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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 05 DE SEPTIEMBRE DEL AÑO 2004 (05/09/2004)

CANTIDAD DE PAGINAS: 52

TEXTO PAGINA: 27

/G50/GE1/G67/G2E/G20 /G32/G37/G35/G38/G34/G31 /G4E/G4F/G52/G4D/G41/G53/G20/G4C/G45/G47/G41/G4C/G45/G53 Lima, domingo 5 de setiembre de 2004 d) Las diferentes fases de la licitación y cronograma. e) Los sistemas de evaluación de las ofertas.f) Los demás aspectos necesarios. Artículo 8º.- Refrendo El presente Decreto Supremo será refrendado por el Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento. DISPOSICIONES FINALESPrimera.- Normas complementarias.- y delegación de facultades El Ministro de Vivienda, Construcción y Saneamiento podrá dictar las normas complementarias que se requie-ran para la mejor ejecución del presente Decreto Supre-mo; asimismo, está facultado para delegar sus atribucio-nes. Segunda.- Normas supletorias A los procesos que se inician por el presente Decreto Supremo, se aplicarán en forma supletoria, en la medidade lo pertinente y que no atenten contra su naturaleza,el Texto Único Ordenado de la Ley de Contrataciones yAdquisiciones del Estado, aprobado por Decreto Supre-mo Nº 012-2001-PCM y su Reglamento aprobado porDecreto Supremo Nº 013-2001-PCM y la Ley de Procedi-miento Administrativo General, Ley Nº 27444. Dado en la Casa de Gobierno, en Lima, a los tres días del mes de setiembre de 2004. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 16114 /G49/G6E/G63/G6C/G75/G79/G65/G6E/G20/G6C/G69/G63/G69/G74/G61/G63/G69/G6F/G6E/G65/G73/G20/G70/GFA/G62/G6C/G69/G63/G61/G73/G20/G61/G20/G66/G69/G6E/G20/G64/G65 /G61/G64/G71/G75/G69/G72/G69/G72/G20/G79/G20/G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20/G62/G69/G65/G6E/G65/G73/G20/G79/G20/G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G73 /G70/G61/G72/G61/G20/G6F/G62/G72/G61/G73/G20/G64/G65/G6C/G20/G50/G72/G6F/G67/G72/G61/G6D/G61/G20/G4D/G69/G42/G61/G72/G72/G69/G6F/G20/G61 /G63/G61/G72/G67/G6F/G20/G64/G65/G6C/G20/G42/G41/G4E/G4D/G41/G54/G20/G65/G6E/G20/G65/G6C/G20/G53/G69/G73/G74/G65/G6D/G61/G20/G64/G65/G6E/G6F/G2D/G6D/G69/G6E/G61/G64/G6F/G20/G22/G45/G76/G61/G6C/G75/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G49/G6E/G74/G65/G72/G6E/G61/G63/G69/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G50/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G73/G22 RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 008-2004-VIVIENDA Lima, 3 de setiembre de 2004CONSIDERANDO: Que, mediante el Decreto Ley Nº 25565, reglamenta- do por el Decreto Supremo Nº 133-92-EF, se creó el sis-tema de licitaciones y concursos de méritos denomina-do "Evaluación Internacional de Procesos", por el cualse establece que los casos aprobados mediante Reso-lución Suprema, las empresas integrantes de la activi-dad empresarial del Estado, encargarán a las entidadesespecializadas debidamente autorizadas la realizaciónde sus procesos de Licitación Pública para la adquisi-ción de sus bienes, servicios y ejecución de obras; y losConcursos de Méritos para la contratación de consulto-rías, supervisiones, peritaje, estudios, asesorías e ins-pecciones; Que, mediante Decreto Supremo Nº 132-92-EF, la Ofi- cina de Servicios para Proyectos de la Organización delas Naciones Unidas - UNOPS, ha sido calificada comoentidad especializada, autorizada para prestar el servi-cio de organización y ejecución de la licitación pública yconcursos de méritos; Que, mediante Decreto Supremo Nº 013-2004-VI- VIENDA