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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (18/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 24

PÆg. 298784 NORMAS LEGALES Lima, jueves 18 de agosto de 2005 c) Programar, ejecutar, coordinar, dirigir y controlar las acciones correspondientes a los sistemas administrativos delogística, contabilidad, tesorería, ejecución presupuestal ydocumentación y archivo. Realizar las fases de compromiso,devengado, girado y pagado en el Sistema de AdministraciónFinanciera para el Sector Público SIAF-SP; d) Proponer la racionalización de estructuras, funciones, cargos, métodos y sistemas en coordinación con la Oficinade Planificación y Presupuesto; e) Elaborar los informes financieros correspondientes a los proyectos de la cooperación técnica internacional; f) Realizar el proceso y trámite de recuperación del Impuesto General a las Ventas para los gastos financiadospor entes cooperantes y de acuerdo a la normativacorrespondiente; g) Contribuir a la consecución de las metas previstas en el Plan Operativo Institucional, a través de la adecuadaprogramación y ejecución de actividades, así como de laevaluación del funcionamiento y gestión administrativa delas unidades orgánicas a su cargo; h) Proponer para su aprobación el Plan Anual de Adquisiciones y Contrataciones, de acuerdo a ley; i) Celebrar, por delegación del Primer Adjunto al Defensor del Pueblo, actos y contratos con personasnaturales o jurídicas, nacionales o extranjeras, dentro delas condiciones, montos y plazos que se le otorguen; j) Elaborar los contratos y adendas en materia de contrataciones y adquisiciones del Estado, sobre la basede un modelo elaborado por la Oficina de Asesoría Jurídica; k) Coordinar los aspectos referidos a las comunicaciones con los poderes públicos y demás entidades del Estado,previstas en las normas legales que regulan los sistemasadministrativos, cautelando el cumplimiento de lasdisposiciones en los plazos establecidos; l) Formular los proyectos de inversión dirigidos al mejoramiento de la infraestructura y equipamiento de locales; m) Proponer políticas de racionalización del gasto al Primer Adjunto al Defensor del Pueblo; n) Registrar, numerar, publicar y archivar, las resoluciones emitidas por la Defensoría del Pueblo quecorresponda, así como autenticar sus copias; o) Organizar y mantener actualizado el Archivo General de la Defensoría del Pueblo; p) Proponer y ejecutar el plan anual de mantenimiento físico del archivo de la institución y formular el plan deeliminación y transferencia documentaria; q) Otras funciones que le encomiende el Defensor del Pueblo o el Primer Adjunto al Defensor del Pueblo. OFICINA DE COMUNICACIONES E IMAGEN INSTITUCIONAL Artículo 18º.- La Oficina de Comunicaciones e Imagen Institucional es un órgano de apoyo institucional que seencarga de establecer y ejecutar las políticas de prensa,relaciones públicas, relaciones internacionales y protocolo;comunicaciones e imagen institucional de la Defensoríadel Pueblo. Está a cargo de un funcionario que dependedirectamente del Primer Adjunto al Defensor del Pueblo. Le compete: a) Facilitar la vinculación entre la Defensoría del Pueblo y los medios de comunicación realizando las actividades pertinentes; b) Brindar servicios de comunicación e información especializada al Defensor del Pueblo, a las Adjuntías, asícomo a las diferentes Unidades Orgánicas de la entidad; c) Prestar servicios de coordinación a las Adjuntías y Oficinas Defensoriales de la institución, buscando generarnuevos espacios de proyección institucional y una mayorproyección pública de sus titulares; d) Asesorar a los órganos de dirección en las relaciones interinstitucionales; e) Asumir tareas de promoción de la imagen institucional a través del desarrollo de proyectos que contribuyan a sufortalecimiento; f) Cuidar la utilización adecuada de los emblemas y logos de la Defensoría del Pueblo así como laestandarización de sus canales de comunicación externa; g) Coordinar la actualización de la página web de la Defensoría del Pueblo, con las áreas institucionalescorrespondientes; h) Desarrollar estrategias de comunicación interna y externa en temas de interés defensorial; i) Emitir comunicados públicos, previamente aprobados por los órganos de dirección que corresponda, a nombrede la Defensoría del Pueblo; j) Contribuir a la consecución de las metas previstas en el Plan Operativo Institucional, a través de la adecuadaprogramación y ejecución de actividades, así como de la evaluación del funcionamiento y gestión administrativa dela unidad orgánica a su cargo; k) Los demás asuntos que le encomiende el Defensor del Pueblo o el Primer Adjunto al Defensor del Pueblo. OFICINA DE GESTIÓN DE RECURSOS HUMANOS Artículo 19º.