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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 27 DE JUNIO DEL AÑO 2004 (27/06/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 80

TEXTO PAGINA: 51

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G31/G34/G32/G39 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 27 de junio de 2004 dad, en función a sus respectivas metas, señalando las prioridades, la programación respectiva y su perfil genéri- co de las especificaciones técnicas; Que, el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones debe ser aprobado por el titular del Pliego o la máxima au- toridad administrativa de la entidad, sujetándose a las re- glas establecidas en el Art. 7º del Reglamento y contenerla información mínima establecida en el Art. 6º del mismo cuerpo legal y la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/ PRE, aprobada mediante Resolución Nº 380-2003-CON-SUCODE/PRE; Que, de conformidad a la Ley Nº 22867, Ley de Des- centralización y atribuciones del Sistema de Abaste-cimiento; la R.M. Nº 141-87-SA, que Regula la descon- centración y descentralización administrativa; Estando a lo expuesto y con la opinión favorable de la Dirección Ejecutiva de Administración; SE RESUELVE:Artículo 1º.- Aprobar en vías de regularización el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones de la DirecciónRegional de Salud Huánuco, para el Ejercicio Presupues- tal 2004, cuyo detalle está contenido en el ANEXO 01 de la Resolución Nº 019-2004-CONSUCODE/PRE, el mismo queforma parte de la presente resolución. Artículo 2º.- Comunicar al Consejo Superior de Con- trataciones y Adquisiciones del Estado - CONSUCODE ya la Comisión de la Promoción de la Pequeña y Microem- presa - PROMPYME, de acuerdo a lo establecido en el Reglamento de la Ley de Contrataciones y Adquisicionesdel Estado y la Directiva Nº 005-2003-CONSUCODE/PRE. Artículo 3º.- Disponer la publicación de la presente re- solución en el Diario Oficial El Peruano y en la página WEBde la institución. Regístrese y comuníquese.WILLIAM ARELLANO SANTILLÁN Director General 12038 GOBIERNO REGIONAL DE PIURA /G4D/G6F/G64/G69/G66/G69/G63/G61/G6E/G20/G6E/G75/G6D/G65/G72/G61/G6C/G20/G33/G20/G64/G65/G6C/G20/G41/G72/G74/G2E/G20/G39/G32/GBA/G20/G64/G65/G6C /G52/G65/G67/G6C/G61/G6D/G65/G6E/G74/G6F/G20/G64/G65/G20/G4F/G72/G67/G61/G6E/G69/G7A/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G79/G20/G46/G75/G6E/G63/G69/G6F/G2D/G6E/G65/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G47/G6F/G62/G69/G65/G72/G6E/G6F/G20/G52/G65/G67/G69/G6F/G6E/G61/G6C ORDENANZA REGIONAL Nº 036-2004/GRP-CR El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura; POR CUANTO: El Consejo Regional del Gobierno Regional Piura, de conformidad con lo previsto en la Constitución Política del Perú de 1993, modificada por la Ley de Reforma Constitu- cional del Capítulo XIV, del Título IV, sobre Descentraliza-ción - Ley Nº 27680, Ley de Bases de la Descentralización - Ley Nº 27783, Ley Orgánica de Gobiernos Regionales - Ley Nº 27867 y su modificatoria Ley Nº 27902 y demásNormas Complementarias; CONSIDERANDO: Que, la Constitución Política del Perú, en su Ley de Reforma Constitucional en el Capítulo XIV del Título IV,sobre Descentralización Nº 27680, establece en su artí- culo 191º que los Gobiernos Regionales tienen autonomía política, económica y administrativa; asimismo en el inciso1. del artículo 192º establece que es competencia de los Gobiernos Regionales aprobar su organización interna y su presupuesto; Que, mediante Ordenanza Regional Nº 022-2003/GRP- CR, publicada en el Diario Oficial El Peruano el 25 de di- ciembre de 2003, se aprobó la modificación y complemen-tación del Reglamento de Organización y Funciones del Gobierno