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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 20 DE AGOSTO DEL AÑO 2004 (20/08/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 30

PÆg. 274888 NORMAS LEGALES Lima, viernes 20 de agosto de 2004 Que, en tal sentido, la Ley Nº 27635 permitió que las transacciones estatales se efectúen a través de la Bolsade Productos para realizar adquisiciones de bienes y con-tratación de servicios; Que, mediante la Resolución Jefatural Nº 006-2004- PRONAA/ J de fecha 30 de enero de 2004, se aprobó elPlan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Progra-ma Nacional de Asistencia Alimentaria – PRONAA para elEjercicio Presupuestal 2004; Que mediante la Resolución Jefatural Nº 055-2004- PRONAA/J de fecha 15 de marzo de 2004, fue modificadoel Plan Anual al que se refiere el considerando anteriorincluyendo adquisiciones de alimentos a gestionarse a tra-vés de la Bolsa de Productos durante los meses de marzo,mayo, junio, julio y agosto de 2004, por un valor estimadototal ascendiente a S/. 105´278,927.57 (Ciento Cinco Mi-llones Doscientos Setenta y Ocho Mil Novecientos Veinti-siete y 57/100 Nuevos Soles); Que, mediante la Resolución Directoral Nº 008-2004- PRONAA/DE de fecha 16 de abril de 2004, se modificó elPlan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del PRO-NAA, excluyendo la adquisición de azúcar rubia por el va-lor estimado ascendiente a S/. 1´222,319.70 (Un MillónDoscientos Veintidós Mil Trescientos Diecinueve y 70/100Nuevos Soles); y la inclusión de la adquisición de dichoproducto por el valor ascendiente a S/. 840,783.33 (Ocho-cientos Cuarenta Mil Setecientos Ochenta y Tres y 33/100Nuevos Soles), a gestionarse a través de la Bolsa de Pro-ductos; Que, a través de la Resolución Directoral Nº 090- 2004-PRONAA/DE de fecha 01 de julio de 2004, se mo-dificó el Plan Anual de Adquisiciones y Contratacionesde PRONAA, excluyendo las adquisiciones de azúcarrubia por un valor estimado ascendiente a S/.929,974.17 (Novecientos Veintinueve Mil NovecientosSetenta y Cuatro y 17/100 Nuevos Soles), con proba-ble fecha de convocatoria para el mes de mayo; y porun valor estimado ascendiente a S/. 853,074.41 (Ocho-cientos Cincuenta y Tres mil Setenta y Cuatro y 41/100Nuevos Soles), con fecha de probable convocatoria enel mes de agosto, a gestionarse a través de la Bolsa deProductos; Que, asimismo, por Resolución Directoral Nº 104-2004- PRONAA/DE de fecha 12 de julio de 2004, se modificó elPlan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del PRO-NAA, incluyendo la adquisición de conserva de grated depescado en agua y sal, por un valor estimado ascendientea S/. 2´032,986.10 (Dos Millones Treinta y Dos Mil Nove-cientos Ochenta y Seis y 10 /100 Nuevos Soles); y aceitevegetal, por un valor estimado ascendiente a S/.1´089,097.41 (Un millón Ochenta y Nueve Mil Noventa ySiete y 41/100 Nuevos Soles), ambos a gestionarse a tra-vés de la Bolsa de Productos; Que, en consecuencia, las adquisiciones a través de la Bolsa de Productos que fueron programadas en el PlanAnual de Adquisiciones y Contrataciones del ProgramaNacional de Asistencia Alimentaria- PRONAA, asciendenal valor estimado total de S/. 106´236,426.13 (Ciento SeisMillones Doscientos Treinta y Seis Mil Cuatrocientos Vein-tiséis y 13/100 Nuevos Soles); Que, mediante Resolución del Tribunal Constitucional publicada el 14 de julio de 2004 en el Diario Oficial El Pe-ruano, se declaró fundada la acción de inconstitucionali-dad interpuesta por el Colegio Farmacéutico Departamen-tal de Lima contra Tercera Disposición Final de la Ley Nº27635, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 16 deenero de 2002, por contravenir lo dispuesto en el artículo76º de la Constitución Política del Perú; y en consecuenciaineficaz dicho dispositivo; Que, a través de Resolución publicada el 30 de julio de 2004 en el Diario Oficial El Peruano, el Tribunal Constitu-cional aclaró de oficio la Resolución a la que se refiere elconsiderando anterior precisando que con respecto a lasoperaciones que se encontraban en trámite en la Bolsa deProductos antes de la publicación de dicha sentencia, pue-de proseguir el trámite de las mismas si es que a esa fechase encontraba firmada la minuta de propuestas de opera-ciones, pues este momento acredita el nacimiento de com-promisos y consecuencias jurídicas anteriores a la decla-ratoria de inconstitucionalidad; y asimismo que ningunanorma previa a la aludida sentencia, emitida por el TribunalConstitucional; Que, al haber devenido en imposible efectuar las