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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2003 (04/09/2003)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 45

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G35/G30/G37/G39/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 4 de setiembre de 2003 Que, conforme se desprende del Recibo de Acota- ción Nº 03580, la empresa Aero Continente S.A. ha cum- plido con el pago del derecho de tramitación correspon- diente al Procedimiento a que se refiere el considerando anterior; Que, el referido pago está destinado a cubrir los cos- tos del respectivo viaje de inspección, el cual es íntegramente financiado por la empresa operadora, in- cluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto, de lo que se concluye que dicho viaje no afecta el erario del Estado; Que, no obstante ello, formalmente, se considera que di- cho viaje se realiza con cargo al Presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, por cuanto el pago de los respectivos gastos se efectúa a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Ins- pección Nº 1212-2003-MTC/12.04-SDO designando al Inspector Víctor Manuel Suárez Llaque para realizar la inspección técnica a la estación de la empresa Aero Con- tinente S.A. en la ciudad de San Juan de Puerto Rico, Puerto Rico, como parte del proceso de certificación de sus operaciones aéreas internacionales, durante los días 14 al 16 de setiembre de 2003; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje del referido Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las fun- ciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar la inspección técnica a que se contrae la Orden de Inspección Nº 1212-2003-MTC/12.04-SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, los Decretos de Urgencia Nº 017-2003 y Nº 019-2003 y el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Autorizar el viaje del señor Víctor Ma- nuel Suárez Llaque, Inspector de la Dirección General de Aeronáutica Civil del Ministerio de Transportes y Comu- nicaciones, a la ciudad de San Juan de Puerto Rico, Puer- to Rico, durante los días 14 al 16 de setiembre de 2003, para los fines a que se contrae la parte considerativa de la presente Resolución. Artículo 2º.- El gasto que demande el viaje autoriza- do precedentemente, será con cargo al presupuesto del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, habiendo sido íntegramente cubierto por la empresa Aero Conti- nente S.A. a través del Recibo de Acotación Nº 03580, de acuerdo al siguiente detalle: Viáticos US$ 720.00 Tarifa por Uso de Aeropuerto US$ 28.24 Artículo 3º.- Conforme a lo dispuesto por el artículo 10º del Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, el Inspector mencionado en el artículo 1º de la presente Resolución Ministerial, dentro de los quince (15) días calendario si- guientes de efectuado el viaje, deberá presentar un infor- me al Despacho Ministerial y a la Oficina General de Administración del Ministerio de Transportes y Comuni- caciones, describiendo las acciones realizadas y los re- sultados obtenidos durante el viaje autorizado. Artículo 4º.- La presente Resolución Ministerial no dará derecho a exoneración o liberación de impuestos o derechos aduaneros, cualquiera fuera su clase o denomi- nación. Regístrese, comuníquese y publíquese. EDUARDO IRIARTE JIMÉNEZ Ministro de Transportes y Comunicaciones 16282 RESOLUCIÓN MINISTERIAL Nº 697-2003-MTC/02 Lima, 28 de agosto de 2003 CONSIDERANDO: Que, la Ley Nº 27619 que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos,en concordancia con sus normas reglamentarias aproba- das por Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, establece que para el caso de los servidores y funcionarios públi- cos de los Ministerios, entre otras entidades, la autoriza- ción de viaje se otorgará por Resolución Ministerial del respectivo Sector, la que deberá ser publicada en el Dia- rio Oficial El Peruano con anterioridad al viaje, con ex- cepción de las autorizaciones de viajes que no irroguen gastos al Estado; Que, la Ley Nº 27261 - Ley de Aeronáutica Civil del Perú, establece que la Autoridad Aeronáutica Civil es ejer- cida por la Dirección General de Aeronáutica Civil como dependencia especializada del Ministerio de Transportes y Comunicaciones; Que, la Dirección General de Aeronáutica Civil, a fin de cumplir con los estándares internacionales aeronáuti- cos establecidos en el Convenio de Chicago sobre Avia- ción Civil y poder mantener la calificación de Categoría - I otorgada al Perú por la Organización de Aviación Civil Internacional, debe mantener un programa anual de vigi- lancia sobre la seguridad operacional a través de la eje- cución de inspecciones técnicas a los explotadores aé- reos en el país, basado en las disposiciones estableci- das en el citado Convenio y en los estándares de la Or- ganización de Aviación Civil Internacional; Que, el Reglamento de la Ley de Aeronáutica Civil, aprobado por Decreto Supremo Nº 050-2001-MTC, en su artículo 14º establece que los Inspectores debidamente identificados a que refiere la Ley son competentes, se- gún su especialidad, para verificar las capacidades exigi- das a los titulares de las autorizaciones para realizar ac- tividades de aeronáutica civil; Que, el cumplimiento de los procedimientos aproba- dos para el desarrollo de las operaciones aéreas dentro de los estándares de seguridad internacionales por par- te de los tripulantes de cabina, se evalúa, entre otras for- mas, a través de chequeos técnicos en la aeronave; Que, con Carta ACQ JINST 562-2003, del 14 de agos- to del 2003, en el marco del Procedimiento Nº 5 de la sección correspondiente a la Dirección General de Aero- náutica Civil (Evaluación de Personal), establecido en el Texto Único de Procedimientos Administrativos del Mi- nisterio de Transportes y Comunicaciones, aprobado por Decreto Supremo Nº 008-2002-MTC, la empresa Aero Continente S.A. solicita a la Dirección General de Aero- náutica Civil, efectuar el chequeo técnico en el equipo Boeing 767 en la ruta Lima-Miami-Lima, de sus tripulan- tes auxiliares Ingrid Hummel y Rosa Elvira Iraola, duran- te los días 15 al 17 de setiembre de 2003; Que, conforme se desprende de los Recibos de Acota- ción Nºs. 03648, 03241 y 02306, la solicitante ha cumpli- do con el pago del derecho de tramitación correspondiente al Procedimiento a que se refiere el considerando ante- rior; Que, el referido pago está destinado a cubrir los cos- tos del respectivo viaje de Inspección, el cual es íntegramente financiado por la empresa operadora, in- cluyendo el pago de los viáticos y la Tarifa Única de Uso de Aeropuerto, de lo que se concluye que dicho viaje no afecta el erario del Estado; Que, no obstante ello, formalmente, se considera que dicho viaje se realiza con cargo al Presupuesto del Mi- nisterio de Transportes y Comunicaciones, por cuanto el pago de los respectivos gastos se efectúa a la Dirección de Tesorería del Ministerio de Transportes y Comunica- ciones; Que, la Dirección de Seguridad Aérea de la Dirección General de Aeronáutica Civil, ha emitido la Orden de Ins- pección Nº 1229-2003-MTC/12.04-SDO designando a la Inspectora Patricia Victoria Mc Callum Luján para reali- zar chequeos técnicos en el equipo Boeing 767 al perso- nal aeronáutico propuesto por la empresa Aero Conti- nente S.A., en la ruta Lima-Miami-Lima, durante los días 15 al 17 de setiembre de 2003; Que, por lo expuesto, resulta necesario autorizar el viaje de la referida Inspectora de la Dirección General de Aeronáutica Civil para que, en cumplimiento de las fun- ciones que le asigna la Ley Nº 27261 y su Reglamento, pueda realizar los chequeos técnicos en ruta a que se contrae la Orden de Inspección Nº 1229-2003-MTC/12.04- SDO; De conformidad con la Ley Nº 27261, Ley Nº 27619, los Decretos de Urgencia Nº 017-2003 y Nº 019-2003 y Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM;