Norma Legal Oficial del día 27 de junio del año 2004 (27/06/2004)


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TEXTO DE LA PÁGINA 49

MORDAZA, MORDAZA 27 de junio de 2004

NORMAS LEGALES

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c) Los peritos, el Martillero Publico y todos aquellos que hubieran intervenido directamente en el procedimiento de aplicacion de la sancion de Internamiento y remate de los vehiculos, asi como los que pretendieron acreditar la propiedad o posesion del mismo declarado en abandono y que son materia de remate. d) Aquellos que hubieran sido declarados adjudicatarios del vehiculo y no hayan cumplido con pagar el saldo del precio en el plazo senalado en el numeral 18.11. 18.6 De los sistemas de remate:

La SUNAT podra optar por uno de los siguientes sistemas: a) Sistema de postura a viva voz: El Martillero Publico o el Responsable, segun sea el caso, iniciara el acto de remate a la hora senalada con la lectura de la relacion de vehiculos y condiciones del remate. Proseguira con el anuncio de las posturas a medida que estas se efectuan. Luego se adjudicara el vehiculo al postor que hubiera efectuado la postura mas alta, despues de un doble anuncio del precio alcanzado sin que se haga una mejor postura, dandose por concluido el acto de remate. b) Sistema de oferta en sobre cerrado:

la MORDAZA postura mas alta o, en defecto de este, al siguiente postor hasta agotar todas las posturas validamente realizadas, siempre y cuando el MORDAZA postor este dispuesto a pagar las arras en el momento. El oblaje o las arras, segun sea el caso, podran pagarse en efectivo o en cheque certificado o de gerencia a la orden de la SUNAT. El adjudicatario perdera el monto otorgado en calidad de oblaje o arras si no cancela el saldo del precio dentro del plazo fijado en el numeral 18.11. Dicho monto servira para cancelar los gastos incurridos en el remate. El Martillero Publico asume la calidad de depositario del dinero entregado en calidad de oblaje o arras, desde el momento en que lo recibe hasta su entrega a la SUNAT. 18.8 Precio base: El precio base del remate en la primera convocatoria sera equivalente a las dos terceras partes (2/3) del valor de tasacion mas el Impuesto General a las Ventas y el Impuesto de Promocion Municipal. De haber una MORDAZA convocatoria, se reducira el precio base en un quince por ciento (15%). En el caso de una tercera convocatoria, no se senalara precio base. La tasacion de los vehiculos podra ser realizada por un profesional de la SUNAT o por peritos externos designados por esta. 18.9 Acta del remate:

El postor realizara su oferta mediante carta que sera entregada en sobre cerrado. En el exterior del sobre se consignara como datos referenciales: el numero de placa del vehiculo ofertado, nombre, denominacion o razon social del postor con indicacion de su numero de RUC o, en su defecto, del numero de documento de identidad que corresponda. El sobre cerrado sera depositado, hasta MORDAZA del inicio del remate, en un anfora acondicionada especialmente para tal efecto. Al cierre del plazo de MORDAZA de las ofertas, el Martillero Publico o el Responsable en presencia de un Notario, contara los sobres presentados y procedera a abrirlos uno por uno, leyendo en voz alta las ofertas, adjudicando el vehiculo al postor que MORDAZA efectuado la oferta mas alta. c) Sistema de remate por Internet: Para tal efecto se seguira el procedimiento que disponga la SUNAT mediante Resolucion de Superintendencia. 18.7 Modalidades para participar en el remate: Para efectuar el remate, se optara por cualquiera de las siguientes modalidades: a) Modalidad de Oblaje: Podran participar en el acto de remate, los sujetos que MORDAZA del inicio del remate en el caso del sistema de posturas a viva voz, o al momento de presentar el sobre conteniendo la oferta en el caso del sistema en sobre cerrado, hubieran depositado, como minimo, un monto equivalente al: 1. Diez por ciento (10%) del precio base del vehiculo que desean adquirir tratandose de la primera y MORDAZA convocatoria. 2. Veinte por ciento (20%) de la postura u oferta segun corresponda, en el caso de la tercera convocatoria. A los postores no beneficiados con la adjudicacion se les devolvera al termino del acto de remate el integro de la suma depositada. b) Modalidad de Arras: El adjudicatario del vehiculo, despues de concluido el acto de remate, entregara en calidad de arras al Martillero Publico o Responsable, segun corresponda, como minimo, el equivalente al treinta por ciento (30%) del valor del monto adjudicado. Cuando el adjudicatario no cumpla con entregar las arras en el momento de la adjudicacion, se considerara como MORDAZA adjudicatario al postor que hubiera realizado

Terminado el remate, se extendera una acta que contendra: a) Lugar, fecha y hora del acto de remate. b) El numero del Acta Probatoria levantada en la cual conste la deteccion de la infraccion que dio lugar a la aplicacion de la sancion de Internamiento y de ser el caso el numero del Acta Probatoria de inmovilizacion asi como el numero del Acta de Internamiento. c) El numero de la Resolucion de Internamiento o de Abandono, segun corresponda. d) Nombre, denominacion o razon social del adjudicatario y de ser el caso, su numero de RUC o documento de identidad respectivo. e) La identificacion del vehiculo adjudicado, senalando el numero de placa respectivo y el monto de la adjudicacion. El acta sera firmada por el Martillero Publico, el Responsable y el Notario, segun sea el caso. 18.10 Postergacion o suspension del remate La postergacion o suspension del remate se anunciara en el mismo plazo en que se realizo la convocatoria, mediante carteles en el local de remate o la publicacion del aviso correspondiente en los diarios donde fue realizada la convocatoria o la publicacion en la pagina web de la SUNAT. 18.11 Pago y transferencia de los vehiculos El adjudicatario debera pagar el saldo del precio del vehiculo adjudicado, en efectivo o cheque certificado o de gerencia a la orden de la SUNAT, dentro de los dos (2) dias habiles siguientes al remate. Verificado el pago, se procedera a la entrega del vehiculo adjudicado. Si el saldo del precio del vehiculo adjudicado no es depositado en la fecha senalada, se convocara a otro remate con el mismo precio base. En este caso, el adjudicatario perdera la suma depositada y estara impedido de participar como postor en los nuevos remates del vehiculo . 18.12 Demora en el retiro de los vehiculos El adjudicatario que no cumpla con retirar el vehiculo que le ha sido adjudicado dentro de los dos (2) dias habiles siguientes a la cancelacion del saldo de precio de venta, debera pagar los gastos en que hubiese incurrido la SUNAT durante el tiempo adicional en que los vehiculos estuvieron depositados. 18.13 Nuevas Convocatorias De no existir postores en la fecha y hora indicada en la primera convocatoria a remate, se declarara desierto el remate y se realizara una MORDAZA convocatoria.

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