TEXTO PAGINA: 68
/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G30/G38/G30/G32 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 17 de junio de 2004 SE RESUELVE: Artículo 1º.- Dejar sin efecto los artículos 1º y 2º de la Resolución Dirección Municipal Nº 122-04-MML/DMTU, queaprueba los ANEXOS 01 y 02 adjuntos a la citada resolución. Artículo 2º.- Aprobar el mecanismo de control del cumpli- miento de la reducción de la contaminación ambiental queproducen los vehículos conformantes de la flota de la perso-na jurídica concesionaria o autorizada a prestar servicio públi-co de transporte regular de pasajeros, que se acoja al siste-ma establecido en la Ordenanza Nº 619, que como ANEXONº 01 forma parte integrante de la presente resolución. Artículo 3º.- Aprobar el mecanismo de control del cumpli- miento de la implementación y el respeto a los paraderos deruta por parte de la persona jurídica concesionaria o autoriza-da a prestar servicio público de transporte regular de pasaje-ros, que se acoja al sistema establecido en la Ordenanza Nº619, que como ANEXO Nº 02 forma parte integrante de lapresente resolución. Artículo 4º.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial El Peruano. Artículo 5º.- Encargar a las Direcciones Generales de Transportes y Tránsito, el cumplimiento de la presente resolu-ción. Regístrese, comuníquese y cúmplase.JAVIER BARAYBAR G. DE LA FUENTE Director Municipal ANEXO Nº 01 PROCEDIMIENTO DE CONTROL DEL CUMPLIMIENTO DE LA REDUCCIÓN DE CONTAMINACIÓN AMBIENTAL PRODUCIDA POR LOS VEHÍCULOS DE LA FLOTA VEHICULAR DE LA PERSONA JURÍDICA CONCESIONARIA O AUTORIZADA A PRESTAR SERVICIO PÚBLICO DE TRANSPORTE REGULAR DE PASAJEROS,QUE SE ACOJA AL SISTEMA DE INCENTIVOS ESTABLECIDO EN LA ORDENANZA Nº 619 Artículo 1º.- La empresa deberá presentar, ante la Direc- ción General de Transportes, los certificados de emisión degases de los vehículos automotores de su flota, indicando asu vez cuáles son los vehículos (el 10%) a considerarsepara el primer trimestre. Certificados que serán emitidos porempresas y/o entidades que se encuentren registradas enla Dirección Municipal de Transporte Urbano. 1. Si presenta un porcentaje igual o superior al 10% de la flota vehicular por cada ruta de la que sea concesionariao se encuentre autorizada, la empresa podrá acceder al2% de descuento de la parte sujeta al incentivo (45%). 2. Los certificados serán presentados en copias auten- ticadas por fedatario de la Dirección Municipal de Trans-porte Urbano, mediante escrito firmado por el represen-tante legal de la empresa. 3. Para el primer trimestre, el certificado no podrá tener una antigüedad mayor a los 30 días naturales a la fechade presentación del escrito y para el segundo, tercer ycuarto trimestre no mayor a 45 días naturales. 4. El Escrito deberá ser presentado del 1 al 16 de julio. Artículo 2º.- La Dirección General de Transportes DGTE, derivará a la Dirección de Supervisión, Control y Sanciones ladocumentación presentada por las empresas de transportes;con el objetivo de que esta dirección inicie la fiscalizaciónaleatoria e inopinada durante los cuatro trimestres. La fiscali-zación, tiene como objetivo que los vehículos indicados por laempresa mantengan las condiciones con las cuales fueronpresentados (respecto a su nivel de emisión) y/o no sobrepa-sen los límites máximos permisibles establecidos en el D.S. Nº047-2001-MTC; durante el período establecido. Artículo 3º.- La fiscalización de los niveles de emisión de los vehículos indicados por la empresa en cada trimes-tre, estará a cargo de los inspectores de la dirección desupervisión, control y sanciones de esta dirección munici-pal; y emplearán los procedimientos de medición estable-cidos en el D.S. Nº 047-2001-MTC. Artículo 4º.- Al final de cada trimestre, la Dirección de Supervisión, Control y Sanciones informará a la DirecciónGeneral de Transporte, de los vehículos que han manteni-do o no sus niveles de emisión por debajo de los LimitesMáximos Permisibles; con el objetivo de que esta direcciónemita un "certificado de conformidad" a favor de la empre-sa, en donde se indicará si los vehículos correspondientesal porcentaje (%) de la flota presentado por la empresa, han mantenido los niveles de emisión con los cuales fue-ron presentados y/o no han sobrepasado los límites máxi-mos permisibles establecidos en el D.S. Nº 047-2001-MTC;durante el período establecido. Artículo 5º.- La empresa presentará el Certificado de Conformidad ante el Servicio de Administración Tributaria -SAT-, dentro de la primera quincena del trimestre siguiente,a fin de que proceda a reconocer el porcentaje de reduc-ción que corresponda de la parte de la deuda (45%) sujetaal incentivo respectivo. Artículo 6º.- El mismo procedimiento se aplicará para el 2º, 3º y 4º trimestre, con las siguientes salvedades: 1. En cada trimestre, la empresa deberá presentar nue- vos certificados de emisión de gases, actualizados de todala flota que fue verificada (incluyendo los vehículos aproba-dos y desaprobados) en los trimestres anteriores y del nue-vo porcentaje por verificar. En caso de que uno o más deestos vehículos hayan sido retirados de la flota, deberásuplir sus certificados con los de otro vehículo de la flota. 2. Los Escritos deberán ser presentados: 2.1. En el 2º trimestre del 1 al 15 de octubre del 2004. 2.2. En el 3º trimestre del 3 al 14 de enero del 2005.2.3. En el 4º trimestre del 1 al 15 de abril del 2005. 3. La Dirección de Supervisión, Control y Sanciones procederá a la verificación de toda la flota de la que porprimera vez se presentan los certificados y aleatoriamente,del 20% de la flota que fue verificada en los trimestresanteriores, prefiriendo revisar los vehículos que fueron des-aprobados si los hubieran 4. De encontrar conforme toda la flota sometida a la fiscalización aleatoria, la Dirección de Supervisión, Controly Sanciones informará a la Dirección General de Transpor-tes; la misma que expedirá el certificado de conformidadseñalado en el artículo 4º, que será presentada por laempresa ante el Servicio de Administración Tributaria SAT;a fin de que proceda a reconocer: 4.1. En el 2º trimestre, el 4% de reducción de la parte de la deuda (45%) sujeta al incentivo respectivo. 4.2. En el 3º trimestre, el 6% de reducción de la parte de la deuda (45%) sujeta al incentivo respectivo. 4.3. En el 4º trimestre, el 8% de reducción de la parte de la deuda (45%) sujeta al incentivo respectivo. Artículo 7º.- Las solicitudes, cargos de los certificados emitidos y demás documentos que se generen por el desa-rrollo del presente trabajo, serán archivados por la Direc-ción General de Transportes - DGTE. Artículo 8º.- La Oficina de Organización y Sistemas de la Dirección Municipal de Transporte Urbano elaborará unaBase de Datos, con la finalidad de poder llevar un controladecuado de lo establecido en el presente Anexo. 11440 MUNICIPALIDAD DE INDEPENDENCIA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G72/G65/G64/G75/G63/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G6D/G6F/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G6C /G44/G65/G72/G65/G63/G68/G6F/G20/G70/G6F/G72/G20/G43/G61/G72/G6E/GE9/G20/G64/G65/G20/G53/G61/G6E/G69/G64/G61/G64/G20/G70/G61/G72/G61/G4D/G75/G6A/G65/G72/G65/G73/G20/G4A/G65/G66/G61/G73/G20/G64/G65/G20/G48/G6F/G67/G61/G72/G20/G71/G75/G65/G20/G64/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G65/G6E/G61/G63/G74/G69/G76/G69/G64/G61/G64/G65/G73/G20/G63/G6F/G6D/G65/G72/G63/G69/G61/G6C/G65/G73/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 073-2004-MDI Independencia, 11 de mayo del 2004 EL ALCALDE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA POR CUANTO:EL CONCEJO MUNICIPAL DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DEINDEPENDENCIA Visto; en Sesión Ordinaria de Concejo de once de mayo de 2004, el Dictamen Conjunto Nº 002-2004-CSMASC-CDHG/CODEL/CPP/MDI de 11 de mayo del 2004, por el