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/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G30/G38/G30/G34 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, jueves 17 de junio de 2004 /G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G61/G6E/G20/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G50/G6C/G61/G6E/G65/G61/G6D/G69/G65/G6E/G2D /G74/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G44/G65/G73/G61/G72/G72/G6F/G6C/G6C/G6F/G20/G43/G6F/G6E/G63/G65/G72/G74/G61/G64/G6F/G20/G79/G20/G50/G72/G65/G73/G75/G2D/G70/G75/G65/G73/G74/G6F/G20/G50/G61/G72/G74/G69/G63/G69/G70/G61/G74/G69/G76/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G64/G69/G73/G74/G72/G69/G74/G6F ORDENANZA Nº 076-2004-MDI Independencia, 9 de junio del 2004 EL ALCALDE DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA POR CUANTO:EL CONCEJO DE LA MUNICIPALIDAD DISTRITAL DE INDEPENDENCIA: Visto; en Sesión Ordinaria de Concejo de fecha nueve de junio del 2004, el Dictamen Múltiple Nº 001-2004-CO-DEL-CEL/MDI de fecha 9 de junio del 2004, evacuado porlas Comisiones Permanentes de Regidores de DesarrolloEconómico Local y Economía y Presupuesto, en mérito alProyecto de Ordenanza que Reglamenta el Proceso dePlaneamiento del Desarrollo Concertado y PresupuestoParticipativo alcanzado según Carta Nº 017-2004-MDI/MEVF de fecha 7 de junio del 2004, por el que se reco-mienda al Pleno del Concejo la aprobación del Proyecto deOrdenanza en referencia; CONSIDERANDO:Que, de conformidad con lo establecido por el artículo 194º de la Constitución Política del Estado, modificada porla Ley Nº 27680, Ley de Reforma Constitucional, concor-dante con las disposiciones de la Ley Nº 27972, Ley Orgá-nica de Municipalidades, los gobiernos locales gozan deautonomía, correspondiendo al Concejo Municipal las fun-ciones normativas y fiscalizadoras y a la Alcaldía, las fun-ciones ejecutivas; Que, la autonomía mencionada debe ser percibida en dos planos convergentes; de un lado como una garantía institucional que permite al gobierno local auto normarse en materia política, económica y administrativa en los asun-tos de su competencia, garantía que no es absoluta sinoque se encuentra supeditada a las limitaciones que la pro-pia Constitución y las leyes establecen, y de otro lado,como un derecho fundamental de los miembros de la co-munidad local a participar directa y activamente en la for-mación de tal decisión corporativa, configurándose en con-secuencia como un derecho subjetivo público de los ciuda-danos, conformante de su patrimonio jurídico; Que, adicionalmente, el artículo 195º de la Constitu- ción señala que los gobiernos locales promueven el desa-rrollo y la economía local y la prestación de los serviciospúblicos de su responsabilidad, en armonía con las políti-cas y planes nacionales y regionales de desarrollo, tenien-do competencia para aprobar el plan de desarrollo localconcertado con la sociedad civil; asimismo, de conformidadcon las atribuciones que les confiere el artículo 197º de lacarta política señalada, las Municipalidades regulan la par-ticipación vecinal en la formulación de los presupuestosparticipativos; Que, asimismo, el artículo 7º de la Ley Nº 27972, establece que los Consejos de Coordinación Local Distri-tal son órganos de coordinación y concertación de lasMunicipalidades Distritales, cuyas funciones se encuen-tran señaladas en el artículo 104º de la norma menciona-da, las que están referidas a la coordinación y concerta-ción del Plan de Desarrollo Municipal Distrital Concertadoy del Presupuesto Participativo Distrital, la propuesta yelaboración de proyectos de inversión y de servicios pú-blicos locales; la propuesta de convenios de cooperacióndistrital para la prestación de servicios públicos; la promo-ción de la formación de Fondos de Inversión como estí-mulo a la inversión privada en apoyo del desarrollo eco-nómico local sostenible y otros que le encargue el Conce-jo Municipal Distrital; Que, mediante Ordenanza Nº 055-2003-MDI, de 30 de octubre del 2003, se aprobó el Reglamento de Elección delos Representantes de la Sociedad Civil ante el Concejo deCoordinación Local Distrital de Independencia; Que, mediante la Ley