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NORMA LEGAL OFICIAL DEL DÍA 17 DE NOVIEMBRE DEL AÑO 2005 (17/11/2005)

CANTIDAD DE PAGINAS: 96

TEXTO PAGINA: 42

PÆg. 304320 NORMAS LEGALES Lima, jueves 17 de noviembre de 2005 Artículo Cuarto.- PONER la presente resolución en conocimiento de la Presidencia del Poder Judicial, Consejo Ejecutivo del Poder Judicial, de la Gerencia General, Supervisión de Personal del Poder Judicial, Oficina deAdministración Distrital, Oficina de Prensa, Oficina de Protocolo y de los magistrados, para los fines correspondientes. Regístrese, publíquese, cúmplase y archívese. MARÍA ZAVALA VALLADARES Presidenta de la Corte Superior de Justicia de Lima 19465 ORGANISMOS AUTÓNOMOS BANCO CENTRAL DE RESERVA Aprueban Reglamento del Sistema de Liquidación Multibancaria de Valores CIRCULAR Nº 017-2005-BCRP Lima, 16 de noviembre de 2005 Ref:Sistema de Liquidación Multibancaria de Valores Mediante Acta de Entendimiento de agosto de 2002, el Banco Central de Reserva del Perú - BCRP y la Comisión Nacional Supervisora de Empresas y Valores– CONASEV, establecieron el marco de coordinación de sus políticas institucionales y reguladoras, conducentes a la modernización del Sistema de Compensación yLiquidación de Valores, adecuándolo a los actuales estándares internacionales; En ese marco, se ha desarrollado el nuevo “Sistema de Liquidación Multibancaria de Valores”. Éste sustituirá el actual esquema basado en un único banco, que actúa simultáneamente como representante de todos losparticipantes directos y como Banco Agente Liquidador, por un sistema basado en múltiples Bancos Liquidadores, en el que la liquidación final de las obligaciones de pagoque surgen de las operaciones de negociación de valores compensadas por la Institución de compensación y Liquidación de Valores - ICLV, se efectúa en el SistemaLiquidación Bruta en Tiempo Real – Sistema LBTR – que administra el Banco Central; Este nuevo sistema, que es concordante con los estándares internacionales, tiene por objeto mitigar los riesgos operativos y de liquidación, proporcionando mayor seguridad y eficiencia al proceso de liquidación de valores; Conforme a la citada Acta de Entendimiento y teniendo en cuenta que la liquidación final de las obligaciones de pago señaladas se efectuará en el Sistema LBTR que elBanco Central regula y administra, corresponde a este emitir las regulaciones sobre el referido proceso de liquidación, el mismo que se inicia con la transferencia defondos que los Bancos Liquidadores efectúan a la Cuenta Liquidadora de la ICLV, correspondientes a las posiciones netas deudoras de los participantes directos querepresentan, y finaliza con la transferencia que la ICLV efectúa a las cuentas de los Bancos Liquidadores representantes de los participantes directos con posiciónneta acreedora; De acuerdo con la misma Acta de Entendimiento, es competencia de CONASEV regular, supervisar y vigilar elproceso de compensación, el pago y cobro que deben efectuar los participantes directos, así como la relación de éstos con los Bancos Liquidadores que los representan; En tal sentido, este Banco Central ha resuelto aprobar el Reglamento del Sistema de Liquidación Multibancaria de Valores, adjunto a la presente circular, que entrará envigencia en la oportunidad en que la referida liquidación multibancaria de valores se efectúe en el Sistema LBTR. Atentamente, RENZO ROSSINI M. Gerente GeneralREGLAMENTO DEL SISTEMA DE LIQUIDACIÓN MULTIBANCARIA DE VALORES Contenido Artículo 1º Alcance del Reglamento Artículo 2º Definiciones Artículo 3º Circuito de liquidación de fondos en el Sistema LBTR Artículo 4º Mecanismo de CoberturaArtículo 5º Pago de tarifas Artículo 6º Notificación sobre los Bancos Liquidadores Artículo 7º Mecanismos de Contingencia Artículo 8º Instrumentos para la apertura y administración de cuentas Anexo 1 Horario del proceso de transferencia de fondos y liquidación Anexo 2 Los Procesos de Liquidación Artículo 1º Alcance del ReglamentoEl presente Reglamento regula el proceso de liquidación final de las obligaciones de pago que surgen de las operaciones de negociación de valores compensadas por la ICLV, denominado Sistema deLiquidación Multibancaria de Valores. Artículo 2º Definiciones- Banco Agente Liquidador: Entidad a través de la cual se efectúa la liquidación final de las obligaciones depago que surgen de las operaciones de negociación de valores compensadas por la ICLV. - Bancos Liquidadores: Son aquellas empresas bancarias seleccionadas a través de las cuales los participantes directos transfieren y reciben los fondos correspondientes a la liquidación final de las obligacionesde pago que surgen de las operaciones de negociación de valores compensadas por la ICLV, hacia y desde las Cuentas Liquidadoras de la ICLV en el Banco AgenteLiquidador. - Banco Agente Liquidador de Contingencia: Empresa bancaria designada por la ICLV para actuarcomo Banco Agente Liquidador, en caso de la contingencia referida en el artículo 7º del presente Reglamento. - BCRP: El Banco Central de Reserva del Perú. Es el operador del Sistema LBTR y Banco Agente Liquidador del Sistema de Liquidación Multibancaria de Valores. - ICLV: Institución de Compensación y Liquidación de Valores. - SAB: Sociedad Agente de Bolsa. - Participante Directo: Son las Sociedades Agentes de Bolsa (SAB) y otras entidades que apruebe la ICLV conforme a su reglamento, que ingresan en el Sistemade Liquidación Multibancaria de Valores. - Sistema de Liquidación Multibancaria de Valores: El proceso de liquidación final de las obligaciones de pago que surgen de las operaciones de negociación de valores compensadas por la ICLV. - Sistema LBTR : El Sistema de Liquidación Bruta en Tiempo Real. El sistema interbancario de pagos de alto valor administrado por el BCRP. - Cuenta Liquidadora : Cuenta en moneda nacional o en moneda extranjera abierta por la ICLV en el BCRP a través de la cual la ICLV efectúa la liquidación final de las obligaciones de pago que surgen de las operaciones denegociación de valores por ella compensadas. Artículo 3º.- Circuito de liquidación de fondos en el Sistema LBTR La liquidación de las obligaciones de pago que surgen de las operaciones de negociación de valores se efectúapor la ICLV mediante el Sistema LBTR, de conformidad al Reglamento Operativo de dicho Sistema y, con lo que se señala a continuación: a. La ICLV abrirá dos Cuentas Liquidadoras en el BCRP, una en moneda nacional y otra en monedaextranjera, que serán utilizadas exclusivamente para la liquidación de las obligaciones de pago arriba indicadas, así como para la recepción de las comisiones que laICLV cobra por las operaciones objeto de liquidación. Las Cuentas Liquidadoras serán administradas por la ICLV a través del Sistema LBTR. Al cierre de las