Norma Legal Oficial del día 17 de noviembre del año 2005 (17/11/2005)


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TEXTO DE LA PÁGINA 43

MORDAZA, jueves 17 de noviembre de 2005

NORMAS LEGALES
Anexo 1

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operaciones diarias, el saldo de las Cuentas Liquidadoras debe ser cero. b. Las transferencias efectuadas desde y hacia las Cuentas Liquidadoras son irrevocables. c. La ICLV recibira en la Cuenta Liquidadora que corresponda, los fondos que le transfieren los Bancos Liquidadores. La ICLV conocera, a traves del terminal del Sistema LBTR, los detalles de la transferencia. d. La transferencia de fondos de los Bancos Liquidadores hacia la Cuenta Liquidadora de la ICLV esta sujeta a que dicho Banco Liquidador cuente con los recursos disponibles en sus cuentas en el BCRP. e. Los fondos transferidos desde o hacia los Bancos Liquidadores, hacia o desde la Cuenta Liquidadora de la ICLV, son identificados con un codigo de operacion que permite que su unico destino sea la mencionada Cuenta Liquidadora de la ICLV o la cuenta de un Banco Liquidador, segun corresponda. f. Una vez completados los abonos en la Cuenta Liquidadora de la ICLV efectuados por los Bancos Liquidadores representantes de las SAB con posicion multilateral MORDAZA deudora dentro del limite establecido en el horario indicado en el Anexo Nº 1 para los dos procesos diarios de liquidacion, la ICLV transferira dichos fondos a las cuentas de los Bancos Liquidadores de las SAB con posicion multilateral MORDAZA acreedora. Si despues de realizada las transferencias senaladas, hubiera un excedente en la Cuenta Liquidadora este sera transferido a la cuenta de la ICLV en el banco que esta indique. g. Los Bancos Liquidadores son responsables por la oportuna y correcta ejecucion de las ordenes de transferencia de los fondos a la Cuenta Liquidadora de la ICLV en el BCRP, segun los horarios indicados en el Anexo Nº 1. Luego de recibir los fondos de la ICLV, los bancos Liquidadores estaran habilitados para abonar los mismos en las cuentas de las SAB con posicion multilateral MORDAZA acreedora. Articulo 4º.- Mecanismos de Cobertura En caso la ICLV decida usar mecanismos de cobertura establecidos por MORDAZA para cubrir el riesgo de liquidez de las SAB, la ICLV solicitara al BCRP habilitar el codigo de operacion para la aplicacion del Mecanismo de Cobertura respectivo, a efectos de permitir que la ICLV traslade a la Cuenta Liquidadora los recursos necesarios. Articulo 5º.- Pago de tarifas Las transferencias que se efectuan en el MORDAZA de la Liquidacion Multibancaria de Valores estan sujetas a las tarifas aplicables en el Sistema LBTR, conforme a lo establecido en su Reglamento Operativo. Articulo 6º.- Notificacion sobre los Bancos Liquidadores La ICLV informara oportunamente al Departamento de Sistemas de Pagos del BCRP las empresas bancarias que hayan sido designadas por la misma para operar como Bancos Liquidadores. Articulo 7º.- Mecanismos de Contingencia Dentro del horario de operaciones del Sistema LBTR y hasta la hora que el BCRP acuerde con la ICLV respectiva se aplicaran los mecanismos de contingencia establecidos en el Reglamento Operativo del Sistema LBTR. A partir de la hora acordada, previa coordinacion con el BCRP, la ICLV podra aplicar su mecanismo de contingencia. En este caso la ICLV debe informar su decision de modo inmediato al BCRP, a los Bancos Liquidadores y a las SAB participantes. Una vez restablecido el servicio del Sistema LBTR, el BCRP MORDAZA las facilidades operativas para que la ICLV transfiera los fondos remanentes del dia en sus Cuentas Liquidadoras a favor de los Bancos Liquidadores que correspondan y estos, a su vez, previa coordinacion con la ICLV, transfieran dichos fondos al Banco Agente Liquidador de Contingencia, quedando las cuentas de la ICLV en el BCRP con saldo cero. Articulo 8º.- Instrumentos para la apertura y administracion de cuentas La ICLV suscribira los instrumentos que corresponda para la apertura de las Cuentas Liquidadoras referidas en el presente Reglamento, asi como para la administracion de estas mediante el Sistema LBTR.

Sistema de Liquidacion Multibancaria de Valores Horario del MORDAZA de transferencias de fondos y liquidacion
I. Primer MORDAZA de Liquidacion A Transferencias de fondos por parte de los Bancos Liquidadores por cuenta de los participantes directos con posicion MORDAZA deudora, a la Cuenta Liquidadora de la ICLV Transferencia de fondos en caso las posiciones netas hayan sido modificadas por no entregas de los Participantes Contraparte (retiro de operaciones) Transferencias de Fondos por aplicacion de mecanismos de cobertura o transferencia de fondos en caso que las posiciones netas hayan sido modificadas por el retiro de operaciones. Transferencias de Fondos de la Cuenta Liquidadora de la ICLV a los Bancos Liquidadores correspondiente a los Participantes con posicion MORDAZA acreedora MORDAZA MORDAZA de Liquidacion Transferencias de Fondos por parte de los Bancos Liquidadores por cuenta de los Participantes con posicion MORDAZA deudora a la Cuenta Liquidadora de la ICLV Transferencia de fondos en caso las posiciones netas hayan sido modificadas por no entregas de los Participantes Contraparte (retiro de operaciones) Transferencias de Fondos por aplicacion de Mecanismos de Cobertura o transferencia de fondos en caso que las posiciones netas hayan sido modificadas por el retiro de operaciones. Transferencias de Fondos de la Cuenta Liquidadora de la ICLV a los Bancos Liquidadores con posicion MORDAZA acreedora o devoluciones o remanentes. - MORDAZA normal - MORDAZA con aplicacion de Mecanismos de Cobertura o retiro parcial de operaciones 15:00 - 15:30 09:30 ­ 13:00

B

13:00 ­ 14:00

C

14:00 - 15:00

D

14:00 ­ 15:30

I. A

B

15:30 ­ 16:00

C

16:00 ­ 17:00

D

16:00 ­ 17:00 16:00 ­ 17:30

Anexo 2 Sistema de Liquidacion Multibancaria de Valores Los Procesos de Liquidacion El Primer MORDAZA Incluye las siguientes operaciones: 1. Operaciones al contado con valores de renta variable, cuya fecha de liquidacion (T+3 ) es el dia de proceso. 2. Operaciones al contado con instrumentos de deuda cuya fecha de liquidacion es el dia de proceso. 3. Operaciones cuyos Participantes hayan solicitado su liquidacion anticipada. La liquidacion se realizara siempre que los participantes hayan cumplido con lo siguiente: a. En caso tengan una posicion MORDAZA deudora, con depositar a traves de sus Bancos Liquidadores los fondos a la Cuenta Liquidadora de la ICLV en el BCRP. b. Que los participantes vendedores hayan cumplido con la entrega de valores.

En caso de ser conforme:
- La ICLV transferira, a traves del Sistema LBTR, los fondos a las cuentas de los Participantes acreedores en sus Bancos Liquidadores.

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