Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2004 (20/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 33

MORDAZA, viernes 20 de agosto de 2004

NORMAS LEGALES

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a estos sin el requisito de la aprobacion previa del Congreso; DECRETA: Articulo 1º.- Ratificase el "Convenio de Donacion de Objetivo Estrategico entre la Republica del Peru y el Gobierno de los Estados Unidos de MORDAZA para una Mejor Salud para Poblaciones en Alto Riesgo" suscrito en la MORDAZA de MORDAZA, Republica del Peru, el 30 de setiembre de 2003. Articulo 2º.- Dese cuenta al Congreso de la Republica. Dado en la MORDAZA de Gobierno, en MORDAZA, a los trece dias del mes de agosto del ano dos mil cuatro. MORDAZA MORDAZA Presidente Constitucional de la Republica MORDAZA MORDAZA MORDAZA Ministro de Relaciones Exteriores Convenio de Donacion de USAID Nº 527-0412 CONVENIO DE DONACION DE OBJETIVO ESTRATEGICO ENTRE LA REPUBLICA DEL PERU Y EL GOBIERNO DE LOS ESTADOS UNIDOS DE MORDAZA PARA UNA MEJOR SALUD PARA POBLACIONES EN ALTO RIESGO Fecha: 30 de setiembre del 2003 Codificacion Contable: CONVENIO DE DONACION DE OBJETIVO ESTRATEGICO, de fecha 30 de setiembre del 2003, entre la Republica del Peru (el "Donatario") y los Estados Unidos de MORDAZA, actuando a traves de la Agencia de los Estados Unidos para el Desarrollo Internacional ("USAID"): Articulo 1. Proposito El proposito de este Convenio de Donacion de Objetivo Estrategico ("Convenio") es establecer el entendimiento entre las Partes arriba nombradas ("las Partes") con relacion al Objetivo Estrategico descrito a continuacion. Articulo 2. Objetivo Estrategico y Resultados Seccion 2.1. Objetivo Estrategico. El Objetivo Estrategico ("Objetivo") que es "Una Mejor Salud para Poblaciones en Alto Riesgo" esta dirigido a mejorar la salud de las poblaciones de alto riesgo. Seccion 2.2 Resultados. A fin de alcanzar el Objetivo, las Partes convienen en trabajar conjuntamente para lograr los siguientes Resultados Intermedios: (1) Servicios de Salud de Calidad Accesibles y Utilizados (2) Las Personas Practican Comportamientos Saludables (3) Politicas y Programas del Sector Salud que Responden a las Necesidades de Salud. Seccion 2.3. Anexo 1, Descripcion Ampliada. El Anexo 1 adjunto al presente Convenio amplia los Resultados y Objetivo del Convenio. Dentro de los limites de la definicion del Objetivo de la Seccion 2.1 y los resultados en la Seccion 2.2, el Anexo 1 puede ser modificado mediante acuerdo escrito de los representantes autorizados de las Partes sin una enmienda formal a este Convenio.

Articulo 3. Contribuciones de las Partes Seccion 3.1. Contribucion de USAID (a) La Donacion. Para ayudar a lograr el Objetivo Estrategico establecido en este Convenio, USAID, de conformidad con la Ley de Ayuda al Exterior de 1961, por el presente Convenio, otorga al Donatario bajo los terminos del Convenio hasta un total que no exceda la suma de Quinientos Setenta y Cuatro Mil Novecientos Veinticinco Dolares de los Estados Unidos ($ 574,925) ("la Donacion"). b) Contribucion Total Estimada de USAID. La contribucion total estimada de USAID para el logro del Objetivo Estrategico sera de Cinco Millones de Dolares Americanos (US$ 5,000,000) que seran proporcionados en incrementos. Los incrementos subsiguientes estaran sujetos a las disponibilidad de fondos de USAID para este proposito y al acuerdo mutuo de las Partes, en el momento en que proceda el incremento subsiguiente. (c) Si en cualquier momento USAID determinara que su contribucion tal como se describe en la Seccion 3.1 (a) excede la suma que razonablemente se puede comprometer para el logro del Objetivo Estrategico o Resultado o actividades durante el ano fiscal correspondiente, USAID puede, mediante notificacion por escrito al Donatario, retirar la suma considerada en exceso de los requerimientos, reduciendo por consiguiente la suma de la Donacion estipulada en la Seccion 3.1 (a). Las acciones tomadas de conformidad con esta subseccion no modificaran el total estimado de la contribucion de USAID establecido en la Seccion 3.1 (b) anteriormente mencionada. (d) Adquisicion directa de USAID. Salvo que las Partes hayan acordado lo contrario, USAID aprobara directamente convenios con agencias ejecutoras segun sea apropiado, para contribuir al logro del objetivo estrategico y resultados especificados. La adquisicion de bienes y servicios por USAID, el manejo de los instrumentos de compra y la provision de pagos bajo estos convenios, seran de acuerdo con las regulaciones, politicas y leyes aplicables de USAID. (e) Agencias ejecutoras. Todos los fondos de USAID obligados bajo este convenio seran comprometidos y desembolsados directamente por USAID a las agencias ejecutoras a traves de contratos, donaciones, u otros instrumentos de compromiso de fondos, determinados apropiadamente por USAID. Los desembolsos directos de USAID a las agencias ejecutoras estan sujetos a los terminos de la auditoria financiera de la Seccion B.5 del Anexo 2 del Convenio. Cada receptor de los desembolsos directos de USAID es responsable de mantener libros adecuados y archivos para demostrar el cumplimiento contable como se especifica en la Seccion B.5 del Anexo 2. Seccion 3.2. Contribucion del Donatario (a) El Donatario acuerda proporcionar o hacer que se proporcionen todos los fondos, ademas de aquellos proporcionados por USAID y cualquier otro donante identificado en el Anexo 1, y todos los demas recursos necesarios para completar, en la Fecha de Terminacion o MORDAZA de la misma, todas las actividades necesarias para lograr el Resultado Intermedio. (b) La contribucion total del Donatario en conexion con las actividades planificadas del sector publico bajo el convenio no sera menor al equivalente de Un Millon Setecientos Mil Dolares de los Estados Unidos ($ 1,700,000), incluyendo contribuciones en especie. (c) La contribucion, basada en la contribucion de USAID en la seccion 3.1 (a), sera aproximadamente al equivalente de US$ 192,000, incluyendo contribuciones en especie. La Contribucion Total Estimada Planeada para el Objetivo sera aproximadamente el equivalente a US$ 1,700,000, incluyendo contribuciones en especie, y sujeto al mutuo acuerdo de las Partes. (d) El Donatario informara al menos una vez al ano en un formato acordado con USAID sobre las contribucion en efectivo y en especie del Gobierno del Peru. Articulo 4. Fecha de Terminacion (a) La Fecha de Terminacion de este Convenio que es el 30 de setiembre del 2007, o cualquier otra fecha que

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