Regional Piura; Que, en el numeral 3. del artículo 92º del Reglamento de Organización y Funciones aprobado mediante Ordenan- za Regional Nº 022-2004/GRP-CR, se establece que losProyectos Especiales: Chira Piura - Alto Piura, son orga- nismos dependientes de la Gerencia General Regional; Que, mediante Informe Nº 062-2004/GR-410000, la Ge- rencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondi-cionamiento Territorial, manifiesta que el Presidente del Consejo Directivo del Proyecto Especial Chira Piura solici- ta que la dependencia funcional de dicho Proyecto sea laPresidencia del Gobierno Regional, por la envergadura del Proyecto y la importancia para el desarrollo regional; Que, mediante Informe Nº 049-2004/GRP-400000, la Gerencia General Regional solicita que se incluya en di- cho artículo la percepción de dietas para los miembros del Directorio del Proyecto Especial Chira Piura, menciona quela Ordenanza Regional a modificar no precisa que el órga- no máximo del Proyecto Especial Chira Piura es el Conse- jo Directivo, tampoco establece que sus integrantes ten-gan derecho a percibir dietas conforme así lo ha indicado en el numeral 1 literal a) del mismo artículo respecto del Directorio de la Actividad Productiva PIMA; Que, estando a lo acordado y aprobado en Sesión Ordi- naria Nº 05, de fecha 29 de abril de 2004, con dispensa del trámite de lectura y aprobación del Acta, el Consejo Regio-nal del Gobierno Regional de Piura en uso de sus faculta- des y atribuciones conferidas por la Constitución Política del Perú y la Ley Orgánica de los Gobiernos Regionales; Ha dado la Ordenanza Regional siguiente: ORDENANZA QUE MODIFICA EL NUMERAL 3 DEL ARTÍCULO 92º DEL REGLAMENTO DE ORGANIZACIÓN Y FUNCIONES DEL GOBIERNO REGIONAL PIURA Artículo Primero.- Aprobar y modificar el Numeral 3. del artículo 92º del Reglamento de Organización y Funciones, asícomo la Estructura Orgánica del Gobierno Regional Piura, apro- bados por Ordenanza Regional Nº 022-2003/GRP-CR, que- dando el artículo redactado en los términos siguientes: “3. DE LOS PROYECTOS ESPECIALES: Chira Piu- ra - Alto Piura Son organismos dependientes de la Presidencia del Gobierno Regional con autonomía técnica-económica y administrativa, su fuente de financiamiento será con recur-sos de Tesoro Público y/o recursos de Cooperación Técni- ca, de la Sociedad Civil u otras fuentes cooperantes. Las funciones, planes operativos, programas de inver- sión y otros documentos de gestión serán aprobados por el Gobierno Regional informando periódicamente sobre sus avances a la Gerencia General y coordinando con la Ge-rencia Regional de Planeamiento, Presupuesto y Acondi- cionamiento Territorial y la Oficina Regional de Administra- ción la ejecución de su presupuesto y presentación de lainformación contable financiera. a) Del Proyecto Especial Chira Piura: El órgano máximo de esta entidad es el Consejo Direc- tivo, cuyos miembros tienen derecho a percibir dietas, por un máximo de dos sesiones por mes, pudiendo reunirselas veces que sean necesarias por convocatoria del Presi- dente del Consejo Directivo. Las dietas no tienen carácter remunerativo, son renunciables y excluyentes de cualquierotra bonificación o asignación de similar concepto.” Artículo Segundo.- La presente Ordenanza entrará en vigencia al día siguiente de su publicación en el Diario Ofi- cial El Peruano. Comuníquese al señor Presidente del Gobierno Regio- nal Piura para su promulgación. En Piura, a los veintinueve días del mes de abril del año dos mil cuatro. CÉSAR TRELLES LARA Presidente del Consejo Regional Piura POR TANTO: Mando se publique y cumpla.Dado en la Sede del Gobierno Regional, a los cuatro días del mes de mayo del año dos mil cuatro. CÉSAR TRELLES LARA Presidente del Gobierno Regional Piura