Empresa en el ranking

NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 18 DE AGOSTO DEL AÑO 2005 (18/08/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 72

TEXTO PAGINA: 33

PÆg. 298793 NORMAS LEGALES Lima, jueves 18 de agosto de 2005 TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Declaran infundada demanda de Inconstitucionalidad contra el Art. 54” de la Ley de Tributación Muni-cipal, referente al pago delimpuesto a los espectÆculos pœblicosno deportivos SENTENCIA DEL PLENO JURISDICCIONAL DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL Luis Alejandro Lobatón Donayre y más de cinco mil ciudadanos contra el Poder Ejecutivo Resolución del 13 de abril de 2005 Asunto: Demanda de inconstitucionalidad interpuesta por don Luis Alejandro Lobatón Donayre y más de cinco milciudadanos, contra el artículo 54º del Decreto LegislativoNº 776, Ley de Tributación Municipal, modificada por elDecreto Legislativo Nº 952, en cuanto establece que elimpuesto a los espectáculos públicos no deportivos gravael monto que se abona por concepto de ingreso aespectáculos públicos no deportivos en locales y parquescerrados con excepción de los espectáculos en vivo deteatro, zarzuelas, conciertos de música clásica, ópera,opereta, ballet, circo y folclore nacional, calificados comoculturales por el Instituto Nacional de Cultura. Magistrados presentes: ALVA ORLANDINI GONZALES OJEDAGARCÍA TOMAVERGARA GOTELLILANDA ARROYO Sumario I. ASUNTO II. DATOS GENERALES III. DISPOSICIÓN CUESTIONADA DE INCONSTITU- CIONALIDAD IV. ANTECEDENTES 1. Demanda 2. Contestación de la demanda3. Audiencia Pública V. MATERIAS CONSTITUCIONALMENTE RELEVANTES DE PRONUNCIAMIENTO VI. FUNDAMENTOS A. El Estado social y democrático de Derecho, la Constitución cultural y los derechos culturales §1. Relación entre el Estado social y democrático de Derecho, la Constitución cultural y los derechos culturales §2. Deberes del Estado social y democrático de Derecho con la Constitución cultural B. La potestad tributaria del Estado y los principios constitucionales tributarios de legalidad y reserva deley §3. La potestad tributaria del Estado en la Constitución de 1993 §4. El principio de legalidad y el principio de reserva de ley §5. Los beneficios tributarios y el principio de reserva de ley C. La “inconstitucionalidad” del artículo 54 de la Ley de Tributación Municipal §6. La potestad tributaria y la “delegación” otorgada al Instituto Nacional de Cultura§7. El artículo 54º de la Ley de Tributación Municipal y su interpretación §8. Las “normas” de la “disposición” cuestionada de inconstitucionalidad §9. Criterios que debe observar el Instituto Nacional de Cultura para la calificación de “cultural” de un espectáculo §10. El “antitecnicismo” del artículo 54º de la Ley de Tributación Municipal D. Los espectáculos taurinos y la exoneración del pago del impuesto a los espectáculos públicos nodeportivos §11. El Estado social y democrático de Derecho y las manifestaciones “culturales” que implican actos de crueldadcontra los animales §12.¿Tiene, el Estado, el deber de promover los espectáculos taurinos y otras manifestaciones similares? §13. Los espectáculos taurinos y el pago de impuestos a los espectáculos públicos no deportivos VII. FALLO EXP. Nº 0042-2004-AI/TC LUIS ALEJANDRO LOBATÓN DONAYREY MÁS DE CINCO MIL CIUDADANOSLIMA SENTENCIA DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL En Lima, a los 13 días del mes de abril de 2005, reunido el Tribunal Constitucional en sesión de PlenoJurisdiccional, con la asistencia de los señores magistradosAlva Orlandini, Presidente; Gonzales Ojeda, García Toma,Vergara Gotelli y Landa Arroyo, pronuncia la siguientesentencia. I. ASUNTO Demanda de inconstitucionalidad interpuesta por don Luis Alejandro Lobatón Donayre y más de cinco milciudadanos, contra el artículo 54º del Decreto LegislativoNº 776, Ley de Tributación Municipal, modificada por elDecreto Legislativo Nº 952, en cuanto establece que elimpuesto a los espectáculos públicos no deportivos gravael monto que se abona por concepto de ingreso aespectáculos públicos no deportivos en locales y parquescerrados con excepción de los espectáculos en vivo deteatro, zarzuelas, conciertos de música clásica, ópera,opereta, ballet, circo y folclore nacional, calificados comoculturales por el Instituto Nacional de Cultura. II. DATOS GENERALES Tipo de proceso : Proceso de Inconstitucionalidad.Demandante : Luis Alejandro Lobatón Donayre y más de cinco mil ciudadanos Disposición sometida : Artículo 54º del Decreto Legislativo Nº 776, a control Ley de Tributación Municipal, modificada por el Decreto Legislativo Nº 952,publicado el 3 de febrero de 2004.Disposición constitucional cuyavulneración se alega respecto del artículo74º, que establece que los tributos secrean, modifican o derogan, o seestablece una exoneración, exclusiva-mente por ley o decreto legislativo en casode delegación. Petitorio : Se declare la inconstitucionalidad del artículo 54º del Decreto LegislativoNº 776, Ley de Tributación Municipal,modificada por el Decreto LegislativoNº 952. III. DISPOSICIÓN CUESTIONADA DE INCONSTI- TUCIONALIDAD Artículo 54º del Decreto Legislativo Nº 776, Ley de Tributación Municipal, modificada por el Decreto LegislativoNº 952, que establece lo siguiente: “El impuesto a los espectáculos públicos no deportivos grava el monto que se abona por concepto de ingreso a espectáculos públicos no deportivos en locales y parques cerrados con excepción de los espectáculos en vivo de