se establece que las Intervenciones UrbanasEspeciales del Programa Mejoramiento Integral de Ba-rrios - MiBarrio que se llevará a cabo en los asentamien-tos humanos formalizados y ubicados en distritos deldepartamento y provincia de Lima, Callao, Iquitos y Are- quipa; serán ejecutadas por el Banco de MaterialesS.A.C. - BANMAT con recursos que señala el artículo 3ºde la Ley Nº 27205, además de los aportes de las Muni-cipalidades y de la comunidad beneficiada de conformi-dad con el Decreto Supremo Nº 004-2004-VIVIENDA,modificado por el Decreto Supremo Nº 008-2004-VIVIEN-DA y el Reglamento Operativo aprobado por ResoluciónMinisterial Nº 119-2004-VIVIENDA; Que, a fin de garantizar que la selección de las em- presas que se encargarán de la elaboración de los pro-yectos y ejecución de las obras en las IntervencionesUrbanas Especiales aprobadas por el Decreto SupremoNº 013-2004-VIVIENDA, se realice en el plazo oportunoy bajo un estricto criterio técnico basado en la experien-cia y especialización, se ha estimado pertinente que elBANMAT S.A.C. cuente con los servicios de la Oficinade Servicios para Proyectos de la Organización de lasNaciones Unidas - UNOPS; De conformidad con el Decreto Legislativo Nº 560, Decreto Ley Nº 25565, Ley Nº 27792, Decreto SupremoNº 132-92-EF y Decreto Supremo Nº 002-2002-VIVIEN-DA; y, SE RESUELVE:Artículo 1º.- Incluir las Licitaciones Públicas en la mo- dalidad de Concurso Oferta, para la adquisición y con-tratación de los bienes y servicios para el diseño, ejecu-ción de obras y supervisión de los Proyectos de Inter-venciones Urbanas Especiales del Programa Mejora-miento Integral de Barrios - MiBarrio aprobados por elDecreto Supremo Nº 013-2004-VIVIENDA, a cargo delBanco de Materiales S.A.C. - BANMAT, en el Sistemadenominado "Evaluación Internacional de Procesos" re-gulado por el Decreto Ley Nº 25565 y el Decreto Supre-mo Nº 133-92-EF. Artículo 2º.- Encargar a la Oficina de Servicios para Proyectos de la Organización de las Naciones Unidas -UNOPS la convocatoria, absolución de consultas, recep-ción de ofertas, calificación de postores, evaluación delas propuestas, otorgamiento de la Buena Pro y en ge-neral todo acto que sea necesario para la realización delConcurso-Oferta a que se refiere el artículo anterior. Artículo 3º.- La presente Resolución Suprema será refrendada por el Ministro de Vivienda, Construcción ySaneamiento. Regístrese, comuníquese y publíquese.Rúbrica del Dr. ALEJANDRO TOLEDO Presidente Constitucional de la República CARLOS BRUCE Ministro de Vivienda, Construccióny Saneamiento 16116 /G4F/G52/G47/G41/G4E/G49/G53/G4D/G4F/G53/G20/G41/G55/G54/GD3/G4E/G4F/G4D/G4F/G53 BANCO CENTRAL DE RESERVA /G41/G75/G74/G6F/G72/G69/G7A/G61/G6E/G20 /G63/G6F/G6E/G74/G72/G61/G74/G61/G72/G20 /G73/G65/G72/G76/G69/G63/G69/G6F/G20 /G64/G65 /G61/G6C/G69/G6D/G65/G6E/G74/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G6C/G20/G70/G65/G72/G73/G6F/G6E/G61/G6C/G20/G64/G65/G6C/G20/G42/G43/G52/G20/G6D/G65/G2D/G64/G69/G61/G6E/G74/G65/G20/G70/G72/G6F/G63/G65/G73/G6F/G20/G64/G65/G20/G61/G64/G6A/G75/G64/G69/G63/G61/G63/G69/GF3/G6E/G20/G64/G65/G20/G6D/G65/G2D/G6E/G6F/G72/G20/G63/G75/G61/G6E/G74/GED/G61 RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL Nº 088-2004 VISTOS: El Informe Técnico del 25 de agosto de 2004, emitido por el Jefe del Departamento de Servicios Generales,adjunto al Memorándum Nº D240-MG-2004-359, en elque se solicita que se exonere, por situación de urgen-cia, la realización de un proceso de concurso público la