Nº 007-2002-PRODUCE, la Resolucion Ministerial Nº 127-2003-PRODUCE, y la Ley Nº 27444 Ley del Procedimiento Administrativo General; y, En uso de las facultades conferidas por el articulo 118º del Reglamento de la Ley General de Pesca aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PE; SE RESUELVE: Articulo 1º.- Declarar fundado el recurso de reconsideracion interpuesto por los senores MORDAZA WILMER MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA contra la Resolucion Directoral Nº 183-2003/ DNEPP, por los fundamentos expuestos en la parte considerativa de la presente Resolucion. Articulo 2º.- Otorgar permiso de pesca a los senores MORDAZA WILMER MORDAZA MORDAZA y MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA, para operar la embarcacion pesquera de MORDAZA denominada "FLORA I" de matricula Nº CO-16806-CM, de Arqueo Neto 26.24 equivalente a 109.00 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion del recurso hidrobiologico anchoveta con destino al consumo humano directo e indirecto, con uso de MORDAZA con hielo como medio de preservacion a bordo, y utilizando red de cerco con longitud minima de abertura de malla de ½ pulgada (13 mm.), en el ambito del litoral peruano y fuera de las cinco (5) millas marinas adyacentes a la costa. Articulo 3º.- Conforme a los articulos 1º y 2º de la Resolucion Ministerial Nº 127-2003-PRODUCE, y hasta que se concluya con el MORDAZA de implementacion del Sistema de Seguimiento Satelital en las embarcaciones pesqueras con permiso de pesca vigente obtenido al MORDAZA de la Ley Nº 26920, los armadores de la embarcacion citada en el articulo 1º de la presente Resolucion estan obligados a solicitar, previo a cada zarpe con fines de pesca, el embarque de un inspector acreditado, de acuerdo a las disposiciones que se establezcan por Resolucion Ministerial. Articulo 4º.- El permiso de pesca otorgado en el articulo 1º de la presente Resolucion, queda sujeto a lo dispuesto en la Ley Nº 26920, su Reglamento aprobado me-

diante Decreto Supremo Nº 003-98-PE, modificado por los Decretos Supremos Nº 003-2000-PE, Nº 004-2002-PRODUCE y Nº 005-2002-PRODUCE, la Resolucion Ministerial Nº 130-2002-PRODUCE, normas de sanidad, normas de proteccion del medio ambiente, asi como demas normas complementarias del ordenamiento juridico pesquero nacional. Articulo 5º.- La vigencia del permiso de pesca otorgado por la presente Resolucion esta supeditada a la operatividad de la embarcacion pesquera, a la realizacion de actividad extractiva en el ejercicio previo, al embarque de un inspector acreditado conforme al articulo 3º de la presente resolucion o a la instalacion del Sistema de Seguimiento Satelital - SISESAT a bordo de la referida embarcacion, cuando corresponda, y al pago por concepto de derechos de pesca que acrediten los armadores con la respectiva MORDAZA, el mismo que sera abonado por los armadores pesqueros conforme a lo establecido por el Decreto Supremo Nº 012-2001-PE, Decreto Supremo Nº 007-2002PRODUCE y las normas que lo modifiquen o sustituyan, y cuyo incumplimiento sera causal de suspension o caducidad del derecho otorgado segun corresponda. Articulo 6º.- Incorporar el permiso de pesca otorgado para operar la embarcacion pesquera "FLORA I" de matricula Nº CO-16806-CM, a traves de la presente Resolucion, en el literal J) del Anexo I de la Resolucion Ministerial Nº 285-2003-PRODUCE. Articulo 7º.- Transcribir la presente Resolucion Directoral a la Direccion Nacional de Seguimiento, Control y Vigilancia del Ministerio de la Produccion, a la Direccion General de Capitanias y Guardacostas del Ministerio de Defensa y a las Direcciones Regionales de Pesqueria de Tumbes, MORDAZA, MORDAZA, La MORDAZA, MORDAZA, Ica, MORDAZA, MORDAZA y Tacna. Registrese, comuniquese y publiquese. MORDAZA MORDAZA MORDAZA MORDAZA Directora Nacional de Extraccion y Procesamiento Pesquero 19977

Otorgan a personas juridicas autorizacion de incremento de flota para ampliar la capacidad de bodega de diversas embarcaciones, para extraer recursos anchoveta, sardina y jurel para consumo humano
RESOLUCION DIRECTORAL Nº 323-2003-PRODUCE/DNEPP MORDAZA, 25 de setiembre del 2003 Visto el escrito de registro Nº CE-10511001 del 22 de setiembre de 2003, presentado por INMOBILIARIA DEL MORDAZA S.A. y DAYANA MORDAZA FERNANDEZ; CONSIDERANDO: Que por Resolucion Ministerial Nº 180-95-PE del 3 de MORDAZA de 1995, se otorgo permiso de pesca, entre otros, a PEEA PESQUERA CRISTO MORDAZA S.R.L., para operar la embarcacion de mayor escala denominada "AMAZONAS 7", de matricula CE-2452-PM, de 198.00 m3 de capacidad de bodega, en la extraccion de recursos hidrobiologicos con destino al consumo humano indirecto en el ambito del litoral peruano fuera de las cinco millas costeras, utilizando redes de cerco con longitud minima de malla de ½ pulgada (13 mm.); Que mediante Resolucion Directoral Nº 254-2003-PRODUCE/DNEPP, del 22 de agosto de 2003, se aprobo el cambio de titular del permiso de pesca otorgado mediante Resolucion Ministerial Nº 180-95-PE, a favor de la empresa INMOBILIARIA DEL MORDAZA S.A., para operar la embarcacion pesquera "AMAZONAS 7", de matricula CE2452-PM, de 198.00 m3 de capacidad de bodega; Que segun Resolucion Directoral Nº 308-2003-PRODUCE/DNEPP, del 17 de setiembre de 2003, se modifica la autorizacion de incremento de flota otorgada por Resolu-

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