Nº 28056, Ley Marco del Presu- puesto Participativo, se establecen disposiciones que ase-guren la efectiva participación de la Sociedad Civil en elproceso de programación participativa del presupuesto;reglamentada mediante Decreto Supremo Nº 171-2003-EF;Que, mediante Resolución Directoral Nº 010-2004-EF/ 76.01, se aprobó el Instructivo Nº 001-2004-EF/76.01 "Ins-tructivo para el Proceso de Planeamiento del DesarrolloConcertado y Presupuesto Participativo", de conformidadcon lo establecido por la Ley Nº 28056, Decreto SupremoNº 171-2003-EF, Resolución Viceministerial Nº 148-99-EF/13.03, modificada por Resolución Directoral Nº 158-2001-EF-15; Que, mediante Dictamen Múltiple Nº 001-2004-CODEL- CEL/MDI de fecha 9 de junio del 2004, las ComisionesPermanentes de Regidores de Desarrollo Económico Localy Economía y Presupuesto, recomiendan la aprobacióndel Proyecto de Ordenanza que Reglamenta el Procesode Planeamiento del Desarrollo Concertado y PresupuestoParticipativo remitido mediante Carta Nº 017-2004-MDI/MEVF de fecha 9 de junio del 2004, el mismo que fueobjeto de ciertas modificaciones y luego de efectuado eldebate por parte del pleno del Concejo Municipal, se con-vino en necesidad y procedencia de su aprobación; Con el voto aprobatorio de los señores Regidores y con la dispensa de la lectura y aprobación del Acta, el ConcejoMunicipal de la Municipalidad Distrital de Independencia,en uso de las facultades conferidas por la ConstituciónPolítica del Perú; la Ley Nº 27972, Ley Orgánica de Munici-palidades y estando a las consideraciones expuestas; Aprobó la siguiente: ORDENANZA REGLAMENTO DEL PROCESO DE PLANEAMIENTO DEL DESARROLLO CONCERTADO Y PRESUPUESTO PARTICIPATIVO DEL DISTRITO DE INDEPENDENCIA TÍTULO I GENERALIDADES Artículo 1º.- Objeto El presente Reglamento tiene por objeto promover y regular el proceso de planeamiento del desarrollo concer-tado y presupuesto participativo, a fin de reforzar la rela-ción del Gobierno Local y la Sociedad Civil, regulando elproceso de participación de la comunidad en el ámbito dela Gestión Pública, a través del ejercicio de la democraciaparticipativa, generando compromisos y responsabilidadescompartidas, a fin de emprender acciones para el cumpli-miento de los objetivos estratégicos del Plan de DesarrolloIntegral del Distrito comprometiendo a los diferentes acto-res locales, socio-culturales, económicos y la sociedad civilen su conjunto. Artículo 2º.- Finalidad El presente Reglamento tiene la finalidad de normar el proceso de Planeamiento del Desarrollo Concertado, a tra-vés de la Revisión, Actualización y Validación del Plan deDesarrollo Integral, y los procesos de Formulación, Progra-mación, Ejecución y Control del Presupuesto Participativo,de acuerdo a lo establecido en la Ley Orgánica de Munici-palidades, Ley Nº 27972, Ley Marco de Presupuesto Par-ticipativo, Ley Nº 28056 e Instructivo Nº 001-2004-EF/76.01. Artículo 3º.- Definicionesa) Plan Estratégico Sectorial Multianual.(PESEM).- Instru- mento que incorpora los lineamientos, orientaciones y priori-dades sectoriales formulados por los sectores institucionalesde Gobierno Nacional para orientar la ejecución de los recur-sos al cumplimiento de las funciones primordiales del estado. b) Proceso Participativo.- Conjunto de acciones condu- centes al desarrollo y formulación de instrumentos de ges-tión para el desarrollo local que incluyen la participación dela población en el proceso de toma de decisiones. Losproductos del Proceso Participativo son el Plan de DesarrolloConcertado y Presupuesto Participativo. c) Planeamiento del Desarrollo Concertado (PDC).- Es el proceso de formulación, elaboración, revisión, actuali-zación y validación del Plan de Desarrollo Integral del Dis-trito, Plan Estratégico Institucional y Presupuesto Institu-cional, a través de la participación activa de los autorida-des y actores locales de la jurisdicción del distrito de Inde-pendencia, mediante el cual se visiona, planifica y apruebael Plan de Desarrollo Concertado del distrito, en coheren-cia con los planes provinciales y regionales. d) Plan Estratégico Institucional (PEI).- Es un instru- mento orientador de la gestión o quehacer institucional del