ad- quisiciones de alimentos programadas por la Entidad a tra-vés de la Bolsa de Productos, resulta necesario que seefectúe la modificación al Plan Anual de Adquisiciones yContrataciones del Programa Nacional de Asistencia Ali-mentaria – PRONAA para el Ejercicio Presupuestal 2004; Que, mediante Informe Nº 999-2004-MIMDES-PRO- NAA/GT, complementado con el Informe Nº 1073-2004-MI-MDES-PRONAA/GT, Gerencia Técnica propone a Direc-ción Ejecutiva que la adquisición de alimentos a realizarsede acuerdo con lo dispuesto en el Texto Único Ordenadode la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado,aprobado por Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM y suReglamento, aprobado por Decreto Supremo Nº 013-2001-PCM, se efectúe por ámbitos de distribución, producción ynacional; Que, de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 8º del Reglamento del Texto Único Ordenado de la Ley de Con-trataciones y Adquisiciones del Estado, aprobado por De-creto Supremo Nº 013-2001-PCM, las Licitaciones Pú-blicas, Concursos Públicos y Adjudicaciones Directasno contenidos en el Plan Anual deberán ser aprobadospor el Titular del Pliego o la máxima autoridad adminis-trativa de la Entidad, según corresponda, para su inclu-sión en el mismo, lo cual deberá informarse al CONSU-CODE dentro de los diez (10) días hábiles siguientes adicha aprobación; a su vez, las inclusiones y exclusio-nes de los procesos de selección serán comunicadas ala Comisión de Promoción de la Pequeña y Microempre-sa-PROMPYME, dentro del mismo plazo, dando cuentaal CONSUCODE; Que, el numeral 7. De las Modificaciones al Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones del Título VI.Disposiciones Específicas de la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE “Plan Anual de Adquisiciones y Contra-taciones” y su Anexo Nº 1. Plan Anual de Adquisicio-nes y Contrataciones, aprobados por Resolución Nº380-2003-CONSUCODE-PRE, publicados el 3 y 8 deenero de 2004, respectivamente, modificados por Re-solución Nº 019-2004-CONSUCODE-PRE, establece,entre otros, que el Plan Anual de Adquisiciones y Con-trataciones del Estado podrá ser modificado en cual-quier momento, durante el decurso del ejercicio presu-puestal, siempre que se produzca una reprogramaciónde las metas institucionales propuestas o una modifi-cación del presupuesto institucional, debiendo aprobar-se dicha modificación mediante instrumento emitido porel Titular del Pliego o la máxima autoridad administrati-va de la Entidad, según corresponda, sin necesidad deproceder a la publicación en el Diario Oficial El Perua-no en caso que las Entidades actualicen la información,referida a su Plan Anual de Adquisiciones y Contrata-ciones-PAAC, a través del Sistema de Información so-bre Contrataciones y Adquisiciones del Estado dentrode los diez (10) días hábiles siguientes a la modifica-ción, bastando que se remita una comunicación porescrito al CONSUCODE, adjuntando copia del instru-mento que aprueba el PAAC dentro de los diez (10) díashábiles siguientes a la fecha de su aprobación; Que, atendiendo a los fundamentos expuestos en los considerandos anteriores, resulta necesario formalizar laexclusión del Plan Anual de Adquisiciones y Contratacio-nes del PRONAA para el Ejercicio Presupuestal 2004, delas adquisiciones inicialmente programadas gestionarsea través de la Bolsa de Productos, así como formalizar lainclusión de los procesos de selección que correspon-dan; Que, conforme se advierte de lo dispuesto en el se- gundo párrafo de la Sétima Disposición Transitoria de laLey Nº 28128 - Ley de Presupuesto del Sector Públicopara el Año Fiscal 2004, para efectos del Texto Único Or-denado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones delEstado y su Reglamento, excepcionalmente, la autoridadde cada una de las Unidades Ejecutoras ejerce las accio-nes que correspondan a la áxima autoridad administrati-va de la entidad en el marco de la citada Ley, quedando elMIMDES impedido de intervenir en los procesos y proce-dimientos de carácter administrativo y de contratacionesy adquisiciones, iniciados o por iniciar, en cada una delas Unidades Ejecutoras comprendidas en dicho precep-to legal; Contando con las visaciones de la Oficina de Adminis- tración, Oficina Jurídica y Oficina de Planificación y Presu-puesto; y, estando a las atribuciones conferidas al DirectorEjecutivo del Programa Nacional de Asistencia Alimenta-ria, acorde al artículo 6º del Decreto Supremo Nº 001-2004-MIMDES; SE RESUELVE:Artículo Primero.- APROBAR la exclusión de las si- guientes adquisiciones: