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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G30/G38/G30/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 17 de junio de 2004 Alternos de distintas unidades organizacionales de la Superin- tendencia Nacional de Administración Tributaria - SUNAT; Que habiéndose producido cambios y rotaciones de per- sonal en la Intendencia Regional Arequipa, es necesario modi-ficar la mencionada relación, respecto de dicha Intendencia; En uso de las facultades conferidas en el inciso u) del Artículo 19º del Reglamento de Organización y Funciones dela SUNAT, aprobado por el Decreto Supremo Nº 115-2002-PCM; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Dejar sin efecto la relación de Fedatarios Titula- res y Alternos de la Intendencia Regional Arequipa, aprobadamediante Resolución de Superintendencia Nº 027-2003/SUNAT. Artículo 2º.- Aprobar la siguiente relación de Fedatarios Titulares y Alternos de la Intendencia Regional Arequipa: Titulares:Sr. Eduardo Luis Manrique Arce Sr. Jesús Edwin Fuentes BordaSr. Paúl Felipe Rosas TineoSr. Juan Manuel Cerdeña NietoSr. Richard Javier Rodríguez Miranda Alternos:Sr. Henry Huber Beltrán Córdova Sr. Wilfredo Alexander Medina Esquivel Regístrese, comuníquese y publíquese.NAHIL LILIANA HIRSH CARRILLO Superintendente Nacional 11359 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G52/G45/G47/G49/G4F/G4E/G41/G4C/G45/G53 GOBIERNO REGIONAL DE CAJAMARCA /G41/G63/G75/G65/G72/G64/G61/G6E/G20/G65/G6C/G61/G62/G6F/G72/G61/G72/G20/G50/G72/G6F/G79/G65/G63/G74/G6F/G20/G45/G64/G75/G63/G61/G74/G69/G76/G6F /G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G52/G65/G67/G69/GF3/G6E/G20/G43/G61/G6A/G61/G6D/G61/G72/G63/G61 ACUERDO DE CONSEJO REGIONAL Nº 007-2004-GR.CAJ-CR Cajamarca, 1 de junio de 2004 El Consejo Regional del Gobierno Regional de Caja- marca; en su Sesión Ordinaria llevada a cabo el día dieci-siete de mayo del año en curso; VISTO el Dictamen Nº 002-2004-CDS-RECAJ, referente a la elaboración del ProyectoEducativo de la Región Cajamarca; y, CONSIDERANDO: Que, el proceso de descentralización y regionalización per- mite que los Gobiernos Regionales velen por los intereses dela población buscando el bienestar de sus integrantes; Que, el desarrollo regional comprende la aplicación cohe- rente y eficaz de las políticas e instrumentos de desarrolloeconómico, social, poblacional, cultural y ambiental a través deplanes, programas y proyectos orientados a generar condicio-nes que permitan el desarrollo social equitativo; Que, las regiones tienen como competencia compartida la gestión de los servicios educativos de nivel inicial, primaria,secundaria y superior no universitaria con criterios intercultura-les orientados a potenciar la formación para el desarrollo; Que, en nuestra Región tenemos una diversidad cultu- ral, étnica y lingüística que necesitan un trato adecuado enbase a criterios científicos educativos a fin de que existaeficiencia del proceso educativo y logremos una verdaderaformación de las capacidades humanas; Que, estando a las atribuciones conferidas por la Ley de Reforma Constitucional Nº 27680; Ley de Bases de laDescentralización Nº 27783; Ley Orgánica de los Gobier-nos Regionales Nº 27867, modificada por Ley Nº 27902 yReglamento Interno del Consejo Regional del GobiernoRegional de Cajamarca, aprobado mediante OrdenanzaNº 001-2003-CR/RC;ACORDÓ: 1.- ELABORAR el Proyecto Educativo de la Región Caja- marca como parte del Programa Regional de Desarrollo. 2.