Norma Legal Oficial del día 17 de junio del año 2004 (17/06/2004)


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NORMAS LEGALES

MORDAZA, jueves 17 de junio de 2004

MUNICIPALIDAD DE MORDAZA MORDAZA
Exoneran de MORDAZA de seleccion la contratacion de servicio de radiocomunicacion troncalizada con tecnologia digital
ACUERDO DE CONCEJO Nº 016-2004-MDPP
MORDAZA MORDAZA, 24 de marzo del 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DE MORDAZA MORDAZA VISTOS: En la Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 24 de marzo del 2004, sobre la Exoneracion y Contratacion del Servicio de Radio. CONSIDERANDO: Que, mediante Informe Nº 016-2004-GA/MDPP de la Gerencia de Administracion se indica que existe la necesidad de que parte del personal de las areas de Seguridad Ciudadana y Servicios Publicos entre otras de la Municipalidad de MORDAZA MORDAZA, cuenten con un sistema de comunicacion idoneo para el desarrollo optimo de sus funciones administrativas que conllevarian a una mejora en la prestacion de los servicios basicos, siendo necesario para ello la contratacion de un servicio de radiocomunicacion troncalizada de tecnologia digital y que es de conocimiento publico y asi lo ha establecido la Direccion General de Gestion de Telecomunicaciones del Ministerio de Transportes y Comunicaciones, la unica empresa que presta servicios de Radiocomunicacion (servicio movil de MORDAZA multiples de seleccion automatica), que utiliza tecnologia digital, en la MORDAZA de MORDAZA es Nextel del Peru S.A.; Que, con Informe Nº 273-2004-GAJ/MDPP, de la Gerencia de Asesoria Juridica se senala que la Adquisicion del servicio requerido, estaria contemplado en lo establecido en el Articulo 19º literal f) del D.S. Nº 012-2001-PCM, Texto Unico de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, sobre Exoneracion de Procesos de Licitacion, Concurso Publico o Adjudicacion Directa por ser un servicio que no admite sustituto; Que, de conformidad con el Articulo 20º de la MORDAZA MORDAZA acotada las Adquisiciones y Contrataciones a que se refiere el articulo 19º, la adquisicion submateria se realizara mediante el MORDAZA de Adjudicacion de Menor Cuantia, y se aprobara mediante Acuerdo de Concejo; Que con las facultades conferidas en los Articulos 9º numerales 8) y 35), 39º Primer Parrafo y 41º de la Ley Nº 27972 - Ley Organica de Municipalidades; con la dispensa de la lectura y aprobacion de actas, y contando con el MORDAZA por mayoria de los senores Regidores. SE ACORDO: Articulo Primero.- APROBAR la Exoneracion a convocar el MORDAZA de seleccion correspondiente, para la Contratacion del Servicio de Radiocomunicacion Troncalizada con tecnologia digital, por tratarse de un servicio que no admite sustitutos, el mismo que presta la empresa Nextel del Peru S.A., contratacion que se podra realizar a partir del 25 de marzo hasta el 31 de diciembre del 2004, por un monto total de S/ 170,000.00 (Ciento Setenta Mil Nuevos Soles). Articulo Segundo.- La contratacion mencionada se realizara con cargo a la Fuente de Financiamiento 11 Operaciones Oficiales de Credito Interno y la Especifica del Gasto 37 Alquiler de Equipos. Articulo Tercero.- ENCARGAR a la Oficina de Secretaria General la publicacion del presente Acuerdo de Concejo. Registrese, comuniquese y cumplase. RENNAN S. MORDAZA MORDAZA MORDAZA 11456

Prorrogan declaracion de situacion de urgencia de la contratacion de vehiculos pesados para el servicio de limpieza publica
ACUERDO DE CONCEJO Nº 024-2004-MDPP
MORDAZA MORDAZA, 6 de MORDAZA del 2004 EL CONCEJO MUNICIPAL DE MORDAZA MORDAZA VISTOS: En la Sesion Ordinaria de Concejo de fecha 6 de MORDAZA del 2004, la Declaracion de Urgencia para la Contratacion de Vehiculos Pesados para el Servicio de Limpieza Publica. CONSIDERANDO: Que, mediante Acuerdo de Concejo Nº 001-2004-MDPP, de fecha 30 de enero del 2004, se declaro en Situacion de Urgencia, la Contratacion de Vehiculos Pesados para el Servicio de Limpieza Publica; Que, mediante Informe Nº 008-2004-CE/MDPP, de fecha 3 de MORDAZA del 2004, el Presidente del Comite Especial encargado de conducir el Concurso Publico para la Contratacion de Vehiculos Pesados senor MORDAZA MORDAZA MORDAZA senala que a dicho concurso solo han presentado propuestas las Empresas MORDAZA Servicios S.A. y Tecnologias Ecologicas Prisma S.A.C, las que debidamente evaluadas no alcanzaron el puntaje minimo requerido para la MORDAZA etapa, por lo que, no habiendo quedado valida oferta alguna el MORDAZA de Adjudicacion Directa Selectiva , y de acuerdo a lo estipulado por el Articulo 32º del Texto Unico Ordenado de la Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado se declaro Desierta la Adjudicacion; Que, el Articulo 108º del Reglamento de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, determina que la Situacion de Urgencia debe entenderse como un hecho de excepcion que determina una accion rapida de adquisicion o contratacion como medida temporal, sin perjuicio de que se realice el MORDAZA de seleccion correspondiente para las adquisiciones y contrataciones definitivas; Que, el Articulo 21º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que por Situacion de Urgencia se considera aquella en que la ausencia extraordinaria e imprevisible de determinados bienes o servicios comprometa en forma directa la prestacion de los servicios esenciales o de las operaciones productivas que la Entidad tiene a su cargo, facultando a la Entidad a la adquisicion o contratacion de los bienes, servicios u obras solo por el tiempo necesario para llevar a cabo el MORDAZA de seleccion que corresponda; Que, el Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que se encuentran exonerados de los procesos de Licitacion Publica, Concurso Publico o Adjudicacion Directa las adquisiciones que se realizan en Situacion de Urgencia declarada de conformidad con la normatividad vigente en materia de Contrataciones y Adquisiciones del Estado; Que, el Articulo 105º del Reglamento de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones del Estado establece que de producirse el supuesto senalado en el Articulo 19º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850, que determina la necesidad de efectuar procesos de adjudicacion de Menor Cuantia, la entidad MORDAZA las adquisiciones o contrataciones mediante acciones inmediatas sobre la base de la obtencion de una cotizacion que cumpla con los requisitos establecidos en las Bases, con autorizacion expresa del Titular del Pliego o de la MORDAZA autoridad administrativa de la entidad, segun corresponda; Que, el Articulo 20º del Texto Unico Ordenado de la Ley Nº 26850 - Ley de Contrataciones y Adquisiciones del Estado, establece que las Adquisiciones y Contrataciones a que se refiere el Articulo 19º, se realizaran mediante procesos de Adjudicacion de Menor Cuantia, dicha exoneracion debera ser aprobada mediante Acuerdo de Concejo Municipal en caso de los Gobiernos Locales; Que, con Informe Nº 0293-2004-GAJ/ MDPP, emitido por la Gerencia de Asesoria Juridica, es de opinion que se declare la Prorroga de la Situacion de Urgencia; Que, el Pleno del Concejo en uso de las facultades conferidas por el Articulo 20º de la Ley Organica de Muni-

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