Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 04 DE FEBRERO DEL AÑO 2004 (04/02/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 104

TEXTO PAGINA: 56

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G36/G31/G33/G31/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, miércoles 4 de febrero de 2004 CONSUCODE /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G54/G65/G78/G74/G6F/G20/GDA/G6E/G69/G63/G6F/G20/G4F/G72/G64/G65/G6E/G61/G64/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G52/G65/G2D /G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G4E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G20/G43/G6F/G6E/G2D /G63/G69/G6C/G69/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G41/G72/G62/G69/G74/G72/G61/G6A/G65/G20/G64/G65/G6C/G20/G43/G4F/G4E/G53/G55/G43/G4F/G44/G45 CONSEJO SUPERIOR DE CONTRATACIONES Y ADQUISICIONES DEL ESTADO RESOLUCIÓN Nº 016-2004-CONSUCODE/PRE Jesús María, 15 de enero de 2004 VISTO:El Reglamento del Sistema Nacional de Conciliación y Arbitraje del CONSUCODE (SNCA-CONSUCODE) apro-bado mediante Resolución Nº 242-2002-CONSUCODE/ PRE, publicada el 3 de octubre de 2002 en el Diario Oficial El Peruano; Las modificatorias al Reglamento del Sistema Nacional de Conciliación y Arbitraje, aprobada mediante Resolución Nº 356-2003-CONSUCODE/PRE, publicada el 1 de enerode 2004; CONSIDERANDO:Que, el artículo 53º del Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, aprobadomediante Decreto Supremo Nº 012-2001-PCM, establece que las controversias que surjan sobre la ejecución o inter- pretación de los contratos celebrados con arreglo a dichanorma se resolverán obligatoriamente mediante los proce- dimientos de conciliación y arbitraje; Que, el artículo 7º incisos 21 y 22 del Reglamento de Organización y Funciones del CONSUCODE, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 021-2001-PCM, señala que es atribución de la Presidencia del CONSUCODE aprobarlos reglamentos internos de los órganos del CONSUCO- DE y expedir los actos administrativos que le corresponda; Que, resulta necesario aprobar el Texto Único Ordena- do del Reglamento del Sistema Nacional de Conciliación y Arbitraje del CONSUCODE (SNCA-CONSUCODE), a efec- tos de ordenar dicho texto normativo y facilitar su conoci-miento y manejo por parte de los usuarios; De conformidad a lo dispuesto por el artículo 4º nume- ral 7) y artículo 7º numeral 22) del Reglamento de Organi-zación y Funciones del CONSUCODE y contando con las visaciones de la Gerencia de Conciliación y Arbitraje y de la Gerencia de Asesoría Jurídica; SE RESUELVE: Artículo 1º.- Aprobar el Texto Único Ordenado del Re- glamento del Sistema Nacional de Conciliación y Arbitraje del CONSUCODE (SNCA-CONSUCODE), que en textoadjunto forma parte de la presente Resolución. Artículo 2º.- La presente Resolución entrará en vigen- cia al día siguiente de su publicación. Regístrese y publíquese. RICARDO SALAZAR CHÁVEZ Presidente TEXTO ÚNICO ORDENADO DEL REGLAMENTO DEL SISTEMA NACIONAL DE CONCILIACIÓN Y ARBITRAJE DEL CONSUCODE (SNCA-CONSUCODE) TÍTULO 1 ESTRUCTURA DEL SNCA-CONSUCODE Artículo 1º.- Definición El Sistema Nacional de Conciliación y Arbitraje del Con- sejo Superior de Contrataciones y Adquisiciones del Esta-do (SNCA-CONSUCODE) es autónomo y especializado; sus órganos tienen la finalidad de brindar servicios de con- ciliación, arbitraje y en general de prevención, gestión ysolución de conflictos, en las materias comprendidas den- tro de su estructura normativa y en armonía con sus prin-cipios rectores. Artículo 2º.- Estructura funcional Son funciones del SNCA-CONSUCODE: a. Organizar y administrar las conciliaciones y arbitra- jes en materia de contrataciones y adquisiciones del Esta- do, que se le sometan por acuerdo de voluntades o man- dato legal. b. Integrar y administrar el Registro de Neutrales com- puesto por las listas de conciliadores, árbitros y peritos. c. Designar conciliadores y árbitros en las conciliacio- nes y arbitrajes que organice y administre así como en los casos en los que se haya previsto su intervención como entidad nominadora. d. Resolver las recusaciones que se formulen en los arbitrajes que organice y administre así como en los arbi- trajes ad hoc en materia de contrataciones y adquisicionesdel Estado. e. Realizar, a solicitud de parte, la instalación de los tribunales arbitrales en los arbitrajes ad hoc en materia decontrataciones y adquisiciones del Estado. f. Realizar actividades de capacitación de conciliado- res, árbitros y secretarios en materia de contrataciones yadquisiciones del Estado y en materia de prevención, ges- tión y solución de conflictos. g. Procurar la difusión de la conciliación y el arbitraje como métodos apropiados de solución de conflictos. h. Prestar servicios de consultoría y elaborar estu- dios sobre los métodos apropiados de solución de con-flictos. i. Promover actividades de investigación y desarrollo sobre los métodos apropiados de solución de conflictos. j. Celebrar convenios de cooperación con institucio- nes privadas y públicas para la difusión y desarrollo de los métodos apropiados de solución de conflictos. k. Proponer, a través de la Presidencia del CONSU- CODE, ante el Despacho de la Presidencia del Consejo de Ministros, las propuestas de normas y modificatorias queconsidere convenientes, sobre los métodos apropiados de solución de conflictos en materia de contrataciones y ad- quisiciones del Estado. l. Procurar la descentralización de los servicios del SNCA-CONSUCODE en todo el territorio nacional utilizan- do medios como la celebración de convenios con institu-ciones privadas y públicas y mediante Resolución de la Presidencia del CONSUCODE. La Presidencia del CONSUCODE cuenta con faculta- des para emitir las directivas necesarias para el funciona- miento del SNCA-CONSUCODE. Artículo 3º.- Principios rectores Los órganos que componen el SNCA-CONSUCODE promoverán y procurarán: a. Que se preserve la independencia que caracteriza y es inherente a todo método de prevención, gestión y so- lución de conflictos. b. Que los conciliadores, árbitros, órganos y personal del SNCA-CONSUCODE, actúen con ética y transparen- cia en el ejercicio de sus funciones, siendo neutrales e imparciales. c. Que las partes sean tratadas con igualdad en los procedimientos de conciliación y arbitraje por los concilia- dores, árbitros, órganos y personal del SNCA-CONSUCO-DE. d. Que las decisiones se produzcan formando criterio de manera independiente, fundamentada y como resulta-do de la necesaria deliberación, conforme la naturaleza de cada método de prevención, gestión y solución de conflic- tos. Artículo 4º.- Sometimiento institucional La adopción que hagan las partes, tanto del convenio arbitral tipo del SNCA-CONSUCODE, como de cualquier otro convenio arbitral o acuerdo complementario que en- comiende la organización y administración del arbitraje alSNCA-CONSUCODE, determina la aceptación y aplica- ción de las disposiciones de este Reglamento y la sujeción a las decisiones de sus órganos.