- DISPONER que la Gerencia Regional de Desarrollo Social realice las acciones pertinentes para lograr dicho fin. POR TANTO:Mando se registre, publique y cumpla.LUIS FELIPE PITA GASTELUMENDI Presidente 11317 /G47/G4F/G42/G49/G45/G52/G4E/G4F/G53/G20/G4C/G4F/G43/G41/G4C/G45/G53 MUNICIPALIDAD METROPOLITANA DE LIMA /G41/G70/G72/G75/G65/G62/G61/G6E/G20/G6E/G6F/G72/G6D/G61/G73/G20/G72/G65/G6C/G61/G74/G69/G76/G61/G73/G20/G61/G20/G6C/G61/G20/G72/G65/G64/G75/G63/G2D /G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6C/G61/G20/G63/G6F/G6E/G74/G61/G6D/G69/G6E/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G61/G6D/G62/G69/G65/G6E/G74/G61/G6C/G20/G79/G72/G65/G73/G70/G65/G74/G6F/G20/G61/G20/G70/G61/G72/G61/G64/G65/G72/G6F/G73/G20/G64/G65/G20/G72/G75/G74/G61/G20/G64/G65/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G73/G6A/G75/G72/GED/G64/G69/G63/G61/G73/G20/G71/G75/G65/G20/G70/G72/G65/G73/G74/G61/G6E/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G6F/G64/G65/G20/G74/G72/G61/G6E/G73/G70/G6F/G72/G74/G65/G20/G72/G65/G67/G75/G6C/G61/G72/G20/G64/G65/G20/G70/G61/G73/G61/G6A/G65/G72/G6F/G73 RESOLUCIÓN DIRECTORAL MUNICIPAL Nº 180-04-MML/DMTU Lima, 14 de junio de 2004 CONSIDERANDO:Que la Ordenanza Nº 619 establece el sistema de incen- tivos por mejora de la calidad del servicio de transporte, pormedio del cual las personas jurídicas concesionarias o au-torizadas a prestar servicio público de transporte regularde pasajeros pueden acceder a beneficios de descuentosen los montos a que ascienden sus deudas por conceptode infracciones al transporte; Que los requisitos para acceder a los incentivos son la disminución en la incidencia de infracciones, la reducciónde la contaminación ambiental y la implementación y res-peto de paraderos de ruta; Que, asimismo en la Octava Disposición Complemen- taria y Final de la citada Ordenanza Nº 619 faculta a laDirección Municipal de Transporte Urbano emita las directi-vas y procedimientos necesarios para su adecuado cumpli-miento; Que, en virtud de ello, se emitió la Resolución Directoral Municipal Nº 0122-04-MML/DMTU, de fecha 22 de abril del2004, mediante la cual se aprobó: El mecanismo de control del cumplimiento de la reduc- ción de la contaminación ambiental que producen los vehí-culos conformantes de la flota de la persona jurídica conce-sionaria o autorizada a prestar servicio público de transporteregular de pasajeros, que se acoja al sistema establecidoen la Ordenanza Nº 619, contenido en el anexo 01. El mecanismo de control del cumplimiento de la imple- mentación y el respeto a los paraderos de ruta por parte dela persona jurídica concesionaria o autorizada a prestar ser-vicio público de transporte regular de pasajeros, que seacoja al sistema establecido en la Ordenanza Nº 619, con-tenido en el anexo 02. El mecanismo de control del cumplimiento del manteni- miento del estado y condiciones en que el vehículo aprobóla constatación de características, por la cual se le expidió latarjeta de circulación, contenido en el anexo 03. Que, es necesario que los procedimientos establecidos en los anexos antes citados, los cuales van a permitir laverificación de los requisitos que tienen que cumplir las per-sonas jurídicas beneficiarias de los incentivos establecidosen la ordenanza Nº 619, deben ser viables y efectivos, deesta manera garantizar su adecuado cumplimiento; Que, de conformidad con la Ley Orgánica de Munici- palidades, las Ordenanzas Metropolitanas Nºs. 104 y 619,la Ley del Procedimiento Administrativo General Nº 27444,y demás normas modificatorias y complementarias;