Norma Legal Oficial del día 20 de agosto del año 2004 (20/08/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 36

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NORMAS LEGALES

MORDAZA, viernes 20 de agosto de 2004

forma constante. En consulta con el MINSA, se estudiara la asistencia tecnica adicional que puede ser adquirida por USAID bajo este Convenio a traves de otros proyectos financiados por USAID.
Cuadro Nº 1 Objetivo Estrategico (OE): Contribuir a Mejorar la Salud de los Peruanos en Alto Riesgo Plan de Financiamiento Ilustrado del Objetivo Estrategico Por Resultados Intermedios y MORDAZA de Financiamiento US$
Ano Fiscal 2003 Resultados Intermedios Costos Tecnicos 1. Servicios de Salud de Calidad Accesibles y Utilizados 2. Las Personas Practican Comportamientos Saludables 3. Politicas y Programas Responden a las Necesidades de Salud USAID Gobierno del Peru Total USAID Total Estimado Gobierno del Peru Total

contratado para el Programa y a otros asuntos relacionados con el Convenio. SECCION B.2. Ejecucion del convenio. El Donatario: (a) Llevara a cabo el Convenio o MORDAZA que este sea llevado a cabo con la debida diligencia y eficacia de conformidad con practicas tecnicas, financieras y de administracion solidas y de conformidad con aquellos documentos, planes, especificaciones, contratos, programas u otros arreglos, y con cualesquier modificaciones de los mismos, aprobados por USAID de acuerdo con el Convenio; y, (b) Proporcionara personal de administracion calificado y con experiencia, y capacitara a aquel personal segun se requiera para el mantenimiento y marcha de las actividades, y, segun sea aplicable para la continuacion de las actividades, MORDAZA que aquellas actividades MORDAZA implementadas y mantenidas en forma tal que se asegure el continuo y exitoso logro del Objetivo y Resultados del Convenio. SECCION B.3. Utilizacion de Bienes y Servicios

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800,000

400,000 1,200,000

374,925

192,000 566,925

1,974,925

900,000 2,874,925

0 374,925

0

-

775,075

400,000 1,175,075

Subtotal
Costos Administrativos 1. Coordinacion 2. Evaluaciones 3. Resumenes Financieros 4. Auditorias

192,000 566,925

3,550,000 1,700,000 5,250,000

200,000 0 0 0

0 200,000 0 0 0 -

1,200,00 150,000 50,000 50,000 1,450,000

0 1,200,000 0 0 0 150,000 50,000 50,000

(a) Cualesquier bienes y servicios financiados bajo este Convenio, a menos que USAID acuerde lo contrario por escrito, seran dedicados al Convenio hasta que este sea completado o terminado, y de ahi en adelante (asi como en cualquier periodo de suspension del Convenio) se utilizara de modo que se pueda ampliar el Objetivo del Convenio y como USAID pueda indicar en Cartas de Ejecucion. (b) Los bienes o servicios financiados bajo este Convenio, a menos que USAID pudiera acordar lo contrario por escrito, no seran utilizados para promover o asistir a un proyecto o actividad de ayuda extranjera asociado con, o financiado por un MORDAZA que no este incluido en el Codigo Geografico 935 vigente en la fecha de tal utilizacion. SECCION B.4. Impuestos (a) Este Convenio y la asistencia bajo el mismo estaran exonerados de impuestos bajo las leyes en vigencia en el territorio del Peru. (b) En caso que USAID pague el Impuesto General a las Ventas y el Impuesto de Promocion Municipal en las adquisiciones de bienes y servicios que demanden la ejecucion de las actividades financiadas bajo este Convenio, el monto de los impuestos pagados seran objeto de devolucion. Para tal efecto, USAID seguira los procedimientos requeridos. (c) En ningun caso las exoneraciones previstas en la Seccion (a) abarcaran impuestos a la renta, contribuciones sociales o impuestos a la propiedad y al consumo de bienes muebles e inmuebles aplicables a individuos, firmas y organizaciones nacionales locales, salvo asi lo dispongan las leyes en vigencia en el territorio del Donatario. (d) En el caso de desacuerdo sobre la aplicacion de una exoneracion, las Partes acuerdan reunirse prontamente para solucionar tales asuntos, guiados por el MORDAZA de que la asistencia proporcionada por USAID contribuira directamente al desarrollo economico del MORDAZA del Donatario. SECCION B.5 Reportes e Informacion, Libros y Registros Contables del Convenio, Auditorias e Inspecciones (a) Reportes e Informacion. El Donatario proporcionara a USAID registros contables y cualquier otra informacion y reportes relacionados con el Convenio cuando razonablemente lo solicite USAID. (b) Libros y Registros Contables del Donatario. El Donatario mantendra libros de contabilidad, registros, documentos y cualquier otra evidencia relacionada con el Convenio, adecuados para mostrar sin limitacion, todos los gastos incurridos por el Donatario bajo el Convenio, la recepcion y uso de los bienes y servicios adquiridos bajo el Convenio por el Donatario, los costos del proyecto sufragados por otras MORDAZA segun acuerdo, la naturaleza y el alcance de convocatorias a proveedores potenciales de bienes y servicios adquiridos por el Donatario, la base para la adjudicacion de contratos y pedidos del Donatario, y el progreso general del Convenio hacia su terminacion ("libros y registros del Convenio"). El donatario debera mantener los libros y registros del Convenio de acuerdo con los principios de contabilidad generalmente aceptados pre-

Subtotal

200,000

0 200,000

0 1,450,000

Costo Total del OE

574,925

192,000 766,925

5,000,000 1,700,000 6,700,000

ANEXO 2 ANEXO DE ESTIPULACIONES STANDARD PARA CONVENIO DE DONACION DE OBJETIVO ESTRATEGICO ARTICULO A. Definiciones y Cartas de Ejecucion SECCION A.1. Definiciones. Segun se emplea en este Anexo, el termino "Convenio" se refiere al Convenio de Donacion para Objetivo Estrategico al que se adjunta este Anexo y del cual forma parte. Los terminos empleados en este Anexo tienen el mismo significado o la misma referencia que los del Convenio. SECCION A.2. Cartas de Ejecucion. Para asistir al Donatario en la ejecucion del Convenio, USAID, de tiempo en tiempo, emitira Cartas de Ejecucion, las que proporcionaran informacion adicional acerca de lo establecido en este Convenio. Las Partes utilizaran tambien Cartas de Ejecucion conjuntamente acordadas y firmadas para confirmar y dejar MORDAZA de su mutuo entendimiento sobre aspectos de la ejecucion de este Convenio. Las Cartas de Ejecucion podran tambien ser utilizadas para establecer revisiones o excepciones que esten permitidas por el Convenio. ARTICULO B. Acuerdos Generales SECCION B.1. Consultas. Las Partes cooperaran para asegurar que el Objetivo y Resultados de este Convenio MORDAZA cumplidos. A este efecto, las Partes, a solicitud de cualesquiera de ellas, intercambiaran puntos de vista respecto al progreso hacia el logro del Objetivo y Resultados, al cumplimiento de obligaciones bajo este Convenio, al desempeno de cualesquier consultor, contratista, o proveedor

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