- Es la unidad orgánica encargada de diseñar, coordinar, ejecutar y evaluar las políticas referidasa la administración, gestión y desarrollo de los recursoslaborales y humanos para el desarrollo de la institución ysu personal, contribuyendo a un nivel de calificaciónprofesional adecuado a la misión institucional, almantenimiento de un clima laboral propicio, y a generarcomportamientos transparentes, éticos y honestos. Le corresponde dirigir los procesos técnicos y acciones del sistema de recursos humanos relativos a la selección,contratación, evaluación y desarrollo de los recursoshumanos de la Defensoría del Pueblo. La Oficina de Gestión de Recursos Humanos está a cargo de un funcionario que depende directamente delPrimer Adjunto, y sus funciones son las siguientes: a) Diseñar, proponer y ejecutar políticas para el desarrollo de los recursos laborales y humanos, adecuandolas competencias y resultados a las necesidades de losusuarios y de la propia Defensoría del Pueblo; b) Diseñar y ejecutar las políticas de reclutamiento y selección de personal, en coordinación con las unidadesorgánicas respectivas; c) Diseñar y ejecutar la política y plan de capacitación del personal, fomentando el mejoramiento de los recursos humanos; d) Promover la motivación e integración, así como las condiciones de trabajo que garanticen la salud y seguridadocupacional; e) Proponer la elaboración y/o actualización de los manuales y normas administrativas que, dentro del ámbitode su competencia funcional, se requieran para el mejordesempeño de sus funciones; f) Elaborar los contratos laborales del personal así como los convenios de prácticas pre profesionales; g) Formular las planillas de remuneraciones de la entidad; h) Diseñar el proceso de inducción de los recursos humanos que se incorporan a la Defensoría del Pueblo; i) Velar por el desarrollo de la gestión eficiente de los recursos humanos a su cargo para el logro de sus objetivos y metas; j) Elaborar el proyecto de Presupuesto Analítico de Personal (PAP) así como el Cuadro Nominativo del Personalde la Defensoría del Pueblo, sobre la base del Cuadropara Asignación de Personal – CAP; r) Otras funciones que le encomiende el Primer Adjunto al Defensor del Pueblo. Artículo 20º. - La Oficina de Gestión de Recursos Humanos podrá organizarse en equipos o áreas. OFICINA DE INFORMACIÓN, SISTEMAS Y ESTADÍSTICA Artículo 21º.- La Oficina de Información, Sistemas y Estadística es el órgano de apoyo, encargado de proporcionar a los demásórganos de la Defensoría del Pueblo, un permanente, oportunoy actualizado servicio de soporte informático e informaciónestadística mediante el uso de los sistemas y herramientas querequieran para el cumplimiento de sus fines y objetivos. Está acargo de un funcionario que depende directamente del PrimerAdjunto al Defensor del Pueblo. Artículo 22º.- Son competencias de la Oficina de Información, Sistemas y Estadística: a) Organizar y mantener actualizado el centro de generación de información a través de los sistemas yherramientas que sean necesarios; b) Proponer los lineamientos administrativos en materia de información; c) Proveer a los órganos de la Defensoría del Pueblo del permanente, oportuno y actualizado servicio informáticode soporte a sus operaciones; d) Presentar el Plan de Trabajo de aplicación, producción y seguridad informática de hardware y software para usode la institución; e) Proponer los lineamientos administrativos en materia de informaciones; f) Proponer las normas técnicas de uso y mantenimiento de los equipos informáticos, así como difundir y controlarsu correcta aplicación;