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PÆg. 291742 NORMAS LEGALES Lima, viernes 29 de abril de 2005 cremente la transparencia en la conducción de los asun- tos públicos y privados, y ejerza el poder con estricto apego al estado de derecho, conforme a las disposicio- nes de la Carta Democrática Interamericana, como cons- ta en la Declaración del Cusco del 8 de diciembre de 2004; Que a través del comunicado emitido el 21 de abril de 2005, los países de la Comunidad Sudamericana de Naciones manifestaron su profunda preocupación por el sucesivo deterioro de la constitucionalidad e institucio- nalidad democrática en la República del Ecuador, que culminó con el alejamiento de sus funciones del Presi- dente Lucio Gutiérrez; Que, asimismo, a través de dicho comunicado, los países de la Comunidad Sudamericana de Naciones manifestaron su firme propósito a favor de que la norma- lidad institucional sea restablecida pronta y plenamente en la República del Ecuador con todo el respaldo de la legitimidad democrática y en conformidad con la Carta Democrática Interamericana, expresando su ofrecimien- to de cooperación; Que, en ese sentido, los países de la Comunidad Sudamericana de Naciones decidieron enviar una mi- sión a la República del Ecuador constituida por los Cancilleres de la "troika" de la Comunidad, a la que aceptó unirse la Secretaría Pro Témpore del Grupo de Río, para dialogar con las fuerzas políticas y colaborar en la cons- trucción de un clima de entendimiento que lleve a la ple- na normalización e institucionalización del escenario político-jurídico y a la paz social para todos los ecuato- rianos; Que el Perú ejerce actualmente la Presidencia de la Comunidad Sudamericana de Naciones y conforma, junto con Brasil y Bolivia, la "troika" de dicho mecanismo; Teniendo en cuenta lo dispuesto en la Hoja de Trámi- te (GAC) Nº 2476, del Gabinete del señor Viceministro Secretario General de Relaciones Exteriores, de 26 de abril de 2005; De conformidad con la Cuarta Disposición Comple- mentaria de la Ley Nº 28091, Ley del Servicio Diplomá- tico de la República; en concordancia con el artículo 83º del Reglamento de la Ley de Bases de la Carrera Admi- nistrativa, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 005- 90-PCM; los artículos 185º y 190º del Reglamento de la Ley del Servicio Diplomático de la República, aprobado mediante Decreto Supremo Nº 130-2003- RE; el inciso m) del artículo 5º del Decreto Ley Nº 26112, Ley Orgáni- ca del Ministerio de Relaciones Exteriores; la Ley Nº 27619; el Decreto Supremo Nº 047-2002-PCM, que regula la autorización de viajes al exterior de servidores y funcionarios públicos; el inciso c) del artículo 7º de la Ley Nº 18427, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2005; y el Decreto de Urgencia Nº 015-2004; SE RESUELVE:Artículo Primero.- Autorizar el viaje del Embajador en el Servicio Diplomático de la República, Luis Armando José Lecaros de Cossío, Viceministro Secretario Gene- ral de Relaciones Exteriores, a la ciudad de Quito, República del Ecuador, el 26 y 27 de abril de 2005, para integrar, en representación del Ministro de Relaciones Exteriores del Perú, la misión de la Comunidad Sudame- ricana de Naciones que visitará la República del Ecua- dor para dialogar con las fuerzas políticas y colaborar en la construcción de un clima de entendimiento que lleve a la plena normalización e institucionalización del escenario político-jurídico y a la paz social en ese país. Artículo Segundo.- Los gastos que ocasione el via- je del Embajador Armando Lecaros de Cossío, Vicemi- nistro Secretario General de Relaciones Exteriores, se- rán cubiertos con cargo al Pliego Presupuestal del Mi- nisterio de Relaciones Exteriores, debiéndose rendir cuenta documentada en un plazo no mayor de quince (15) días al término de la referida misión, de acuerdo al siguiente detalle: Pasajes Viáticos Número T otal T arifa US$ por día de días viáticosaeropuerto US$ US$ U$$ Luis Armando Lecaros de Cossío 838.44 200.00 2+1 600.00 28.24Artículo Tercero.- La presente Resolución no da derecho a exoneración ni liberación de impuestos adua- neros de ninguna clase o denominación. Regístrese, comuníquese y publíquese.MANUEL RODRÍGUEZ CUADROS Ministro de Relaciones Exteriores 08234 TRABAJO Y PROMOCIÓN DEL EMPLEO Conceden Condecoración de la Orden del Trabajo a diversas personas por acciones distinguidas RESOLUCIÓN SUPREMA Nº 013-2005-TR Lima, 28 de abril de 2005 CONSIDERANDO:Que, con fecha 6 de abril de 2005, el Consejo de la Orden del Trabajo recibió la propuesta de condecoración presentada por el señor Ministro de Trabajo y Promoción del Empleo, nominando al señor Manuel Abraham Acosta Ojeda; Que, de acuerdo a los términos de la propuesta, el señor Manuel Abraham Acosta Ojeda es un renombrado artista folclórico y actor en películas de producción nacio- nal; además, preclaro representante de la tradiciones y expresiones artísticas de la cultura criolla y andina en nues- tro país; Que, en la actualidad ejerce la presidencia de la Socie- dad de Autores y Compositores de Perú, donde ha desa- rrollado una gran labor cultural; asimismo, ha integrado organizaciones sindicales de artistas folclóricos del Perú, promoviendo la difusión y reconocimiento en el ámbito na- cional e internacional, de las manifestaciones y rasgos de la identidad cultural peruana; Que, su vinculación con el mundo del trabajo se mani- fiesta a través de sus composiciones musicales, y de los permanentes puentes de cooperación con las organizacio- nes sindicales del país para promover los valores cultu- rales, la conciencia cívica e identidad nacional en los traba- jadores y ciudadanos peruanos, en general; Que, su experiencia en el ámbito del canto andino lo ha llevado a difundir el arte, la música y las tradiciones de la sociedad peruana en el ámbito nacional e internacional, dic- tando conferencias sobre arte, música y sociedad peruana en múltiples países; por todo ello ha recibido diversos galar- dones como el Premio "José María Arguedas" por su contri- bución al bienestar de la salud social en el Perú; Que, también es reconocido gestor de Proyectos de Ley en favor de los artistas y de la cultura popular peruana; Que, de conformidad con lo establecido por los Artícu- los 21º, 22º y 27º del Reglamento del Decreto Ley Nº 20585, aprobado por Decreto Supremo Nº 003-74-TR, la Conde- coración con la Orden del Trabajo se confiere por acción distinguida a toda persona que realiza actos o servicios que contribuyen a la armonía en las relaciones laborales, a la generación y promoción del empleo, así como a la elabo- ración y reivindicación del trabajo humano; asimismo, se confiere por servicios meritorios a las personas que con notables esfuerzos han contribuido al progreso del Dere- cho del Trabajo y de la Seguridad Social; que con respon- sabilidad directiva han creado o perfeccionado entidades o programas de alta significación para el progreso del sector; Que, las referencias expuestas constituyen acciones distinguidas y servicios meritorios, contemplados en el Ar- tículo 22º del citado Reglamento; y siendo el Consejo de la Orden del Trabajo el órgano encargado de pronunciarse sobre las propuestas de otorgamiento de la referida distin- ción, con fecha 25 de abril, el Consejo conformado median- te Resolución Ministerial Nº 106-2005-TR, aprobó la pro- puesta de condecoración del señor Manuel Abraham Acosta Ojeda, en el grado de Gran Oficial;